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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2001 (16/02/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 37

Pág. 198903 NORMAS LEGALES Lima, viernes 16 de febrero de 2001 Designan Jefa de la Oficina de Signos Distintivos del Indecopi RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 013-2001-INDECOPI/DIR Lima, 12 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que conforme al Artículo 32º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, corres- ponde al Directorio del Indecopi designar a los funciona- rios encargados de conducir las Jefaturas de las Oficinas destinadas a la protección de los derechos de la propiedad intelectual; Que se encuentra vacante la plaza de Jefe de la Oficina de Signos Distintivos del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelec- tual -INDECOPI-; Estando a lo acordado en sesión de Directorio de fecha 9 de febrero de 2001; y, De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Unico.- Designar a la señorita Teresa Mera Gómez en el cargo de Jefe de la Oficina de Signos Distintivos del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual -INDECOPI-. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS SEMINARIO PIZZORNI Presidente del Directorio 18344 Designan Jefe de la Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologías del Indecopi RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 014-2001-INDECOPI/DIR Lima, 12 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que conforme al Artículo 32º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, corres- ponde al Directorio del Indecopi designar a los funciona- rios encargados de conducir las Jefaturas de las Oficinas destinadas a la protección de los derechos de la propiedad intelectual; Que se encuentra vacante la plaza de Jefe de la Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologías del Instituto Nacio- nal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual -INDECOPI-; Estando a lo acordado en sesión de Directorio de fecha 9 de febrero de 2001; y, De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Unico.- Designar al señor Néstor Escobedo Ferradas en el cargo de Jefe de la Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologías del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual -INDECOPI-. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS SEMINARIO PIZZORNI Presidente del Directorio 18345INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA Declaran infundada impugnación con- tra resolución que sancionó con multa a personas naturales por demoler inmueble ubicado en el entorno de la Zona Monumental de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 443/INC Lima, 9 de junio de 2000 Visto el Recurso de Reconsideración presentado por el señor Mateo Carcamo Ramírez y señora Carmen Mercedes Olaechea Yzaguirre, contra la Resolución Directoral Eje- cutiva Nº 009-DE-INC-2000; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 13 de enero del presente año, se expidió la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 009-DE-INC, que impone al Sr. Mateo Carcamo Ramírez y Sra. Carmen Mercedes Olaechea una multa de diez Unidades Imposi- tivas Tributarias (10 UIT), por haber efectuado obras de demolición sin autorización del Instituto Nacional de Cul- tura, en el inmueble de su propiedad ubicado en el Jr. Angaraes Nº 234 Cercado de Lima, el cual se ubica en el entorno de la Zona Monumental de Lima, declarada por Resolución Suprema Nº 2900-72-ED de fecha 28.12.72; Que, mediante la acotada Resolución se resuelve la remisión del Expediente a la Comisión Técnica Especial de Licencia de Construcción para el Centro Histórico y Cerca- do de Lima, de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su calificación pertinente, en mérito a la Ordenanza Nº 201 Municipalidad Metropolitana de Lima del 12.4.99, exigiendo igualmente al propietario la paralización de la obra; Que, los recurrentes presentan un Recurso Impugnati- vo de Reconsideración el 10 de marzo del presente año contra la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 009-DE-INC, el mismo que cumple con los requisitos de admisibilidad contenidos en los Artículos 98º y 101º del T.U.O. de la Ley de Normas Generales de Procedimientos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; Que, los recurrentes argumentan, que no están de acuerdo con la Resolución antes acotada, en razón que su propiedad no constituye Monumento Histórico, aceptando haber efectuado la demolición del inmueble que amenaza- ba desplomarse, sin embargo se advierte que no presentan ninguna prueba instrumental que certifique la fecha de la demolición ni que la misma estuviera en estado de colap- sarse; Que, obra en autos, el Informe Nº 037-2000-INC/DCH- MGH y el Acuerdo Nº 03/24-03-2000 de la Comisión Técnica Calificadora de Proyectos Arquitectónicos de Lima y Ca- llao, los cuales se ratifican en los fundamentos técnicos - normativos de la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 009- INC; Que, de la documentación que obra en el Expediente Administrativo, se advierte que los recurrentes no desvir- túan los fundamentos técnicos y legales que dieron lugar a la acotada Resolución; Estando a lo visado por la Dirección de Centros Histó- ricos, la Dirección General de Patrimonio Monumental y Cultural y la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 050-94-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura y el T.U.O. de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Admi- nistrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR INFUNDADO el Recurso de Reconsideración interpuesto por el señor Mateo Carca- mo Ramírez y señora Carmen Mercedes Olaechea Yzagui-