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Pág. 198250 NORMAS LEGALES Lima, martes 6 de febrero de 2001 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Amplían plazo de vigencia de amnistía tributaria otorgada mediante la Orde- nanza Nº 001-2001-MDSA ORDENANZA Nº 005-2001-MDSA Santa Anita, 3 de febrero de 2001 Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal del 3 de febrero de 2001, los pedidos formulados por contri- buyentes del distrito de Santa Anita, según los Expe- dientes Nºs. 0918-2001, 0922-2001, 0930-2001, 0932-2001, 0935-2001, 0939-2001, 0940-2001, 0941-2001; y, CONSIDERANDO: Que, el Concejo Municipal teniendo en cuenta el reque- rimiento de los vecinos que aún no han cumplido con sus obligaciones tributarias y siendo política de la actual administración municipal, brindar las facilidades al vecin- dario considerando la coyuntura socio - económica que atraviesan, ha visto por conveniente prorrogar la Amnistía Tributaria hasta el 28 de febrero de 2001; Que, mediante Ordenanza Nº 001-2001-MDSA, se dis- puso otorgar Amnistía Tributaria hasta el 31 de enero de 2001, para los contribuyentes del distrito de Santa Anita a fin de que cumplan con regularizar sus obligaciones tribu- tarias referentes al Impuesto Predial de los períodos 1994 al 2000, Tasa de Licencia de Funcionamiento de los perío- dos 1994 a 1999, Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Relleno Sanitario de los períodos 1996 a 2000 y Arbitrio de Serenazgo de 1997 a 2000, dedicados a casa habitación, comercios y servicios menores; Que, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 3 de febrero de 2001, de conformidad con lo dispuesto por la Constitución Política del Estado, Decreto Legislativo Nº 816 - Código Tributario, con las atribuciones que le confiere la Ley Orgá- nica de Municipalidades y con el voto aprobatorio del Concejo Municipal, aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA Artículo Primero.- PRORROGAR LA AMNISTIA TRIBUTARIA, otorgada mediante Ordenanza Nº 001-2001- MDSA, hasta el 28 de febrero de 2001, a fin de que los señores contribuyentes de la jurisdicción del distrito de Santa Anita, cumplan con sus obligaciones tributarias referentes al Impuesto Predial de 1994 al 2000, Tasa de Licencia de Funcionamiento de los períodos 1994 a 1999, Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Relle- no Sanitario de los períodos 1996 a 2000 y Arbitrio de Serenazgo de 1997 a 2000, dedicados a casa habitación, comercios y servicios menores. Artículo Segundo.- Aclarar que la amnistía dispuesta comprende desde el 2 de enero del presente año en adelante hasta la fecha expresada en el artículo precedente, dentro de cuyo período los contribuyentes beneficiados sólo están obligados únicamente a pagar el valor principal de la deuda, sin intereses, moras, ni recargos. Artículo Tercero.- Entiéndase como comercios y ser- vicios menores a aquellos predios independizados dedica- dos a comercios y servicios, cuyo valor del autoavalúo sea menor a 6 UIT. Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección Municipal y a la Dirección de Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSIRIS FELICIANO MUÑOZ Alcalde 17658 Inician procedimiento disciplinario a ex funcionario de la municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 00188-2001-ALC-MDSA Santa Anita, 5 de febrero de 2001VISTO el Informe Nº 003-2001-CEDAPF/MDSA de fecha 25 de enero de 2001, emitido por la Comisión Espe- cial de Procesos Administrativos Disciplinarios para Fun- cionarios sobre actos de negligencia funcional; CONSIDERANDO: Que, con Proveído Nº 937-SG de fecha 28 de diciembre del 2000 Secretaría General, eleva al conocimiento de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Discipli- narios para Funcionarios, el Oficio Nº 140-2000-OAI/ MDSA de la Oficina de Auditoría Interna, que da cuenta de actos de negligencia en el ejercicio de sus funciones del ex funcionario Julio Calvo Gutiérrez; Que, se puso a conocimiento de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para Funcionarios el Oficio Nº 140-2000-OAI/MDSA de la Oficina de Audito- ría Interna, respecto a la incorrecta información cursada por la Unidad de Tesorería, que daba lugar a la investiga- ción por adulteración de documentos, habiéndose tomado la declaración del Sr. José Díaz Maguiña, en representa- ción de la empresa Luz del Sur S.A.; Que, visto el Oficio Nº 140-2000-OAI/MDSA, de la Oficina de Auditoría Interna se advierte que mediante el Informe Nº 106-99-UTES-DA/MDSA el Jefe de la Unidad de Tesorería da cuenta de la inexistencia del comprobante de Ingreso Nº 43202, sin embargo visto el Parte Diario de fecha 27/12/97 de la Caja de Tesorería que recepcionara dicho pago, se advirtió la existencia del monto y concepto de pago del comprobante antes señalado, por lo que solici- tado nuevamente dicho documento a la Unidad de Tesore- ría, éste remite copia del comprobante de Ingreso reque- rido debidamente cancelado, lo que da cuenta de la exis- tencia de dicho documento en el archivo de la Unidad indicada; Que, según los documentos anexos, y conforme a lo señalado, se puede advertir el actuar negligente del ex funcionario, JEFE DE LA UNIDAD DE TESORERIA DON JULIO CALVO GUTIERREZ, como la persona que sin realizar la debida verificación de los comprobantes de pago e Ingreso que obran en sus archivos, emite informe de la inexistencia de uno de ellos, por lo que corresponde la investigación administrativa disciplinaria sobre dicha conducta que habría sido desarrollada directamente por el funcionario citado, y habida cuenta que se constituye como falta administrativa establecida en el Art. 28º litera- les a) y d) de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, Decreto Legisla- tivo Nº 276, actos que por su solo tenor da cuenta de la gravedad que representa, máxime si el documento emitido daría lugar a la denuncia penal contra el contribuyente que aparentemente hubiera presentado en copia un com- probante de pago adulterado y cuya responsabilidad recae sobre dicho ex funcionario dado que suscribe dicho docu- mento en su calidad de haber sido Jefe de la Unidad de Tesorería, por lo que el grado de responsabilidad del mismo, debe ser determinada mediante el proceso admi- nistrativo que la ley faculta de conformidad con el Art. 25º del Decreto Legislativo Nº 276; Que, estando al Informe de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para Funciona- rios contenido en el Informe Nº 003-2001-CEPADF/MDSA y de conformidad con el Art. 166º y 167º del Decreto Supremo Nº 05-90-PCM y Art. 47º Inc. 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APERTURAR Proceso Adminis- trativo Disciplinario a don JULIO CALVO GUTIERREZ, ex Jefe de la Unidad de Tesorería por faltas tipificadas en los literales a) y d) del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276 según consideraciones expuestas. Artículo Segundo.- Notificar al procesado de la presente resolución, a efectos de que presente su descargo dentro del quinto día de notificado. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución a la Dirección Munici- pal, Secretaría General y Unidad de Personal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSIRIS FELICIANO MUÑOZ Alcalde 17625