Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2001 (03/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, sabado 3 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Facultan a la Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA otorgar autorizaciones provisionales para instalacion de elementos fijos de publicidad exterior en carreteras
DECRETO DE ALCALDIA Nº 009 MORDAZA, 30 de enero de 2001 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ordenanza del Sistema Vial Metropolitano Nº 127 del 2 de octubre de 1997 es responsabilidad de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA el mantenimiento, rehabilitacion, remodelacion, senalizacion, semaforizacion, ornato, y autorizacion de instalacion de publicidad y mobiliario MORDAZA en las vias expresas, arteriales y colectoras del Sistema Vial Metropolitano, ademas de todas las vias del Cercado de Lima; Que, conforme lo establece el Item a) inciso 2) del Articulo 9º de la Ordenanza Nº 210 del 4 de marzo de 1999, es competencia de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA autorizar la instalacion de elementos fijos para publicidad exterior en las areas publicas de las carreteras urbanas; Que, conforme lo establece el Art. 13º de la Ordenanza Nº 296 que regula el regimen de constitucion y administracion de bienes de uso publico en la provincia de MORDAZA, el uso provisional de los bienes de uso publico para la ejecucion de obras publicas e instalaciones de servicios publicos de cualquier naturaleza, anuncios u otros similares, se requiere en todos los casos de la autorizacion administrativa de la municipalidad competente, de acuerdo a los procedimientos y requisitos establecidos por las normas y ordenanzas sobre la materia; Que, se encuentra en elaboracion el Reglamento de Concursos Publicos para la concesion de espacios de dominio publico para la instalacion de elementos de publicidad exterior en carreteras, conforme lo dispone la Ordenanza Nº 210; Que, conforme lo prescribe el Articulo 50º de la citada Ordenanza se puede instalar elementos de publicidad exterior en carreteras, por autorizacion propia, facultad de la Administracion Municipal, o por concesion; Que, han ingresado a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, diversas solicitudes para Instalacion de Elementos Fijos de Publicidad Exterior en carreteras que por su misma naturaleza es publicidad de temporada por lo que es necesario autorizar, regular y realizar un efectivo control y fiscalizacion de los mismos y de aquellos elementos de publicidad exterior antirreglamentarios o que carecen de autorizacion para su instalacion; Estando a las facultades otorgadas por la Constitucion Politica del Estado; a lo dispuesto por el Articulo 65º incisos 9) y 18), Articulo 47º inciso 6) y Articulo 111º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; el inciso b) del Articulo 68º del Decreto Legislativo Nº 776 y las Ordenanzas Metropolitanas Nºs. 127, 210 y 296; SE DECRETA: Articulo Primero.- Facultar a la Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para que otorgue autorizaciones provi-

sionales con vigencia hasta el 31 de agosto del 2001 para la instalacion de elementos fijos de publicidad exterior en carreteras, previo dictamen favorable de la Comision Tecnica Metropolitana de Publicidad Exterior. Articulo Segundo.- La autorizacion provisional indicada en el articulo anterior sera de aplicacion en las siguientes vias: 1.- Carretera Panamericana Sur: desde el Ovalo MORDAZA MORDAZA Km. 00 hasta el Intercambio Pucusana Km. 58. 2.- Via de Evitamiento: desde el Ovalo MORDAZA MORDAZA Km. 00 hasta el Cruce con Av. Caqueta (Trebol del MORDAZA del Ejercito) Km. 10. 3.- Carretera Panamericana Norte: desde el Trebol del MORDAZA del Ejercito hasta el Km. 48 (entrada de Ancon). Articulo Tercero.- La tasa por el tramite de servicio administrativo sera la estipulada en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos correspondiente. Articulo Cuarto.- La contraprestacion por el usufructo del espacio publico a cancelar a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA tiene naturaleza de Precio Publico y consistira en un pago mensual establecido en funcion de un porcentaje de la Unidad Impositiva Tributaria y del area de exhibicion; de acuerdo a la siguiente tarifa:
Nº 01 CARRETERA Carretera Panamericana Sur, desde el Ovalo MORDAZA MORDAZA Km. 00 hasta el Intercambio Pucusana Km.58. Via de Evitamiento, desde el Ovalo MORDAZA MORDAZA Km. 00, hasta el Cruce con Av. Caqueta (trebol del MORDAZA del Ejercito) Km. 10. Carretera Panamericana Norte: Desde el Trebol del MORDAZA del Ejercito hasta el Km. 48 (entrada de Ancon) MONTO 0.4 % UIT/M2 + IGV

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0.4 % UIT/M2 + IGV

03

0.4 % UIT/M2 + IGV

Articulo Quinto.- Los propietarios de aquellos elementos autorizados durante la administracion de la Empresa Municipal Administradora del Peaje S.A. (EMAPE S.A.), bajo la modalidad de liquidacion mensual, y que aun se encuentren instalados, deberan regularizar y renovar su autorizacion ante la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, previo pago de los adeudos correspondientes; otorgandose para ello un plazo no mayor de 10 dias; vencido el cual se procedera a decomisar los Elementos Fijos de Publicidad Exterior instalados. Articulo Sexto.- Los concejos municipales a quienes se les MORDAZA delegado facultades para la aplicacion de la Ordenanza Nº 210, adecuaran las autorizaciones correspondientes al plazo establecido en el Articulo 1º de la presente norma. Articulo Setimo.- Los propietarios de los elementos instalados con autorizacion de la municipalidad distrital delegada en las vias objeto de la presente MORDAZA, deberan presentar dicha autorizacion a la Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para el registro y fiscalizacion correspondiente. El pago por usufructo estipulado en el Articulo MORDAZA sera abonado en la Tesoreria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, sin perjuicio de lo senalado en el Articulo Quinto. Los propietarios de los elementos por ubicar en las jurisdicciones de las Municipalidades Distritales que no cuenten con delegacion de facultades para aplicar la Ordenanza Nº 210, efectuaran los respectivos tramites y pagos ante la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo Octavo.- No estan incluidos en los alcances del presente Decreto: O Los Signos de seguridad y/o senalizacion O Las Senales de MORDAZA para vehiculos y peatones O La Informacion de obras en ejecucion en la via publica

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