Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2001 (23/12/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

Pag. 214396

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 23 de diciembre de 2001

Que, con Oficios Nºs. 331, 353 y 356-01-INC/MNCP de fechas 2, 20 y 21 de noviembre respectivamente, la Directora del Museo Nacional de la Cultura Peruana, comunica que se giren los cheques a los ganadores del Concurso MORDAZA referido, Srs.: MORDAZA MORDAZA Calcina, MORDAZA Sante MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Ramos; Estando a lo visado por la Direccion Ejecutiva; la Direccion General del Sistema Nacional de Museos del Estado, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la Gerencia Administrativa y la Gerencia Legal; De conformidad con las normas generales de Tesoreria 05 y 06 aprobadas por R.D. Nº 026-80-EF/75.15 y la R.D. Nº 045-99-EF/75.15 - Ley Nº 27209 de Gestion Presupuestaria del Estado, Decreto Supremo Nº 027-01-ED Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Subgerencia de Tesoreria, el giro de cheques a los ganadores del VI Concurso Nacional de T'anta Wawas realizado el 1 de noviembre en la Sede del Museo Nacional de la Cultura Peruana, de acuerdo al siguiente detalle:
Primer Lugar MORDAZA Lugar Tercer Lugar MORDAZA MORDAZA CALCINA MORDAZA SANTE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA S/. 1,000.00

Que, asimismo, de acuerdo a lo regulado por la Resolucion Suprema Nº 008-90-ICTI/CO, modificada por Resolucion Suprema Nº 010-92-ICTI/DM, que establece las modalidades de garantia que deben prestar los que deseen ejercer el cargo de Martillero Publico, la recurrente ha optado por otorgar garantia efectiva hasta por una y media Unidades Impositivas Tributarias (UIT) a favor de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, mediante deposito administrativo Nº 2001000306428; Que, de conformidad con el Articulo 3º concordado con el Articulo 6º de la Resolucion MORDAZA indicada, al inicio de cada semestre los Martilleros Publicos que desean continuar ejerciendo el cargo, se encuentran obligados a actualizar la garantia constituida a favor de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 8º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, aprobado por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 185-96-SUNARP, la Resolucion Nº 022-95-SUNARP, los Articulos 28º y 29º del Estatuto de la SUNARP aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS, y lo dispuesto por el Articulo 1º de la Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 131-96SUNARP; SE RESUELVE:

800.00 600.00

Articulo 2º.- Encargar a la Subgerencia de Contabilidad el control, la fiscalizacion y la afectacion correspondiente. Articulo 3º.- El egreso que origine la presente resolucion, se afectara a las donaciones efectuadas por MORDAZA S.A., Nobel Corp, Levapan e ingresos del evento, a favor del Museo Nacional de la Cultura Peruana. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Ejecutiva Encargada de la Direccion Nacional 36762

Articulo Primero.- Autorizar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para ejercer el cargo de Martillero Publico a nivel Nacional, durante el MORDAZA Semestre del ano 2001, con sujecion a las Leyes y disposiciones vigentes sobre la materia. Articulo Segundo.- La presente Resolucion constituye el titulo respectivo al que se refiere el Articulo 116º del Codigo de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948, debiendo anotarse en el Registro de Martilleros Publicos de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao. Registrese, comuniquese y publiquese. C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao 36673

OFICINA REGISTRAL DE MORDAZA Y CALLAO
Autorizan ejercer cargo de martillero publico a nivel nacional durante el MORDAZA semestre del ano 2001
RESOLUCION JEFATURAL Nº 1858-2001-ORLC/JE MORDAZA, 19 de diciembre de 2001 Visto el expediente organizado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre obtencion del titulo de Martillero Publico a nivel nacional y el Informe Nº 019-2001-ORLC/JE-R.MART. del 18 de diciembre del 2001; emitido por el Registro de Martilleros Publicos; CONSIDERANDO: Que, la interesada ha cumplido con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 004-2000-JUS, Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la SUNARP y de sus organos desconcentrados, modificado por el Decreto Supremo Nº 009-2000-JUS; con el Articulo 116º del Codigo de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948; y con el Reglamento de Martilleros Publicos, aprobado por Resolucion Suprema del 27 de MORDAZA de 1914, reuniendo los requisitos necesarios para el desempeno del cargo de Martillero Publico a nivel nacional, segun se desprende de la documentacion que acompana su pedido;

Declaran improcedente apelacion de tacha de titulo efectuada por registrador del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA
RESOLUCION DEL TRIBUNAL REGISTRAL Nº 556-2001-ORLC/TR MORDAZA, 30 de noviembre de 2001 VISTO, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante Hoja de Tramite Documentario Nº 38104 del 7 de setiembre de 2001, a efecto que el Tribunal Registral declare nula la anotacion de tacha formulada por el Registrador Publico del Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA Azparrent MORDAZA, a la solicitud de inscripcion de ACLARACION. El titulo se presento el 26 de MORDAZA de 2001 con el Nº 138730. El Registrador tacho el titulo por cuanto: "No se subsano la observacion del 7/8/2001 cuyo texto se transcribe y por haberlo solicitado el interesado el 8/8/2001 de conformidad con la Directiva Nº 014/87-ONARP-JE del 9.11.87. Por cuanto revisado el titulo archivado que diera merito a la inscripcion del As. C 00001 de la P.E. Nº 11231416 se observa que el comprador del inmueble contaba con el estado civil "viudo" ya que de la revision de la MORDAZA de la partida de defuncion de la conyuge, esta fallecio con anterioridad a la fecha de la suscripcion de la escritura publica. Del mismo modo se deja MORDAZA que la minuta que diera merito a la escritura de fecha 6/11/2000 tenia como fecha de suscripcion 23/9/2000, fecha para la cual ya habia fallecido la conyuge de don MORDAZA MORDAZA Manco Zavala. Por tanto de conformidad con el MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.