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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001 (11/12/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 25

Pág. 213723 NORMAS LEGALES Lima, martes 11 de diciembre de 2001 bara las Coordenadas UTM de la Concesión "Pucalabor", contravienen lo resuelto en la sentencia de fecha 30 de noviembre de 1999 (fojas 291/301), que disponía, confor- me a lo solicitado por Minera Aurífera Retamas S.A., la inaplicabilidad del Artículo 7º del Reglamento de Normas Técnicas para Operaciones Periciales Mineras para la empresa demandante, así como se sustentan en documen- tos que no tienen validez alguna, al no haber sido elabora- dos por la Dirección Nacional de Catastro, tal como consta del Informe que corre a fojas 133, infringiendo lo dispuesto en el Artículo 106º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, más aún si el Juez denunciado cono- cía que el denuncio "Lobo 4" se encontraba sujeto a obser- vación por parte de las empresas MARSA y Consorcio Minero Horizonte S.A.; lo que evidencia la intencionalidad del Juez denunciado de contravenir el mandato expreso de la norma legal antes citada y con ello la comisión no sólo del delito de Prevaricato, previsto en el Artículo 418º del Código Penal, sino también del delito de Abuso de Autori- dad previsto por el Artículo 376º del mismo cuerpo norma- tivo. Que así mismo, el Juez denunciado, al emitir las reso- luciones mencionadas, ha obviado el procedimiento apli- cable a la ejecución de resoluciones judiciales y, concreta- mente, lo dispuesto en el Artículo 715º del Código Proce- sal Civil, aplicable al caso de las acciones de garantía por mandato expreso del Artículo 27º de la Ley Nº 25398, norma complementaria de la Ley Nº 23506, y que esta- blece que "el mandato de ejecución contiene la exigen- cia al ejecutado para que cumpla con su obligación den- tro de un plazo de tres días, bajo apercibimiento de ini- ciarse la ejecución forzada"; por lo que también habría incurrido en el delito de Incumplimiento de Deberes tipi- ficado en el Artículo 377º del Código Penal. Que, con res- pecto a la supuesta comisión del delito de Usurpación de Funciones imputable al Juez denunciado, éste quedaría subsumido dentro del delito de Abuso de Autoridad, toda vez que los hechos en que se sustenta son consecuencia del exceso de las funciones del referido magistrado al dic- tar las resoluciones cuestionadas; Que, en relación a la actuación funcional de los Voca- les Superiores denunciados, se advierte que al haber emi- tido la resolución de fecha 21 de setiembre del 2000 (fojas 599), que declara infundada la Queja interpuesta por la re- currente, han convalidado la actuación del Juez también denunciado, toda vez que han avalado la inobservancia de lo dispuesto en el Artículo 715º del Código Procesal Civil, de aplicación al caso en virtud de lo prescrito en el citado Artículo 27º de la Ley Nº 25398 y la ejecución de la senten- cia de fecha 30 de noviembre de 1999 en forma diferente a su texto y contenido, por lo que habrían incurrido en los delitos de Prevaricato, Abuso de Autoridad e Incumplimiento de Funciones, previstos en los Artículos 418º , 376º y 377º del Código Penal, no desprendiéndose de los hechos ex- puestos en la denuncia la existencia de los elementos típi- cos que configuran el delito de Usurpación de Funciones imputado a los magistrados denunciados, por lo que ésta resulta infundada en este extremo; En consecuencia, de conformidad con lo opinado en el Informe Nº 94-2001-MP-F.SUPR.CI. de fecha 31 de agosto del 2001; en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052 -Ley Orgánica del Ministerio Público-; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar FUNDADA la denuncia presentada por Consorcio Minero Horizonte S.A. contra el doctor Víctor Raúl Martínez Candela, ex Juez del Primer Juzgado Corporativo Transitorio Especializado de Derecho Público, por la comisión de los delitos de Prevaricato, Abu- so de Autoridad, Usurpación de Funciones e Incumplimiento de Deberes, y contra los doctores Jorge Gonzáles Cam- pos y Luis Arturo Chocano Polanco, ex Vocales Superio- res de la Sala Corporativa Transitoria Especializada de Derecho Público, por la comisión de los delitos de Prevari- cato, Abuso de Autoridad e Incumplimiento de Funciones e INFUNDADA contra estos últimos en lo que respecta al delito de Usurpación de Funciones; en consecuencia re- mítanse los actuados al Fiscal Supremo competente, para los fines pertinentes.Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presen- te Resolución a los señores Presidentes de la Corte Su- prema de Justicia de la República, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, del Consejo Nacional de la Magistratu- ra, Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Po- der Judicial, Fiscal Supremo de la Fiscalía Suprema de Control Interno, Fiscal Supremo competente y copia de los actuados al Fiscal Superior llamado por ley e interesados para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 36051 Encargan a fiscal provisional el Despa- cho de la Décima Quinta Fiscalía Provincial Penal de Lima RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1278-2001-MP-FN Lima, 10 de diciembre de 2001 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad de servicio y estando a lo dispues- to por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Encargar a la doctora Blanca Ale- jandrina Acosta Sihuas, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lima, el Despacho de la Décima Quinta Fiscalía Provincial Penal de Lima, dejando sin efecto el Oficio Nº 4736-2001-MP-FN-DSDJL, de fecha 13 de no- viembre del 2001. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presen- te Resolución al Fiscal Superior Decano del Distrito Judi- cial de Lima, Gerencia General del Ministerio Público, Ge- rencia de Registro de Fiscales y a la Fiscal mencionada para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 36052 Nombran fiscales adjuntos provinciales provisionales de los Distritos Judicia- les de Cajamarca, Arequipa, Lambaye- que y Puno RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1279-2001-MP-FN Lima, 10 de diciembre de 2001 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad de servicio y estando a lo dispues- to por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la doctora Selenita Betty Pacheco Montes, como Fiscal Adjunta Provincial Provisio- nal del Distrito Judicial de Cajamarca, en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Civil y Familia de Cajamarca. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presen- te Resolución a la Fiscal Superior Decana del Distrito Judi-