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Pág. 198154 NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de febrero de 2001 Ø La Información de interés público o de prevención elaborada por organismos públicos o privados de apoyo social, sin perjuicio de la autorización correspondiente. Ø Las Señales para facilitar la ubicación de lugares de interés turísticos.Artículo Noveno.- Las infracciones a lo dispuesto en la presente norma, serán sancionadas de acuerdo a la escala de multas prevista en la Sétima Disposición Transitoria de la Ordenanza Nº 210 según los siguien- tes códigos: Letras Elemento Panel Otros en Disposición recortadas, de monumental general adicional Código Infracción panel simple, publicidad o globo toldos o móvil aerostático marquesinas 8-001 Instalación de 3 UIT 5 UIT 10 UIT 2 UIT Retiro del elemento de elemento de publicidad sin publicidad autorización 8-002 Instalación de elementos de 2 UIT 3 UIT 10 UIT 1 UIT Regularización publicidad en forma distinta a lo autorizado 8-003 Desacato a la El doble de la El doble de la El doble de la El doble de la Pago de gastos orden de retiro multa impuesta multa impuesta multa impuesta multa impuesta por retiro o del elemento demolición publicitario 8-004 Instalar carteles 0.5 UIT Retiro del en las carteleras elemento de municipales sin publicidad autorización 8-005 Instalación de 1 UIT Retiro del carteles fuera de elemento de las carteleras publicidad municipales 8-006 Exhibir anuncios Retiro del en banderolas 1 UIT elemento de instalados en 2 UIT publicidad áreas de dominio público 8-007 Distribuir o arrojar volantes en áreas 1 UIT de dominio público 8-008 Realizar pintas en Reparación del los paramentos de 1 UIT área dañada los predios Artículo Décimo.- Encargar a la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano, Dirección Municipal de Fiscaliza- ción y Control y Dirección Municipal Administrativa, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALBERTO ANDRADE CARMONA Alcalde de Lima 17503 Declaran en situación de urgencia la adquisición de insumo para el Progra- ma del Vaso de Leche de la municipa- lidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 3036 Lima, 23 de enero de 2001 Visto el informe de la Dirección Ejecutiva del Progra- ma del Vaso de Leche, solicitando que, debido a una situación de urgencia; se autorice la exoneración del requisito de licitación pública para la adquisición de un millón quinientos ochentiún mil cuatrocientos setenta y ocho (1'581,478) unidades de lata de leche evaporada en los meses de enero y febrero del 2001.CONSIDERANDO: Que, el Artículo 19º inciso c) de la Ley Nº 26850 establece que se encuentran exonerados del requisito de Licitación y Concurso Público las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de emer- gencia o de urgencia declaradas por la Ley; Que, el Programa del Vaso de Leche requiere contar con la cantidad de 1'581,478 millones de latas de leche evaporada para atender a los beneficiarios del Progra- ma, durante los meses de enero y febrero del 2001; Que, teniendo en cuenta los plazos mínimos exigidos en la Ley Nº 26850 para proceder a una convocatoria y desarrollo de una Licitación Pública; en el caso de la adquisición de Leche Evaporada, el otorgamiento de la Buena Pro y contrato respectivo se estarán dando a fines del mes de febrero del 2001; Que, la ausencia del referido bien durante los meses de enero y febrero del presente año comprometería en