Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2001 (16/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 16 de febrero de 2001

GRUPO C: Vehiculos gasolineros cuya fabricacion fuera anterior a 1980 MORDAZA emision segun sistemas de medicion permitidos
Escalas de medicion permitidos Nivel MORDAZA permisible CO %V HC PPM RINGELMANN UNIDADES BACHARACH (UB) 4

Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 18271

3,8

450

2

MODO DE APLICACION GRADUAL EN EL TIEMPO
Escalas de medicion permitidos CO %VOL HC PPM RINGELMANN UNIDADES BACHARACH

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la municipalidad para el ano 2001
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 218-2000/ALC-MPH-M Matucana, 29 de diciembre de 2000

Nivel MORDAZA permisible 5.0 hasta 30/06/01 Nivel MORDAZA permisible 4.5 hasta 31/12/01 Nivel MORDAZA permisible 4.0 hasta 30/06/02

600

2

4

500

2

4

450

2

4

EL MORDAZA PROVINCIAL DE HUAROCHIRI - MATUCANA CONSIDERANDO: Que, en el Art. 7º de la Ley Nº 26850 "Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado" y en el Art. 3º del D.S. Nº 039-98-PCM, Reglamento de la referida Ley, se establece que cada entidad elaborara un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones. Dicho Plan debe prever el MORDAZA de Bienes Servicios y recursos que la Entidad requerira durante el ejercicio presupuestal por el monto del presupuesto requerido; Que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, sera aprobado por la MORDAZA autoridad administrativa de la Municipalidad Provincial de Huarochiri, MORDAZA de iniciado el ano calendario; Que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones es el documento en el cual se consolida la informacion de las licitaciones y Concursos Publicos que se realizaran en el ano fiscal, las entidades y todos los organos desconcentrados a que se refiere el Art. 10º del Reglamento, incluira los montos de las adquisiciones por contrataciones y los niveles de centralizacion de la facultad de adquirir y contratar; Que, la Unidad de Abastecimiento de la Municipalidad Provincial de Huarochiri, en virtud de lo expuesto, ha formulado el PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y DE CONTRATACIONES para el ano 2001; De conformidad con lo establecido en el Art. 47º, inciso 6) de la Ley Nº 23853 "Ley Organica de Municipalidades" el Informe Nº 317-2000/UA-MPH-M, y el Memorandum Nº 118-A-2000/DM-MPH-M, y demas normas y dispositivos complementarios; RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Provincial de Huarochiri para el ano 2001, cuyo anexo forma parte de la presente resolucion. Articulo Segundo.- DISPONER que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones aprobado por el articulo precedente, sea puesto a disposicion del publico, de conformidad con el Articulo 3º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 039-98-PCM. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Direccion Municipal y a la Unidad de Abastecimiento, el fiel cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial 18299

VEHICULOS CON MOTOR DIESEL MORDAZA emision de gases de escape de combis, micros y omnibus.
Escalas de medicion permitidos Nivel MORDAZA permisible CO HC %VOL PPM RINGELMANN UNIDADES BACHARACH

4,5

900

2

5

MORDAZA emision de gases de escape de todo vehiculo automotor pesado.
Escalas de medicion permitidos Nivel MORDAZA permisible CO HC %VOL PPM RINGELMANN UNIDADES BACHARACH

4,9

980

2

6

Articulo Segundo.- Oficializar el empleo de analizadores de gases infrarrojos para la emision de Carbono y HC, asi como el empleo del dispositivo denominado "Cartas Modificadas de Ringelmann" para determinar los porcentajes de densidad optica en evaluacion de contaminantes visibles, asi mismo el metodo de filtro de papel segun escala de tonos grises de Bacharach. Articulo Tercero.- La Municipalidad dispondra (directa o indirectamente a traves de terceros) de programas de fiscalizacion en la via publica de manera permanente. Articulo Cuarto.- A partir de la publicacion de la presente Ordenanza; los propietarios de los vehiculos motorizados que excedan los limites maximos permisibles de emision de gases seran sancionados con las multas siguientes: * Automotores y vehiculos menores * Combis, Camionetas y similares * Camiones, Omnibus y Microbuses 5 % UIT 10% UIT 20% UIT

En caso que el propietario y/o conductor que se oponga a la medicion o fugue, se MORDAZA acreedor a una multa equivalente al 20% de la UIT. Articulo Quinto.- Los infractores que cumplan con el pago de la multa dentro de los 7 dias, de acuerdo al RAS a partir del dia siguiente de emitida la misma podran acogerse a una reduccion del 50%. Articulo Sexto.- Las multas que no MORDAZA pagadas oportunamente pasaran a ser cobradas coactivamente. Articulo Setimo.- Encargar a la Gerencia de Fiscalizacion, el cumplimiento de la presente Ordenanza.

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