Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2001 (07/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, viernes 7 de diciembre de 2001

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION SUPREMA Nº 362-2001-ED

Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion de Educacion de MORDAZA, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion 35872 RESOLUCION SUPREMA Nº 361-2001-ED MORDAZA, 6 de diciembre de 2001 Visto, el Expediente Nº 22556-2001 y demas documentos que se adjuntan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 1064, del 7 de noviembre de 1969, se expidio cedula de jubilacion a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Llanos; Que, en la MORDAZA de Bautismo de la recurrente, expedida por la Parroquia San MORDAZA de Acobamba, Tarma, aparece consignado su nombre como MORDAZA MORDAZA Llanos; Que, de la Partida de Matrimonio, expedida por la Municipalidad Distrital de Huasahuasi, de la provincia de Tarma en el departamento de MORDAZA, se desprende que la recurrente contrajo matrimonio con don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el 10 de marzo de 1943; Que, mediante el expediente del visto, la recurrente solicita consignar su nombre correcto, que se acredita mediante la mencionada Partida de Matrimonio y su Documento Nacional de Identidad, DNI, en los cuales se consigna el estado civil de la solicitante como casada, apreciandose que su nombre es MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Benitez; Que, el Articulo 25º del Codigo Civil establece, que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva inscripcion en los Registros del Estado Civil, y el Articulo 26º de dicho Codigo, senala que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre; Que, asimismo, el Articulo 24º de la invocada MORDAZA legal, senala que la mujer tiene derecho a llevar el apellido del marido, agregado al MORDAZA y a conservarlo mientras no contraiga MORDAZA matrimonio; Que, el Documento Nacional de Identidad (DNI) debe utilizarse para los casos en que la persona requiera acreditar su identidad, conforme lo establece el inciso a) del Articulo 84º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Identidad y Estado Civil, aprobado por el Decreto Supremo Nº 015-98-PCM; Estando a lo opinado por la Unidad de Personal mediante el Informe Nº 028-2001-ME/SG-OA-UPER; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nºs. 51-95ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Suprema Nº 1064, del 7 de noviembre de 1969, en el sentido que el nombre correcto de la peticionaria debe ser MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, quedando subsistentes los demas extremos contenidos en la misma, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion de Educacion de MORDAZA, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion 35873

MORDAZA, 6 de diciembre de 2001 Visto, el Expediente Nº 21438-2001 y demas documentos que se adjuntan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 414, del 18 de junio de 1952, se expidio cedula de cesantia a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Machuca; Que, en la Partida de Nacimiento de la recurrente, expedida por el Concejo Provincial de Sullana, aparece consignado su nombre como MORDAZA MORDAZA MORDAZA Machuca; Que, mediante el expediente del visto, la recurrente solicita la modificacion de su nombre en la referida Resolucion Suprema, de acuerdo a como aparece en su mencionada Partida de Nacimiento, asi como en su Documento Nacional de Identidad, DNI, apreciandose que su nombre correcto es MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Machuca; Que, el Articulo 25º del Codigo Civil establece, que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva inscripcion en los Registros del Estado Civil; asimismo el Articulo 26º de dicho Codigo establece que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre; Que, por otro lado, el Articulo 24º de la invocada MORDAZA legal senala que la mujer tiene derecho a llevar el apellido del marido, agregado al MORDAZA y a conservarlo mientras no contraiga MORDAZA matrimonio; Que, el Documento Nacional de Identidad (DNI) debe utilizarse para los casos en que la persona requiera acreditar su identidad, de conformidad con el inciso a) del Articulo 84º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Identidad y Estado Civil, aprobado por el Decreto Supremo Nº 015-98-PCM; Estando a lo opinado por la Unidad de Personal mediante el Informe Nº 028-2001-ME/SG-OA-UPER; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 51-95ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar la Resolucion Suprema Nº 414, del 18 de junio de 1952, en el sentido que el nombre correcto de la peticionante es MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, quedando subsistentes los demas extremos contenidos en la misma, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion 35874 RESOLUCION SUPREMA Nº 363-2001-ED MORDAZA, 6 de diciembre de 2001 Visto, el Expediente Nº 35259-2001 y demas actuados que se acompanan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 3396, del 11 de diciembre de 1948, se otorgo cedula de cesantia a favor de MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA de La Fuente; Que, en la partida de nacimiento de la recurrente, expedida por el Concejo Distrital de Puerto Supe, provincia de Chancay y departamento de MORDAZA, se consigna su nombre como MORDAZA Luz MORDAZA Razzetto;

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