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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001 (07/12/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 23

Pág. 213541 NORMAS LEGALES Lima, viernes 7 de diciembre de 2001 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 419-2001-JUS Lima, 5 de diciembre de 2001 Visto el Oficio Nº 1488-2001-JUS-PPMJ de fecha 16 de octubre de 2001, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que con Memorándum Nº 301-2001-ORLC/GPN de fecha 19 de setiembre de 2001, la Gerencia de Perso- nas Naturales de la Oficina Registral de Lima y Callao informa a la Gerencia Legal del citado organismo des- centralizado que mediante Título Nº 173056 de 18 de setiembre de 2001, don Carlos Edison Aquino Osorio solicita al inscripción de la escritura pública de otorga- miento de poder efectuado por don Miguel Díaz Escalante y doña Carmen Osorio Velarde de Díaz a favor de doña Gladys Díaz Osorio; Que la citada escritura pública fue otorgada ante el Dr. Teodoro Aquino Lino pese a haber sido cesado en el cargo desde el 24 de agosto de 2000, cancelándose su Título de Notario Público de Pasco por Resolución Ministerial Nº 293- 2000-JUS del 25 de octubre de 2000; Que de los hechos expuestos así como del Informe Nº 86-2001-ORLC/GL de la Gerencia Legal de la Ofici- na Registral de Lima y Callao, se evidencia que el mencionado ex Notario Público ha ejercido función no- tarial indebidamente; Que conforme a lo opinado por la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia mediante documento de vistos, don Teodoro Aquino Lino continúa expidiendo testimonios de escrituras inexistentes como si estuviera en pleno ejercicio de la función notarial; asimismo, don Carlos Edison Aquino Osorio y doña Gla- dys Díaz Osorio no pueden alegar que desconocían la can- celación del título de Notario de don Teodoro Aquino Lino dado que la Resolución correspondiente es publicada en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Artículos 2º y 8º del De- creto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia y Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a car- go de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación y defensa de los intereses del Esta- do, interponga las acciones judiciales correspondientes contra Teodoro Aquino Lino por la comisión del delito de Usurpación de Funciones y contra Carlos Edison Aquino Osorio y Gladys Díaz Osorio por la comisión del delito con- tra la Fe Pública, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de esta Resolución, así como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Pública, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia 35887 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 421-2001-JUS Lima, 5 de diciembre de 2001 Visto el Oficio Nº 1634-2001-JUS-PPMJ, de fecha 19 de noviembre de 2001, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que don Félix Zenón Huamaní Baca en la solicitud de inscripción del Título Nº 71602 adjuntó un contrato de com- praventa de vehículo que efectúa la sociedad Pfizer S.A. a favor de don Peter Fernando Ramírez Gavilán; Que a efectos de acreditar la facultad de don Alberto Sattui Talledo para comprar y vender bienes muebles e in- muebles en representación de la sociedad Pfizer S.A., don Félix Zenón Huamaní Baca presentó una copia literal, su- puestamente expedida por la Oficina Registral de Lima y Callao, correspondiente al asiento C 00015 de la Partida Electrónica Nº 11010761 del Registro de Personas Jurídi- cas de Lima, evidenciándose que de acuerdo a lo señala- do en el Informe Nº 93-2001-ORLC/GL de la Gerencia Le- REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositi- vos en la Separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.-Las normas por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.-Si las normas que ingresaran al Diario, en suma, tuvieran una extensión mayor de tres (3) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de diskette. 3.-Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 600 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL