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Pág. 198249 NORMAS LEGALES Lima, martes 6 de febrero de 2001 MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC Otorgan amnistía tributaria a favor de contribuyentes del distrito ORDENANZA Nº 022-MDR Rímac, 25 de febrero del 2001 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC POR CUANTO: El Concejo Distrital del Rímac, en Sesión Ordinaria de la fecha, bajo la presidencia de la Alcaldesa, Eco. Gloria Jaramillo Aguilar, con la asistencia de los señores Regido- res: Rosa Olinda Liza Nunton, William Castañeda Lozano, Nelly Beatriz Pacheco Torres, Dina Emérita Iparraguirre Cuba, Jorge Estela Valdivia, Rafael Fernando Fuentes Galindo, Iris Elizabeth Armijo Vidal, María Manuela Pin- tado de Tejada, Teófilo Silva Zavaleta, Víctor Manuel Vega Neciosup, José Falcón Huamán Lazo; CONSIDERANDO: Que, el Art. 191º de la Constitución Política del Perú señala que las Municipalidades Provinciales, Distritales y las delegadas conforme a ley, son los órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y administra- tiva en los asuntos de su competencia; Que, el Art. 2º de la Ley Nº 23853 señala que las Municipalidades son los Organos de Gobierno Local, que emanan de la voluntad popular. Son personas de derecho público con autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Art. 41º del Código Tributario señala que excep- cionalmente los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general el interés moratorio y las sanciones res- pecto de los tributos que administran; Que, es política de la gestión del Concejo Distrital del Rímac otorgar facilidades a los contribuyentes para regu- larizar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, por ende, se hace necesario otorgar amnistía tributaria a favor de los contribuyentes; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y con el voto unánime de los miembros del Concejo y con dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA 1.- Otorgar AMNISTIA GENERAL a partir 1 de febrero hasta el 28 de febrero del 2001, exonerándose de intereses moratorios a las deudas generales hasta el 31 de diciembre del año 2000 de los siguientes tributos: impuesto predial, tasa de Licencia de Funcionamiento, Arbitrios de Limpie- za Pública y Parques y Jardines, Serenazgo y Licencias Especiales. Este beneficio sólo será otorgado por cancela- ción de deuda. 2.- CONDONAR el 50% de las multas administrativas pendientes de pago vencidas al 31 de diciembre del 2000, a favor de los contribuyentes del distrito del Rímac, que cancelen dichas deudas desde el 1 de febrero hasta el 28 de febrero del 2001. 3.- También están comprendidas dentro de este be- neficio las deudas que se encuentren en cobranza coac- tiva, exonerándose del 100% el pago de costas procesa- les para deudas tributarias y multas administrativas. Este beneficio será otorgado sólo por el pago al contado de la deuda. 4.- Los contribuyentes que mantengan convenios de fraccionamiento de deuda o pagos a cuenta con saldos pendientes a la fecha, cancelarán los mismos sin intere- ses. 5.- Vencido el plazo para acogerse a la amnistía conce- dida por el presente Acuerdo, se procederá a ejecutar el cobro íntegro de la deuda, incluyendo los reajustes, inte- reses moratorios. 6.- Encargar a la Unidad de Imagen Institucional y Comunicaciones la Difusión de la presente Ordenanza.7.- Encargar a la Dirección de Administración Tributa- ria y Ejecutoría Coactiva el cumplimiento de la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLORIA JARAMILLO AGUILAR Alcaldesa 17657 Establecen montos de remuneración y dieta que percibirán alcaldesa y regido- res por asistencia efectiva a sesiones de concejo ACUERDO DE CONCEJO Nº 062-2001-MDR Rímac, 25 de enero del 2001 EL CONCEJO DISTRITAL DEL RIMAC, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, bajo la Presidencia de la señora Alcaldesa de la Municipalidad del Rímac GLORIA JARAMILLO AGUILAR, con la asistencia de los señores Regidores: Rosa Olinda Liza Nunton, William Martín Cas- tañeda Lozano, Nelly Beatriz Pacheco Torres, Dina Emé- rita Iparraguirre Cuba, Jorge Estela Valdivia, Rafael Fer- nando Fuentes Galindo, Iris Elizabeth Armijo Vidal, María Manuela Pintado de Tejada, Teófilo Silva Zavaleta, Víctor Manuel Vega Neciosup, José Falcón Huamán Lazo; Vista, la necesidad de fijar los montos de la remunera- ción de la Alcaldesa, y de las dietas de los Regidores del Concejo conforme lo establece el ordenamiento jurídico vigente; CONSIDERANDO: Que, con Acuerdo de Concejo Nº 06-99-MDR de fecha 14 de enero de 1999 se establecieron los montos por concepto de dietas para los señores Regidores del Concejo Distrital del Rímac para el ejercicio de 1999 y asimismo se estableció la remuneración de la Sra. Alcaldesa, el mismo que fue ratificado para el ejercicio presupuestal 2000, mediante Acuerdo de Concejo Nº 001-2000-MDR de fecha 11 de enero del 2000; Que, el Art. 21º de la Ley Orgánica de Municipalidades, modificada por la Ley Nº 26317, precisa que los Alcaldes y los Regidores son rentados, conforme lo permita el presu- puesto y la disponibilidad de recursos propios de cada Municipalidad y previo Acuerdo del respectivo Concejo Municipal, aplicándose los montos que determinan o auto- rizan las normas sobre remuneraciones para sus respecti- vos rangos. Los Alcaldes reciben una remuneración men- sual y los Regidores perciben dietas por Sesión. Las remu- neraciones y las dietas son suprimibles, por Acuerdo Uná- nime de Concejo o por renuncia individual a ellas; Que, de conformidad con lo establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades, y con el voto Unánime de los señores Regidores del Concejo, y con la dispensa de lectura y aprobación del acta; ACUERDA: Artículo Primero.- Mantener para el Ejercicio Pre- supuestal 2001, la vigencia del Acuerdo de Concejo Nº 06- 99-MDR de fecha 14 de enero de 1999, ratificado mediante Acuerdo de Concejo Nº 001-2000-MDR, que fija la dieta de los señores Regidores de la Municipalidad Distrital del Rímac, entendiéndose que la UIT (Unidad Impositiva Tri- butaria) aplicable es la vigente al 1 de enero del 2001, y el monto de la remuneración mensual de la Sra. Alcaldesa de la Municipalidad Distrital del Rímac en S/. 8,000.00 (Ocho Mil con 00/100 Nuevos Soles) más lo determinado median- te Decreto de Urgencia Nº 011-99 de fecha 14 de marzo de 1999. Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Admi- nistración el cumplimiento del presente Acuerdo de Conce- jo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLORIA JARAMILLO AGUILAR Alcaldesa 17624