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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001 (23/12/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 32

Pág. 214406 NORMAS LEGALES Lima, domingo 23 de diciembre de 2001 m2 y la independización de la denominada parcela 1 de 101,019.85 m2, correspondiente a la Primera Etapa de la Lotización Rinconada Alta, el mismo que fue aprobado por el Director de Desarrollo Urbano de esta entidad edil me- diante Resolución Directoral Nº 230-2001-MDLM-DDU, del 25 de abril del 2001, de conformidad a los Planos Nº 019- 2001-MDLM-DDU-DOPHU y Nº 020-2001-MDLM-DDU- DOPHU respectivamente e inscrita en la Partida Electróni- ca Nº 45247317 y Nº 11289504 del Registro de Propiedad de Inmuebles de Lima; Que, la División de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas, mediante sus Informes indica que el Planea- miento Integral sobre el área de 171,566.00 m2; se apro- bó de acuerdo al siguiente detalle: Parcela 1 con 101,019.85 m2 denominada Primera Etapa, Parcela 2 con 54,351.87 m2 denominada Segunda Etapa, Area ocupada por Terceros: Area 1 con 1,924 m2, Area 2 con 6,996.30 m2, Area 3 con 6,162.04 m2 y Area 4 con 1,111.90 m2; del cual se independizó el área de 101,019.85 m2, en el que se ha aprobado el proyecto de una Habilitación Urbana denominada Primera Etapa de la Lotización Rinconada Alta cuyo detalle es como sigue: CUADRO GENERAL DE AREAS: Área Util de Viviendas :63,146.10 m2 Área de Aportes :13,226.40 m2 Área de Vías :24,647.35 m2 Área Bruta Total :101,019.85 m2 CUADRO DE APORTES: Servicio de Parques 6% 6,062.35 Mz.I lotes del 13 al 23. Recreación Pública 4% 4,046.85 Mz.B lote 01 y Mz.C lote 24 Educación 2% 2,094.05 Mz.H lotes 1,2 y 3 Otros Fines 1% 1,023.15 Mz.E lotes 01 y 02 TOTAL 13% 13,226.40 Por lo expuesto, con las visaciones correspondientes y en aplicación del Decreto de Alcaldía Nº 011-2001 del 7 de mayo del 2001, y de la Ordenanza Nº 027-2000 numeral 131, ratificado por la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Acuerdo de Concejo Nº 182 del 29 de setiembre del 2000; RESUELVE: Artículo Primero.- Sustituir la Resolución Directo- ral Nº 0001-2001-MDLM-DDU del 2 de enero del 2001, por la presente Resolución, en consecuencia, APRO- BAR la Primera Etapa del Proyecto de Habilitación Ur- bana Nueva denominada “Lotización Rinconada Alta” para uso Residencial de Baja Densidad “R-1” de con- formidad con el Plano signado con el Nº 21-2001-MDLM- DDU-DOPHU, constituido por el terreno de 101,019.85 m2. inscrito en la Partida Electrónica Nº 11289504 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima, ubicado en el distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, cuya área de Manzaneo se encuentra distribuida de la siguiente manera: CUADRO DE ÁREAS DE MANZANAS- 1º ETAPA MANZANA LOTES NUMERACIÓN ÁREA A 12 01 al 12 6,184.80 B 14 01 al 14 8,325.65 C 24 01 al 24 12,249.30 D 23 01 al 23 10,578.60 E 21 01 al 21 10,799.05 F 12 01 al 12 6,197.20 G 03 01 al 03 1,747.30 H 11 01 al 11 7,130.05 I 23 01 al 23 13,160.20 ------------- TOTAL: 76,372.50 Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Empresa recu- rrente para culminar con la ejecución de las obras de habi- litación urbana en el plazo de 18 meses contados a partir de la notificación de la presente resolución, debiendo suje-tarse los trabajos a los planos firmados y sellados por esta entidad, teniendo en cuenta lo siguiente: DISEÑO: Se basará en el siguiente cuadro de Areas: Área Util de Viviendas :63,146.10 m2 Área de Aportes :13,226.40 m2 Área de Vías :24,647.35 m2 Área Bruta Total :101,019.85 m2 PAVIMENTOS : Las características de las obras de pa- vimentación serán las siguientes: Subrasante : Previamente se limpiará todo material con contenido orgánico, luego se procederá a su esca- rificado y mejoramiento en un espesor de 0.20 m y mediante la adición de material granular, compactán- dose al 95%. Base: Constituida por suelos de cantera con la ade- cuada proporción de gravas, arenas y ligantes. El espesor compactado de esta capa será de 0.20 m y su compacta- ción debe alcanzar el 100%. Superficie de rodadura : Estará constituido por una carpeta asfáltica de 0.05 mts. de espesor, mezcla en caliente a base de cemento asfáltico en la proporción adecuada y de acuerdo con las normas estándar esta- blecidas. Aceras: Serán de concreto de 140 Kg./cm2 de 0.10 m de espesor, con el debido acabado, la diferencia de nivel con respecto a la calzada será de 0.20m como máximo. Rampas Peatonales : Serán de concreto de 140 Kg./ cm2 con el debido acabado. Bermas: Quedarán en tierra nivelada, compactada y con una capa superficial de confitillo. Sardineles : Hacia el borde libre de la acera se cons- truirá un sardinel de dimensiones de 0.15 x 0.30 m. incor- porado que será la misma calidad y acabados que las ace- ras. Durante el proceso constructivo se respetarán las es- pecificaciones indicadas y las obras se someterán a los controles establecidos. OBRAS SANITARIAS : Serán ejecutadas de conformi- dad con los proyectos aprobados de agua potable y alcan- tarillado por SEDAPAL. ELECTRICIDAD : Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos aprobados por Luz del Sur. Artículo Tercero.- Considérese a la presente Habilita- ción con Construcción Simultánea. Los interesados debe- rán concurrir a esta Municipalidad para solicitar la corres- pondiente Licencia de Obra. Artículo Cuarto.- Los propietarios de esta Habilita- ción están autorizados a celebrar contratos de Com- praventa garantizada de los lotes destinados a vivien- da, obligándose a insertar en dichos contratos cualquie- ra de las garantías previstas en la legislación vigente, que asegure la culminación de las obras de habilita- ción urbana. Artículo Quinto.- Quedan obligados los habilitadores a independizar e inscribir en forma anticipada los lotes des- tinados a aportes reglamentarios, los mismos que son: Para Servicio de Parques los lotes del 13 al 23 de la Mz. “I”, para Recreación Pública los lotes 01 de la Mz. “B” y el 24 de la Mz. “C”, para el Ministerio de Educación los lotes 01, 02 y 03 de la Mz. “H” y para Otros Fines los lotes 01 y 02 de la Mz. “E”; formalizando la transferencia de los lotes mencio- nados a favor de las entidades correspondientes antes de la recepción de obra. Artículo Sexto.- REMÍTASE el expediente materia de la presente a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su ratificación; luego de ello, la empresa recurrente efec- tuará la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JULIO ECHAZU PERALTA Director Dirección de Desarrollo Urbano 36768