Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2001 (30/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, MORDAZA 30 de diciembre de 2001

NORMAS LEGALES

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a. A un precio menor a la MORDAZA cotizacion; o, b. A un precio igual a la MORDAZA cotizacion salvo que esta sea mayor a la precedente diferente. Por ejemplo: § Si la MORDAZA cotizacion es de S/. 5.00 y la cotizacion anterior diferente S/. 5.05, se puede vender descubierto a S/.5.01 o mas. § Si la MORDAZA cotizacion es de S/. 5.00 y la cotizacion anterior diferente S/. 4.95, se puede vender descubierto a S/.5.00 o mas. Por ello, una SAB que desee realizar una venta descubierta debera conocer el precio minimo al que se puede realizar la propuesta de venta descubierta en cada momento. Con esta finalidad, la tabla de cotizaciones incluira una columna donde se mostrara este precio (ver punto 10). Para el calculo de dicho precio minimo, al dia siguiente de la fecha de corte, se considerara la cotizacion de cierre ajustada conforme a los procedimientos establecidos por el Consejo Directivo. Si una SAB tiene una orden de venta descubierta, puede ejecutarla en su totalidad o en varias partes siempre que observe la restriccion de precios senalada en este punto. El incumplimiento de esta restriccion de precios esta sujeto a las multas establecidas en el punto 15 de este documento. 7. GARANTIAS DE LA OPERACION La persona que realiza una venta descubierta debera mantener en todo momento, desde la ejecucion de la operacion y como minimo hasta la realizacion de la operacion de compra o de prestamo de valores, una garantia minima equivalente al 50% del importe de la operacion. La garantia debera ser constituida con activos susceptibles de ser entregados como margen de garantia en operaciones de reporte y de prestamo de valores, aplicandose los mismos criterios de valorizacion establecidos en las normas correspondientes. El intermediario debera informar a CAVALI a mas tardar a las 16:00 horas de T+1 que las garantias de la operacion han sido constituidas. El intermediario llevara un registro detallado de dichas notificaciones con las respectivas garantias, asi como la documentacion sustentatoria de las mismas. En caso de no informar oportunamente, se asumira por defecto que las garantias no han sido constituidas. A las 16:30 horas de T+1 CAVALI informara a la BVL y a CONASEV sobre los cumplimientos e incumplimientos en la constitucion de la garantia de acuerdo a la informacion proporcionada por los intermediarios, a efectos que se adopten las medidas pertinentes al caso. 8. OBLIGACIONES DE LAS SABS Las SABs que deseen realizar ventas descubiertas deberan cumplir con las siguientes obligaciones: a. Principio: "conoce tu cliente" Los inversionistas involucrados en ventas descubiertas deben contar con recursos financieros para cubrir sus posiciones. Por ello, es importante que las SABs realicen un permanente seguimiento de la capacidad financiera de sus clientes para tomar riesgos, revisando el historial de negociacion de sus clientes y estar en condiciones de responder las siguientes preguntas: 1) ¿Es una orden de venta descubierta o larga? 2) ¿Tiene mi cliente valores disponibles para cumplir con la entrega en el plazo establecido por la Bolsa? 3) ¿Si los valores no se encuentran en mi cuenta matriz, donde se encuentran? ¿Llegaran a tiempo para cumplir con la entrega en los plazos reglamentarios? 4) ¿Si mi cliente no tiene valores, que acuerdos ha realizado para obtener los valores en prestamo y poder cumplir con la entrega a CAVALI oportunamente? 5) ¿Si el cliente no cumple con el acuerdo de compra o prestamo de valores, como voy a cumplir con la entrega de los valores a CAVALI? b. Ninguna SAB puede realizar una venta si la orden no ha sido identificada previamente como larga o descubier-

ta. Todo cliente debera precisar si su venta es al descubierto o larga al momento de dar la respectiva orden a su SAB. Para el cumplimiento de esta obligacion, la SAB debe firmar un acuerdo con su cliente. Ver punto 9. La SAB es responsable de que la informacion proporcionada por su cliente sea veraz. Este requerimiento debe ser comunicado por la SAB a sus comitentes, asi como mostrarse en un lugar visible de sus instalaciones. c. Al ingresar la propuesta de una venta descubierta al sistema ELEX, la SAB debe marcarla como tal en la papeleta electronica. Se considera como incumplimiento la omision, aun si el precio al cual la venta descubierta es realizada cumple con los requisitos de precios senalados en el punto 6. d. Las SABs deben establecer y mantener adecuados sistemas y procedimientos para supervisar y controlar las ventas descubiertas y administrar las garantias, asi como los prestamos bursatiles y compras de valores utilizadas para cubrir dichas ventas, de conformidad a las disposiciones vigentes. e. Las SABs deberan observar lo dispuesto en el Articulo 12 de la Ley del MORDAZA de Valores. Las SABs que incumplan con las obligaciones establecidas en el presente punto seran pasibles de sancion por parte de la Bolsa. 9. ACUERDO ENTRE LA SAB Y SU CLIENTE La SAB debera implementar mediante la utilizacion de la ficha de registro de sus clientes, las ordenes recibidas de los mismos o cualquier otro documento, el acuerdo expreso en el sentido que su cliente: a. Se compromete a identificar las ordenes de venta descubiertas, conforme a lo establecido en el presente documento. b. Faculta a la SAB a prestarse, a traves de un mecanismo centralizado de negociacion, a comprar valores o a disponer de la garantia constituida para la operacion, en caso el comitente incumpla con la entrega de valores vendidos, para la respectiva liquidacion conforme a las disposiciones vigentes. Lo anterior, sin perjuicio de la obligacion de la SAB de cumplir con las demas disposiciones establecidas en el presente documento y en las demas disposiciones aplicables. 10. INFORMACION El sistema ELEX mostrara la siguiente informacion: a. Total de ventas descubiertas realizadas por valor. Esta informacion es publica y sera mostrada una vez finalizada la Sesion de MORDAZA correspondiente, considerando los saldos totales de ventas pendientes en la entrega de valores al dia anterior (informados por CAVALI) y las ventas descubiertas realizadas durante la Sesion de MORDAZA del dia. b. Total de ventas descubiertas por SAB y por valor simultaneamente. Esta informacion es privada y sera visualizada en tiempo real por cada intermediario. El calculo se realizara usando las consideraciones del punto anterior. Ambos totales son la suma de los saldos totales de ventas pendientes en la entrega de valores al dia anterior informados por CAVALI, y todas las ventas descubiertas (marcadas) realizadas durante el dia. Esta informacion sera actualizada diariamente en el Sistema ELEX MORDAZA del inicio de la Sesion de MORDAZA siguiente, con la informacion de CAVALI sobre los saldos de ventas pendientes en la entrega de valores. c. El precio minimo al que se refiere el punto 6. Este precio sera mostrado en tiempo real en una nueva columna de la Tabla de Cotizaciones (publica). d. El precio minimo (al que se refiere el punto 6) que estuviera vigente al momento de ingresar las propuestas de venta correspondientes a cada una de las operaciones realizadas durante la Sesion de Rueda. Esta informacion sera visualizada unicamente por el Administrador del Sistema (Operaciones Realizadas) y por la SAB proponente (Propuestas Ejecutadas). La informacion del punto d. sera enviada a CAVALI. Asimismo, con fines de seguimiento y control, CAVALI propor-

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