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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ENERO DEL AÑO 2001 (19/01/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 40

Pág. 197504 NORMAS LEGALES Lima, viernes 19 de enero de 2001 2000, del concejo distrital de Chancay, que declara la vacancia de su cargo de regidor; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 10) del Artículo 36º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, es atribución de los concejos municipales, declarar la vacancia de los cargos de alcalde o de regidor, por las causales establecidas en los Artículos 23º, 26º 38º y 88º, siguiendo las formalidades previstas en el Artículo 27º de la acotada; Que, el concejo distrital de Chancay en sesión ordina- ria de fecha 24 de octubre del 2000, mediante Acuerdo Nº 220-2000 MDCH, de fojas 49 y 50, ha declarado la vacancia del cargo de regidor del señor Félix Oderico Balta Olarte, bajo acusación de haber incurrido en causal de nepotismo prevista en la Ley Nº 26771, al haber influido en la contratación de su primo hermano, señor Alfredo Edilber- to Coca Balta, como médico en la empresa municipal de salud Emussa - Chancay; Que, a efecto de emitir un pronunciamiento con arre- glo a ley, debe tenerse presente lo siguiente: a) El Artículo 27º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, establece que la vacancia de los cargos de alcalde y de regidor es declarada por el correspondiente concejo muni- cipal con el voto aprobatorio de la mayoría del núme- ro legal de sus miembros; b) El concejo distrital de Chancay, de conformidad al Artículo 6º de la Resolución Nº 148-98-JNE de fecha 21 de abril de 1998, está constitui- do por un (1) alcalde y siete (7) regidores, consiguiente- mente la mayoría legal la constituyen cinco (5) miembros; c) A fojas 44 y 45, en el acta de la sesión ordinaria antes mencionada, se advierte que la vacancia del cargo de regidor del señor Félix Oderico Balta Olarte, fue declara- da por cuatro (4) miembros incluido el voto del alcalde, que sólo debe emitir su voto en calidad de dirimente según lo dispuesto en el Artículo 41º de la Ley Orgánica de Muni- cipalidades Nº 23853; consiguientemente el acuerdo al no haber sido suscrito por la mayoría de miem- bros del concejo, deviene en nulo e insubsistente; Por estas consideraciones, el Jurado Nacional de Elec- ciones, en uso de las atribuciones conferidas por la Cons- titución Política del Estado y la ley; RESUELVE POR MAYORIA: Artículo Primero.- Declarar fundado el recurso de revisión del Acuerdo Nº 220-2000 MDCH, de sesión ordi- naria del concejo distrital de Chancay de fecha 24 de octubre del 2000, que declara la vacancia del cargo de regidor del señor Félix Oderico Balta Olarte, al no haber- se observado el procedimiento de ley; en consecuencia nulo e insubsistente el acuerdo mencionado e im- procedente la solicitud de reemplazo del cargo de regidor, presentada por el señor Grover Torres Málaga Zvietcovich, alcalde del concejo distrital de Chancay. Artículo Segundo.- Declarar que el señor Félix Ode- rico Balta Olarte, continúa en el cargo de regidor en el concejo distrital de Chancay, en el período 1999 al 2002, conforme a ley. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías que se requiera para el cumpli- miento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLO BALLÓN- LANDA CÓRDOVA,Secretario General VOTO SINGULAR DEL SEÑOR DE VALDIVA CANO EXP. Nº 1379. 00 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, el concejo distrital de Chancay, ha declarado la vacancia del cargo de regidor del señor Félix Oderico Balta Olarte, por haber incurrido en la causal prevista en el Artículo 23º inciso 7), concordante con el Artículo 26º inciso 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, al haber tenido injerencia directa en la contratación de suprimo hermano señor Alfredo Edilberto Coca Balta, como médico en la empresa municipal de salud Emussa - Chan- cay; Que, la vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal con el voto aprobatorio de la mayoría del número legal de sus miembros; Que, el concejo distrital de Chancay, de conformidad al Artículo 6º de la Resolución Nº 148-98-JNE de fecha 21 de abril de 1998, está constituido por un (1) alcalde y siete (7) regidores, consiguientemente la mayoría legal la consti- tuyen cinco (5) miembros; Que, de fojas 44 y 45, en el acta de la sesión ordinaria antes mencionada, se advierte que la vacancia del cargo de regidor del señor Félix Oderico Balta Olarte, fue declarada por cuatro (4) miembros, incluido el voto del alcalde; consiguientemente, el acuerdo al no haber sido suscrito por la mayoría de miembros del concejo distrital, deviene en nulo e insubsistente; y por tanto el recurso de revisión debe ser declarado fundado por el error de proce- dimiento descrito; Que, sin embargo, el Jurado Nacional de Elecciones, advierte que con el certificado de nacimiento del regidor Félix Oderico Balta Olarte de fojas 12; los certificados de nacimiento de sus padres de fojas 10 y 11; y el certificado de nacimiento del señor Alfredo Edilberto Coca Balta, se prueba que este último tiene parentesco en el 4to. grado de consaguinidad con el referido regidor; Que, en cuanto a la relación laboral, en autos apare- ce a fojas 20, copia de la carta de fecha 23 de octubre del 2000 del señor Armando Aguilar Pajuelo, gerente de la Emussa - Chancay, en la que se indica, que el señor Alfredo Edilberto Coca Balta es trabajador de la referi- da empresa, ello corroborado con la copia autenticada de fojas 9, de un recibo de honorarios profesionales, suscrito por el referido médico; dichos documentos prueban en forma suficiente el vínculo laboral con la referida empresa, y acreditan que el médico Alfredo Edilberto Coca Balta, ha sido favorecido con un contra- to de trabajo; Que, el nombramiento o contratación de personal en las municipalidades y por extensión empresas municipa- les, con vínculo de parentesco, con el alcalde o regidores constituye causal de vacancia de los cargos, en aplicación de lo dispuesto en el inciso 7) del Artículo 23º , concordante con el inciso 3) del Artículo 26º de la acotada, que establece como causal de vacancia que el alcalde o los regidores tengan interés en las concesiones o en los contratos otorgados o en trámite de otorga- miento por la municipalidad ; Por estas consideraciones, mi voto es por que el Jurado Nacional de Elecciones, al amparo de lo dispues- to en el numeral 4) del Artículo 178º de la Constitución Política del Estado y del Artículo 5º inciso u) de su Ley Orgánica Nº 26486: RESUELVA: Artículo Primero.- Declarar fundado el recurso de revisión interpuesto por el señor Félix Oderico Balta Olarte, en contra del Acuerdo Nº 220-2000 MDCH, de sesión ordinaria del concejo distrital de Chancay de fecha 24 de octubre del 2000, que declara la vacancia de su cargo de regidor, al no haberse observado el procedimiento previsto en el Artículo 27º de la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 23853; Artículo Segundo.- Declarar en uso de la atribución conferida en el Artículo 5º inciso u) de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones Nº 26486, la vacancia del cargo de regidor del señor Félix Oderico Balta Olarte, al haber incurrido en la causal prevista en el Artículo 23º inciso 7), concordante con el Artículo 26º inciso 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853. Artículo Tercero.- Convocar al señor Alejandro Manuel Cruz Castillo, en reemplazo del cargo del vacado, debiendo otorgarle la respectiva credencial para que asuma el cargo de regidor en el concejo distrital de Chancay, en el período 1999 al 2002, conforme a ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. DE VALDIVIA CANO BALLÓN- LANDA CÓRDOVA, Secretario General 16602