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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE FEBRERO DEL AÑO 2001 (08/02/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 52

Pág. 198354 NORMAS LEGALES Lima, jueves 8 de febrero de 2001 Convocan a candidata no proclamada para que asuma cargo de regidora del Concejo Provincial de Manu RESOLUCIÓN Nº 130-2001-JNE Lima, 7 de febrero de 2001. Visto, el Expediente N° 431-2000-V, en el que obra el Oficio Nº 287-00-A-MPM-MDD, recibido el 19 de diciem- bre del 2000, remitido por Gabino Callata Ticona, alcalde del Concejo Provincial de Manu, departamento de Madre de Dios, comunicando la declaratoria de vacancia del cargo de regidora de Natalia Bario Visse, por motivo de cambio de domicilio y ausencia de la localidad sin autori- zación del municipio por más de 30 días, solicitando se nombre a su reemplazante; CONSIDERANDO: Que, el Concejo Provincial de Manu en sesión ordinaria de fecha 4 de julio del 2000, con el voto aprobatorio de la mayoría del número legal de sus miembros; cinco (5) votos a favor, de un total de seis (6) integrantes, acordó declarar la vacancia del cargo de regidora correspondiente a Natalia Bario Visse, por las causales de vacancia previstas en los numerales 2) y 4) del Artículo 26° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 23853, tal como aparece de la copia del acta que corre de fojas 21 a 30; asimismo, por Resolución de Alcaldía N° 038-2000-MPM-MDD de fecha 20 de julio del 2000, se ratificó la declaratoria de la mencionada vacancia, tal como aparece de la copia que obra a fojas 31; Que, del análisis de autos se establece que: a) la comisaría de P.N.P. de Salvación constató que la regidora Natalia Bario Visse no domicilia en la circunscripción de Shintuya, Salvación y otras comunidades de la jurisdic- ción de dicha comisaría; además, en la diligencia de constatación de domicilio, los padres de dicha regidora manifestaron que no domicilia en la localidad de Shintuya ni Salvación desde el mes de enero del 2000 y posiblemen- te se encuentre entre Puerto Maldonado o Pucallpa, con- forme consta de documento de fojas 20; b) en sesión ordinaria de fecha 4 de julio del 2000, el Concejo Provincial de Manu, con el voto aprobatorio de la mayoría del número legal de sus miembros, acordó declarar la vacancia del cargo de regidora correspondiente a Natalia Bario Visse, por cambio de domicilio y ausencia de la localidad sin autorización del municipio por más de 30 días, conforme obra de fojas 21 a 30; c) la citada regidora fue notificada con el acuerdo de concejo que declara la vacancia de su cargo, según aparece de la constancia corriente a fojas 33; asimismo, se ha cumplido con publicar dicha declaratoria de vacancia en el mural de la citada municipalidad, tal como ha constado el prefecto de la provincia de Manu, cuya constancia obra a fojas 35; y, d) a la fecha dicha regidora no se ha interpuesto recurso impugnatorio que le concede la ley. Por tanto, se ha acreditado que la regidora Natalia Bario Visse se encuentra incurso en la causal de vacancia establecida en el numeral 4) del Artículo 26° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 23853; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 28° numeral 2) de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 23853, concordante con el Artículo 35º de la Ley de Elec- ciones Municipales Nº 26864, los regidores son reemplaza- dos por los suplentes de sus respectivas listas; y, revisadas las listas de candidatos remitidas por el Jurado Electoral Especial de Manu, corresponde asumir el cargo de regido- ra a Marisol Yanqui Carlos, candidata no proclamada de la lista de candidatos de la agrupación independiente “Movimiento Independiente Vamos Vecino”; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- "Convocar a Marisol Yanqui Car- los, candidata no proclamada de la lista de candidatos de la agrupación independiente “Movimiento Independiente Vamos Vecino”; para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Manu, departamento de Madre de Dios, por vacancia de la titular Natalia Bario Visse, debiendo juramentar el cargo que asume ante el alcalde del citado concejo, para completar el período 1999 – 2002. Artículo Segundo.- Otorgar la correspondiente cre- dencial a Marisol Yanqui Carlos.Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y poli- ciales prestarán las garantías para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ – PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN – LANDA CÓRDOVA, Secretario General 17824 Convocan a candidata no proclamada para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Chipao, pro- vincia de Lucanas RESOLUCIÓN Nº 131-2001-JNE Lima, 7 de febrero de 2001 Visto, el Expediente Nº 1463-2000-V, que contienen los escritos recibidos el 20 de noviembre y 6 de diciembre del 2000, remitidos por Jesús Cotaquispe Chahua, Alcalde del Concejo Distrital de Chipao, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, comunicando la declara- toria de vacancia del cargo de Regidor de Benido Huashua- yo Ccasani, por motivo de cambio de domicilio, solicitando se nombre a su reemplazante; CONSIDERANDO: Que, el Concejo Distrital de Chipao en sesión extraor- dinaria de fecha 28 de octubre del 2000, con el voto aprobatorio de la mayoría del número legal de sus miembros; cuatro (4) votos a favor, de un total de seis (6) integrantes, acordó declarar la vacancia del cargo de Regidor correspondiente a Benido Huashuayo Ccasani, por la causal de vacancia previs- ta en el numeral 4) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, tal como aparece de la copia del acta que corre a fojas 15; asimismo, por Resolución de Alcaldía Nº 006-2000-MDCH de fecha 3 de noviembre del 2000, se ratificó la declaratoria de la mencionada vacancia, tal como aparece de la copia que obra a fojas 16; Que, del análisis de autos se establece que: a) la comisaría de PNP de Chipao ha constatado que Benido Huashuayo Ccasani no domicilia en el anexo de Moyo- bamba; además, en la diligencia de constatación de domi- cilio, la ciudadana Agripina Tito Condorí, quien refirió ser cuñada de Benido Huashuayo Ccasani, manifestó que dicho Regidor radica en la ciudad de Lima desde diciembre de 1999, conforme consta de documento de fojas 25; b) en sesión ordinaria de fecha 28 de octubre del 2000, con el voto aprobatorio de la mayoría del número legal de sus miembros, se acordó declarar la vacancia del cargo de Regidor correspondiente a Benido Huashuayo Ccasani, por cambio de domicilio; y, c) el citado Regidor vacado fue notificado con el acuerdo de concejo en mención, conforme aparece de la constancia de fojas 17, más aún, a la fecha no se ha interpuesto recurso impugnatorio que le concede la ley. Por tanto, se ha acreditado que el Regidor Benido Huashuayo Ccasani se encuentra incurso en la causal de vacancia establecida en el numeral 4) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 28º numeral 2) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Artículo 35º de la Ley de Elec- ciones Municipales Nº 26864, los Regidores son reempla- zados por los suplentes de sus respectivas listas; y, revisa- das las listas de candidatos remitidas por el Jurado Electoral Especial de Lucanas, corresponde asumir el cargo de Regidora a María Guzmán Quintanilla, candida- ta no proclamada de la lista del Partido Acción Popular; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a María Guzmán Quintanilla, candidata no proclamada de la lista del