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Pág. 197706 NORMAS LEGALES Lima, jueves 25 de enero de 2001 o de derechos aduaneros de ninguna clase o denomi- nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República CARLOS HERRERA DESCALZI Ministro de Energía y Minas 17039 Imponen servidumbre de electroducto para línea de transmisión a favor de Red Eléctrica del Sur S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 486-2000-EM/VME Lima, 11 de diciembre de 2000 Visto, el Expediente Nº 21110100 que incluye los documentos con Registros Nºs. 1296534 y 1299197, pre- sentado por Red Eléctrica del Sur S.A.- REDESUR, soli- citando la imposición de la servidumbre de electroducto para la línea de transmisión 220 kV. S.E. Moquegua (Montalvo) - S.E. Tacna (Los Héroes), ubicada en las provincias de Mariscal Nieto y Jorge Basadre y Tacna de los departamentos de Moquegua y Tacna, respectiva- mente; CONSIDERANDO: Que, REDESUR, concesionaria de la Línea de Trans- misión Eléctrica 220 kV. S.E. Moquegua (Montalvo) - S.E. Tacna (Los Héroes), en mérito de la Resolución Suprema Nº 061-99-EM de fecha 19 de abril de 1999, ha solicitado la imposición de la servidumbre de electroducto para la línea de transmisión 220 kV S.E. Moquegua (Montalvo) - S.E. Tacna (Los Héroes); Que, la petición se encuentra amparada en lo dis- puesto por el inciso b) del Artículo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Eléctricas - Decreto Ley Nº 25844 y el Artículo 220º y siguientes de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe favorable Nº 194-2000-EM/DGE; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER la servidumbre de electro- ducto para la línea de transmisión eléctrica 220 kV. S.E. Moquegua (Montalvo) - S.E. Tacna (Los Héroes), ubicada en las provincias de Mariscal Nieto y Jorge Basadre y Tacna de los departamentos de Moquegua y Tacna, res- pectivamente, a favor de Red Eléctrica del Sur S.A. - REDESUR, con carácter permanente, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Nivel de Nº de Longitud Ancho de Cod. Exp. Inicio y Llegada de Tensión Ternas (Km.) la Faja la Línea Eléctrica (kV) (m) 21110100 S.E. Moquegua (Montalvo) - 220 01 124,33 25 S.E. Tacna (Los Héroes) Artículo 2º.- Los propietarios de los predios sirvien- tes no podrán construir, dentro de la faja de servidumbre, obras de cualquier naturaleza ni podrán realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servi- dumbres constituidas. Artículo 3º.- REDESUR deberá adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran daño ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedan- do sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4º.- REDESUR deberá velar permanente- mente para evitar que en el área afectada por la servi- dumbre se ejecute cualquier tipo de construcción.Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS HERRERA DESCALZI Ministro de Energía y Minas 14558 Designan miembro del Directorio de PERUPETRO S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 030-2001-EM/VME Lima, 22 de enero de 2001 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de miembro del Directorio de PERUPETRO S.A. Que, en consecuencia es necesario designar al funcio- nario que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis- lativo Nº 560 y en la Ley Nº 26225; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, a la señorita María Teresa Quiñones Alayza como miembro del Directorio de PERUPETRO S.A. en representación del Ministerio de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS HERRERA DESCALZI Ministro de Energía y Minas 16876 Aprueban publicación de Guía de Fiscalización Ambiental y Guía de Ma- nejo y Transporte de Concentrados Minerales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 009-2001-EM/DGAA Lima, 16 de enero del 2001 CONSIDERANDO: Que, la Dirección General de Asuntos Ambientales como órgano normativo y de asesoramiento del Ministerio de Energía y Minas, ha considerado necesario e importante la publicación de guías, para orientar el desarrollo de las opera- ciones hacia una metodología ambiental aceptable; Que, a fin de implementar los procedimientos señala- dos en el Reglamento del Título Décimo Quinto del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería sobre Medio Ambiente aprobado por Decreto Supremo Nº 016- 93-EM publicado el 1 de mayo de 1993, modificado por Decreto Supremo Nº 059-93-EM, publicado el 13 de di- ciembre de 1993, se han formulado Guías Ambientales como lineamientos técnicos, no constituyendo documen- tos de aplicación obligatoria, pero que son de gran utili- dad para la elaboración de los Estudios de Impacto Am- biental y Programas de Adecuación y Manejo Ambiental dentro del Subsector Minero; Que, tanto la Guía de Fiscalización Ambiental como la Guía de Manejo y Transporte de Concentrados Minerales, han sido debidamente elaboradas, revisadas y concluidas por la Dirección General de Asuntos Ambientales; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería - Decreto Supremo Nº 014-92- EM, Reglamento del Título Décimo Quinto del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería sobre Medio Ambiente - Decreto Supremo Nº 016-93-EM, De- creto Supremo Nº 059-93-EM, y demás normas comple- mentarias y concordantes;