Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2001 (16/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, viernes 16 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES

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Que, en cumplimiento de sus atribuciones de acotacion y cobranza de adeudos asi como las de determinar e imponer las sanciones y medidas cautelares, esta facultada para disponer las acciones que garanticen su observancia, incluyendo de ser necesario el uso de la via coactiva; Que, conforme a lo previsto en la MORDAZA II del Titulo Preliminar del Codigo Tributario, cuyo Texto Unico Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, las aportaciones que administra la Oficina de Normalizacion Previsional se rigen por lo dispuesto en dicho cuerpo normativo; Que, el Articulo 115º del Codigo Tributario, modificado por Ley Nº 27335, precisa que para el cobro de las costas procesales que se puedan generar en un MORDAZA de cobranza coactiva, se requiere que estas se encuentren fijadas en un Arancel de Costas del Procedimiento de Cobranza Coactiva el cual debe ser aprobado mediante Resolucion de la Administracion Tributaria; Que, la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, establece el MORDAZA legal de los actos de ejecucion coactiva de obligaciones no tributarias que ejercen las Entidades de la Administracion Publica Nacional, exigiendo tambien la aprobacion del respectivo arancel; Que, segun lo senalado, es necesario aprobar el indicado arancel, indispensable para el recupero por la Oficina de Normalizacion Previsional de los costos en los que incurra en los procedimientos de cobranza coactiva que instaure; Estando a lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25967, modificado por la Ley Nº 26323, en el Articulo 7º del Estatuto de la ONP, aprobado por Decreto Supremo Nº 6195-EF, y el Articulo 17º de la Ley Nº 26504; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Arancel de Costas del Procedimiento de Cobranza Coactiva de la Oficina de Normalizacion Previsional, que como Anexo Nº 1 forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Las costas procesales seran liquidadas por el Ejecutor Coactivo, cinendose estrictamente al arancel aprobado, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AMEZAGA MORDAZA Jefe ANEXO Nº 1 Resolucion Jefatural Nº 002-2001-JEFATURA/ONP ARANCEL DE COSTAS DEL PROCEDIMIENTO DE COBRANZA COACTIVA DE LA OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL
1. 2. DESCRIPCION % UIT Resolucion de Ejecucion 0.3 % UIT Notificacion de 7 dias personal o por correo certificado: Dentro del Radio MORDAZA 0.3 % UIT Fuera del Radio MORDAZA 0.6 % UIT Por Autos y Decretos 0.3 % UIT Por Razones del Auxiliar Coactivo 0.2 % UIT Por Diligencia de Embargo en forma de Intervencion en Recaudacion: El 1% del monto total adeudado Con un minimo 0.7 % UIT Con un MORDAZA 0.9 % UIT Por Declaracion de Improductividad de Medida Cautelar: El 1% del monto total adeudado Con un minimo 0.7 % UIT Con un MORDAZA 0.9 % UIT Por Diligencia de Embargo en Forma de Deposito: El 1% del monto total adeudado Con un minimo 1.31 % UIT Con un MORDAZA 10.00 % UIT Por diligencia de embargo en forma de Secuestro Conservativo: El 1% del monto total adeudado Con un minimo 1.3 % UIT Con un MORDAZA 10.0 % UIT Por Diligencia de Embargo en Forma de Secuestro de Vehiculo: El 1% del monto total adeudado Con un minimo 1.3 % UIT Con un MORDAZA 10.0 % UIT

DESCRIPCION % UIT 10. Por Diligencia de Embargo de Inmueble No inscrito: 1% del monto total adeudado Con un minimo 1.3 % UIT Con un MORDAZA 10.0 % UIT 11. Por Diligencia de Embargo en Forma de Inscripcion: 1% del monto total adeudado Con un minimo 1.3 % UIT Con un MORDAZA 10.0 % UIT 12. Por Diligencia de Embargo en Forma de Administracion de Bienes: 1% del monto total adeudado Con un minimo 1.3 % UIT Con un MORDAZA 10.0 % UIT 13. Por Diligencia de Embargo en Forma de Retencion 0.3 % UIT 14. Por cada Toma de Dicho 1.0 % UIT 15. Por Parte de los Registros Publicos 0.5 % UIT 16. Por Exhorto 0.5 % UIT 17. Por otras Notificaciones 0.3 % UIT 18. Por Legalizacion de Firmas 0.2 % UIT 19. Por MORDAZA Certificada 0.2 % UIT 20. Por Aviso de Remate 0.3 % UIT 21. Por Fijacion de Carteles 0.3 % UIT 22. Por Constancias de Desglose 0.2 % UIT 23. Por Acta de Juramento 0.2 % UIT 24. Por Acta de Remate de Bienes Muebles 0.3 % UIT 25. Por Acta de Remate de Bienes Inmuebles 0.3 % UIT 26. Por Acta de Remate Frustrado 0.2 % UIT 27. Por Acta de Cambio de Depositario 0.3 % UIT 28. Por Acta de Entrega en Dinero de Embargo en Forma de Retencion 0.3 % UIT 29. Por Informes 0.2 % UIT 30. Por Oficios 0.2 % UIT 31. Por Escrito del Obligado presentado a la Ejecutoria 0.3 % UIT 32. Por otros Actos de Coercion o Ejecucion Forzosa 3.0 % UIT 33. Por Deposito de Embargo Secuestrado (Diario) 0.1 % UIT 34. Por Oficio de Levantamiento de Captura de Vehiculos 1.4 % UIT 35. Por Oficio de Levantamiento de Medida Cautelar 1.4 % UIT

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OFICINA REGISTRAL DE MORDAZA Y CALLAO
Declaran improcedente apelacion contra tacha formulada por registrador a la inscripcion de compraventa
RESOLUCION DEL TRIBUNAL REGISTRAL Nº 044-2001-ORLC/TR MORDAZA, 5 de febrero de 2001 VISTA, la apelacion interpuesta por MORDAZA MORDAZA MORDAZA en representacion de Latin American International Management S.A., mediante Hoja de Tramite Documentario Nº 49309 del 30 de noviembre de 2000, contra la tacha formulada por el Registrador del Registro de Propiedad Inmueble, Dr. MORDAZA MORDAZA Pacora Bazalar, al Titulo Nº 171728 del 19 de octubre de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Titulo Nº 171728 del 19 de octubre de 1999, se solicito la inscripcion de la compraventa celebrada por la Comunidad Campesina de Cucuya a favor de la sociedad Parcela Paraiso S.A., mediante escritura publica del 21 de MORDAZA de 1997 otorgada ante el Notario de MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA Alvarez; Que, ante la observacion formulada por el Registrador del Registro de Propiedad Inmueble, la sociedad Parcela Paraiso S.A., interpuso recurso de apelacion ante el Tribunal Registral, siendo resuelto mediante Resolucion Nº 199-2000-ORLC/TR del 20 de junio de 2000 revocando la observacion y disponiendo que el titulo era inscribible siempre que transcurra el plazo para impugnar ante el Poder Judicial la Resolucion Nº 02-2000-ORLC/TR del 9 de febrero de 2000 (que resolvio

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