Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2001 (27/12/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

Pag. 214508
VISTOS:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 27 de diciembre de 2001

Los Oficios N°s. 1117, 1147 y 1160-2001-P-CSJLI/PJ del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, solicita a este Organo de Gobierno la conversion de los Juzgados Transitorios Colectivos de Apoyo de la Corte Superior de su Presidencia en organos jurisdiccionales permanentes; Que, la solicitud efectuada por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, tiende a la conversion de los Juzgados Transitorios Colectivos de Apoyo de MORDAZA en Juzgados Permanentes, fundamentandola en el hecho de que el apoyo que brindan los referidos Juzgados a los diferentes organos jurisdiccionales de la Corte Superior de MORDAZA contribuye a controlar el flujo de la carga procesal existente. Que, de los informes estadisticos que obran en los presentes actuados, aparece que aun se mantiene la necesidad de contar con organos jurisdiccionales que coadyuven con la descarga procesal, con el fin de brindar un servicio mas eficiente de administracion de justicia; Que, este Organo de Gobierno mediante la Resolucion Administrativa N° 159-2001-CE-PJ del 28 de setiembre del 2001, prorrogo hasta el 31 de diciembre del presente ano, el funcionamiento de los Juzgados Transitorios Colectivos de Apoyo de MORDAZA, en tanto se estudie la factibilidad de su conversion en Permanentes; Que, la conversion de los Juzgados Transitorios Colectivos de Apoyo de MORDAZA en organos jurisdiccionales permanentes, permitira contar con 6 (seis) Juzgados de Paz Letrados y 5 (cinco) Juzgados Especializados, en adicion a los ya existentes, lo que facilitara el acceso a un oportuno servicio de administracion de justicia, contribuyendo con la descarga procesal en beneficio de los justiciables; Que, el Informe N° 085-2001-SPR-GDI-GG, de la Gerencia General del Poder Judicial, concluye en la factibilidad de la conversion de los Juzgados Transitorios Colectivos de Apoyo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA en Juzgados Permanentes, al no exigir mayor egreso financiero; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones previstas en los incisos 24) y 26), del Articulo 82° de la Ley Organica del Poder Judicial, de conformidad con el Informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA, en sesion extraordinaria de la fecha, con el MORDAZA de los senores Consejeros MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Bernardini, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Ordonez Valverde; RESUELVE: Articulo Primero.- Convertir en Permanentes los siguientes Organos Jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a partir del 1 de enero del 2002: - Juzgado Transitorio Colectivo de Apoyo del 1° Juzgado de Paz Letrado de Lince y San MORDAZA, en 3° Juzgado de Paz Letrado de Lince ­ San Isidro. - Juzgado Transitorio Colectivo de Apoyo del 2° Juzgado de Paz Letrado de Lince y San MORDAZA, en 4° Juzgado de Paz Letrado de Lince ­ San Isidro. - Juzgado Transitorio Colectivo de Apoyo del 1° Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA, en 2° Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA Maria. - Juzgado Transitorio Colectivo de Apoyo del 1° Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA, en 3° Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA ­ San Borja. - Juzgado Transitorio Colectivo de Apoyo del 2° Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA, en 4° Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA ­ San Borja. - Juzgado Transitorio Colectivo de Apoyo del 1° Juzgado de Paz Letrado de Ate - Vitarte, en 3° Juzgado de Paz Letrado de Ate - Vitarte. - Juzgado Transitorio Colectivo de Apoyo del 52° Juzgado Civil de MORDAZA, en 62° Juzgado Especializado en lo Civil de Lima. - Juzgado Transitorio Colectivo de Apoyo "A" del 15° Juzgado de Familia de MORDAZA, en 17° Juzgado Especializado de Familia de Lima. - Juzgado Transitorio Colectivo de Apoyo "B" del 15° Juzgado de Familia de MORDAZA, en 18° Juzgado Especializado de Familia de Lima.

- Juzgado Transitorio Colectivo de Apoyo "A" del 16° Juzgado de Familia de MORDAZA, en 19° Juzgado Especializado de Familia de Lima. - Juzgado Transitorio Colectivo de Apoyo "B" del 16° Juzgado de Familia de MORDAZA, en 20° Juzgado Especializado de Familia de Lima. Articulo Segundo.- El cumplimiento de la presente Resolucion, no generara mayores egresos al pliego presupuestal del Poder Judicial. Articulo Tercero.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA a adoptar las medidas administrativas y jurisdiccionales que MORDAZA necesarias para el optimo funcionamiento de los organos jurisdiccionales materia de la presente resolucion. Articulo Cuarto.- Transcribir la presente resolucion al Ministerio de Justicia, Ministerio Publico, Gerencia General del Poder Judicial, y a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA BERNARDINI MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ORDONEZ MORDAZA 36876

Destituyen a servidor por su actuacion como secretario judicial del Tercer Juzgado Especializado en lo Penal de Ica
INVESTIGACIONES ODICMA Nºs. 103-2000 y 49-2001 ICA MORDAZA, catorce de diciembre del dos mil uno. VISTOS; los expedientes que contienen las Investigaciones numeros ciento tres guion dos mil y cuarentinueve guion dos mil uno guion Ica, instauradas contra MORDAZA Balbuena Maranon, por su actuacion como Secretario del Tercer Juzgado Especializado Penal de Ica, de conformidad con las propuestas de destitucion formuladas por el Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, sus fechas veintiuno de marzo y cinco de setiembre del dos mil uno, obrantes a fojas trescientos treintiocho y noventiuno, respectivamente, y CONSIDERANDO; ademas: Primero.- Que, mediante resolucion del seis de noviembre del dos mil, el Jefe de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Ica, opina se imponga la medida disciplinaria de destitucion, a don MORDAZA Balbuena Maranon, por la sustraccion y cobro de quince certificados de depositos judiciales, ademas de falsificar la firma del Juez del Juzgado donde laboraba para tal fin, hechos que corresponden a la Investigacion numero ciento tres guion dos mil guion Ica; Segundo.- Que, posteriormente, mediante resolucion del veinticuatro de enero del ano en curso, el Jefe de la MORDAZA citada oficina de control, abrio otra investigacion contra el citado auxiliar de justicia, al detectarse la sustraccion de dos certificados de depositos judiciales en un MORDAZA judicial, que no habia sido considerado en la anterior investigacion, y que al ser remitida a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, se le asigno al expediente el numero cuarentinueve guion dos mil uno guion Ica; Tercero.- Que, de lo actuado en MORDAZA investigaciones, ha quedado debidamente acreditado que el servidor de justicia procesado aprovechando el cargo asignado, sustrajo certificados de consignacion de diversos expedientes existentes en el Juzgado en el que laboraba, endosando los mismos a nombre de terceros, para cuyos efectos falsifico las firmas del senor Juez; Cuarto.- Que los irregulares actos cometidos por MORDAZA Balbuena Maranon, le procuraron un ingreso economico indebido, en directo y grave perjuicio de los justi-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.