Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2001 (11/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, martes 11 de diciembre de 2001

NORMAS LEGALES

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RELACIONES EXTERIORES
Convocan a MORDAZA extraordinario de ascensos para diplomaticos comprendidos en la Ley Nº 27550
DECRETO SUPREMO Nº 096-2001-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27550, que restablece la institucionalidad democratica del Servicio Diplomatico de la Republica, dispone que el Ministerio de Relaciones Exteriores convocara a un MORDAZA extraordinario de ascensos para los diplomaticos comprendidos en dicha ley; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0978-2001-RE, de fecha 9 de diciembre de 2001, se dispone la reincorporacion de los funcionarios indebidamente cesados; Que, es necesario convocar al referido MORDAZA extraordinario de ascensos estableciendo las normas que lo regiran, teniendo en cuenta el criterio de accion afirmativa que permita que dichos funcionarios puedan continuar su proyecto de desarrollo profesional en condiciones mas equitativas; De conformidad con el numeral 8), del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Convocase al MORDAZA extraordinario de ascensos establecido por el Articulo Tercero de la Ley Nº 27550, el que se regira por las disposiciones previstas en el presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Participaran en el MORDAZA extraordinario de ascensos a que se refiere el articulo precedente los funcionarios diplomaticos comprendidos en la Ley Especial Nº 22150, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, cuyo pase al retiro se dispuso por la Resolucion Suprema Nº 453-92-RE, de fecha 29 de diciembre de 1992, asi como a aquellos cuyo pase al retiro se dispuso por resoluciones expedidas en aplicacion de los nuevos limites de edad y de permanencia en la categoria, establecidos por el Decreto Ley Nº 26117, de la misma fecha. Articulo 3º.- Crease una Comision de Personal encargada de evaluar los meritos de los funcionarios que participen en el MORDAZA extraordinario de ascensos asi como de proponer el cuadro de promociones que resulte de dicha evaluacion. Articulo 4º.- La Comision de Personal efectuara la evaluacion a que se refiere el articulo precedente aplicando el criterio de accion afirmativa y teniendo en consideracion que los funcionarios indebidamente cesados no pudieron continuar su proyecto profesional por razones de fuerza mayor ajenas a su voluntad. Articulo 5º.- La Comision de Personal levantara un acta firmada por todos sus miembros en la que se detalle los resultados de sus deliberaciones, consignando la relacion de los funcionarios que, a su criterio, deberan ser promovidos. Articulo 6º.- La Comision de Personal estara integrada por: a) Tres Embajadores en situacion de actividad, designados por el Ministro de Relaciones Exteriores, uno de los cuales la preside y tiene MORDAZA dirimente; b) Un funcionario elegido por los miembros de la Asociacion de Funcionarios Diplomaticos del Peru en Actividad (AFDA), conforme a las disposiciones del Estatuto de la Asociacion de Funcionarios y al Articulo 87º del Codigo Civil, incluyendo a los funcionarios reincorporados en aplicacion de la Ley Nº 27550, quien no podra estar postulando al ascenso; c) Un miembro de la Asociacion Civil Transparencia, designado por esta, con experiencia y conocimiento de los procesos de la politica exterior; y,

d) El Director General de Desarrollo de Recursos Humanos, quien actuara como Secretario de la Comision, sin derecho a voto. Articulo 7º.- Las promociones resultantes del MORDAZA extraordinario de ascensos seran aprobadas mediante Resolucion Suprema y seran efectivas al dia siguiente de su publicacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diez dias del mes de diciembre del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores 36098

Oficializan el MORDAZA Regional sobre Promocion del Protocolo Adicional de Salvaguardias del OIEA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0974-2001-RE MORDAZA, 7 de diciembre de 2001 Visto el Memorandum (SME-PMS-ONU) Nº 725/01, de 27 de octubre de 2001, de la Subsecretaria de Asuntos Multilaterales y Especiales, mediante el cual se solicita la oficializacion del "Seminario Regional sobre Promocion del Protocolo Adicional de Salvaguardias del OIEA", a realizarse en MORDAZA del 4 al 7 de diciembre de 2001; Que el Peru, conforme a la decision adoptada durante la 44ª Conferencia General del OIEA, sera anfitrion del referido evento, contando con la participacion de los Estados miembros del OIEA de Latinoamerica y el Caribe; Considerando lo dispuesto en la Hoja de Tramite (GAC) Nº 2957, del Gabinete de Coordinacion del senor Viceministro y Secretario General de Relaciones Exteriores, de 30 de noviembre del ano 2001; De conformidad con los Articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2001-RE, de 3 de enero del ano 2001; y el inciso m) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: 1º.- Oficializar el "Seminario Regional sobre Promocion del Protocolo Adicional de Salvaguardias del OIEA", a realizarse en MORDAZA del 4 al 7 de diciembre de 2001. 2º.- La presente Resolucion no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARCIA-SAYAN Ministro de Relaciones Exteriores 36066

Oficializan la I Feria Iberoamericana del Libro, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0975-2001-RE MORDAZA, 7 de diciembre de 2001 Visto el Oficio Nº 360-R-2001, del Rector de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, mediante el cual solicita la oficializacion de la "I Feria Iberoamericana del Libro", la cual se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, del 27 de MORDAZA al 12 de MORDAZA del ano 2002, en homenaje al

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