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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2001 (24/01/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 26

Pág. 197658 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 24 de enero de 2001 Artículo 3º.- SANCIONAR a don Víctor Hugo Her- vias Acosta, Residente de Obra y a don Elmer Cumpa Espinoza, Asistente Administrativo, con suspensión sin goce de remuneraciones por treinta (30) días. Artículo 4º.- DISPONER que la Dirección General de Caminos en coordinación con la Oficina General de Personal efectúen el cálculo de la responsabilidad pecu- niaria a que haya lugar, de acuerdo al Informe Nº 004- 2001-MTC/CPPAD. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente resolu- ción a la Dirección General de Caminos y a la Oficina General de Personal. Regístrese y comuníquese. JULIO MELGAR SALMON Viceministro de Transportes 16771 Otorgan autorizaciones a empresas para operar estaciones transmisoras del servicio de radiodifusión sonora comercial ubicadas en las provincias de Ica y La Libertad RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 024-2001-MTC/15.03 Lima, 18 de enero de 2001 VISTAS, las solicitudes formuladas por la empresa RADIO BARRANCA S.A., para operar una estación transmisora del servicio de radiodifusión sonora comer- cial en Frecuencia Modulada (FM), situada en el distri- to, provincia y departamento de Ica; y sobre el cambio de ubicación y disminución de potencia de dicha esta- ción; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 666-96-MTC/ 15.17, publicada el 18 de diciembre de 1996, se concedió a la empresa RADIO BARRANCA S.A., autorización y permiso de instalación y prueba por el plazo improrroga- ble de doce (12) meses, para operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuen- cia Modulada (FM), en el distrito, provincia y departa- mento de Ica; Que, según el Artículo 50º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, la licencia es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para operar un servicio de radiocomunicación autorizado; Que, el Artículo 163º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, señala que realizada la inspección y a mérito del informe técnico respectivo el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción podrá expedir la correspondiente licen- cia; Que, el inciso b) del Artículo 56º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las autorizaciones otorgadas tendrán un plazo máximo de diez (10) años para los servicios de radiodifu- sión, renovables a solicitud del interesado; Que, el Artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modifi- cables las características de instalación y operación autorizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros parámetros técnicos si antes no se obtiene la correspondiente aprobación del Ministerio de Transpor- tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, la Dirección de Administración de Frecuencias de la Dirección General de Telecomunicaciones, de confor- midad con el Informe Nº 024-2000-MTC/15.19.03.2, seña- la que habiéndose efectuado la inspección técnica a lasinstalaciones de la referida estación de radiodifusión en Frecuencia Modulada (FM), se constató que cuenta con el equipamiento necesario y que han sido satisfactorias las pruebas de funcionamiento, por lo que emite su conformi- dad técnica para que se le otorgue autorización para operar la estación del servicio de radiodifusión por 10 años, incluyéndose el cambio de ubicación, la disminución de potencia, así como el cambio de emisión de dicha estación; Que, la Dirección de Asesoría Técnica de la Direc- ción General de Telecomunicaciones, mediante Infor- me Nº 464-2000-MTC/15.19.01, señala que es proceden- te autorizar la operación de la citada estación de radiodifusión por el plazo de diez (10) años, que incluye el período de instalación y prueba otorgado por la Resolución Ministerial Nº 666-96-MTC/15.17; así como también es procedente autorizar el cambio de ubica- ción, la disminución de potencia y el cambio de emisión de dicha estación; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC; 06-94-TCC; 005-98-MTC; 022-98-MTC; 024-98-MTC; 002-99-MTC y el Texto Único de Procedi- mientos Administrativos del Ministerio de Transpor- tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; y, Con la opinión favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) años a la empresa RADIO BARRANCA S.A., la operación de una estación transmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubica- da en el distrito, provincia y departamento de Ica, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-FM Frecuencia :91.3 MHz. Indicativo :OCW-5B Potencia :300 w Emisión :256F8E Horario :H24 Ubicación de los Estudios y Planta Transmisora :Calle Bolívar Nº 270, Of. 202, distrito, pro- vincia y departamento Ica. Coordenadas: L.O. 75° 43' 20" L.S. 14° 04' 06" Artículo 2º.- El plazo de la autorización a que se refiere el artículo precedente incluye el período de instalación y prueba de doce (12) meses otorgado por la Resolución Ministerial Nº 666-96-MTC/15.17, por tanto vencerá el 18 de diciembre del año 2006. La Dirección General de Telecomunicaciones procederá a extender la correspondiente licencia de operación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MENACHO RAMOS Viceministro de Comunicaciones 16775 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 025-2001-MTC/15.03 Lima, 18 de enero de 2001 VISTAS, las solicitudes formuladas por la empresa RADIO SABOR MIX S.A., para operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuen- cia Modulada (FM), ubicada en el distrito y provincia de Pisco, departamento de Ica; y para el cambio de ubica- ción de dicha estación;