Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2001 (16/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, viernes 16 de febrero de 2001
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Pag. 198913

Que por Acuerdo de Concejo Nº 010 de fecha 14 de febrero del 2001 se declaro en situacion de urgencia la contratacion del servicio de seguros para la Municipalidad de Miraflores. Que conforme lo establece en el Articulo 19º literal c) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -Ley Nº 26850-, se encuentran exoneradas de Licitacion Publica y Concurso Publico las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia. Que conforme lo establece el Articulo 20º literal c) de la Ley precitada, las adquisiciones y contrataciones que se realicen de acuerdo con el parrafo precedente se haran bajo la modalidad de adjudicacion directa de menor cuantia, la misma que debera ser aprobada mediante Resolucion de la MORDAZA autoridad de la Entidad. Que resulta necesario expedir el acto administrativo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion. Estando a lo expuesto y en uso de la facultad conferida por el Articulo 47º Inc. 6) de la Ley Organica de Municipalidades. SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR la contratacion de una empresa que brinde Servicios de Seguros para la Municipalidad de Miraflores por un plazo de sesenta (60) dias, a traves de la modalidad de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia; por las razones expuestas en el considerando. Articulo Segundo.- Disponer que la Secretaria General de la Municipalidad de Miraflores ponga en conocimiento de la presente Resolucion de Alcaldia a la Comision de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la Republica, del Ministerio de Economia y Finanzas y de la Contraloria General de la Republica. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- Encargar a la Subdireccion de Abastecimientos, el cumplimiento de lo dispuesto en al Articulo Primero de la presente Resolucion de Alcaldia. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA KRUGER ESPANTOSO MORDAZA MORDAZA Encargado de la Alcaldia 18265

Que, es necesario proteger y conservar la calidad del aire, a fin de garantizar un ambiente saludable, ecologicamente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la MORDAZA, satisfaciendo las necesidades y aspiraciones de las futuras generaciones sanborjinas; Que, si bien es MORDAZA el Codigo del Medio Ambiente senala que al Ministerio de Salud le compete dictar la normatividad sobre salubridad publica, es el caso que en lo referente a la emision de gases y humos toxicos la indicada reparticion estatal no ha terminado de reglamentar los limites maximos permisibles sobre la materia; por lo que los Gobiernos Locales y en particular nuestra Municipalidad deben dictar normas especificas en su jurisdiccion y velar por su correcta aplicacion; Que, de conformidad con lo previsto por el Art. 2º Inc. 22) de la Constitucion Politica del Estado; Art. 1º inc. 4) del Codigo de Medio Ambiente y de los Recursos Naturales; Arts. 53º y 54º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial; Codigo de MORDAZA y Seguridad Vial aprobado por D. Leg. Nº 429; Arts. 36º y 66º, Incs. 3) y 1) respectivamente de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, y la Ordenanza Nº 061-94/ MML emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima; En uso de la facultad conferida por el Art. 47º Inc. 6) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853; por unanimidad se ORDENANZA REGLAMENTARIA DE LA EMISION DE GASES TOXICOS Articulo Primero.- Prohibir la descarga de contaminantes que alteren la atmosfera proveniente de MORDAZA moviles, fuera de los limites permisibles tal como se establecen a continuacion: GRUPO A: Fabricacion de 1997 en adelante MORDAZA emision segun sistemas de medicion permitidos
Escalas de medicion permitidos Nivel MORDAZA permisible CO %V HC PPM RINGELMANN UNIDADES BACHARACH (UB) 4

0,5

250

2

MODO DE APLICACION GRADUAL EN EL TIEMPO

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban MORDAZA reglamentaria sobre emision de gases toxicos
ORDENANZA Nº 221 San MORDAZA, 14 de febrero de 2001 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA Visto en su III-2001 Sesion Ordinaria de fecha 2.2.2001, el Dictamen Nº 059-2001-MDSB-CALYSG de la Comision de Asuntos Legales y Secretaria General, referente a la Ordenanza sobre Emision de Gases Toxicos. CONSIDERANDO: Que, las municipalidades son competentes para normar y controlar las actividades relacionadas con el saneamiento ambiental dentro de su jurisdiccion; Que, el MORDAZA vehicular esta creciendo a niveles elevados, y por el contrario, el nivel de renovacion del mismo es muy bajo, originando el continuo aumento de emisiones de gases toxicos generados por estos vehiculos; Que, es funcion municipal dictar medidas orientadas a la eliminacion o reduccion de la contaminacion del aire, provocadas por la descarga de los gases toxicos emitidos;

Escalas de Medicion Permitidos Nivel MORDAZA permisible hasta 30/6/01

CO HC %VOL PPM 2.5 300

RINGLEMANN

UNIDADES BACHARACH 4

2

Nivel MORDAZA permisible 2.0 300 2 4 hasta 31/12/01 ___________________________________________________________

GRUPO B: Fabricacion de 1980 a 1996 MORDAZA emision segun sistemas de medicion permitidos
Escalas de medicion permitidos Nivel MORDAZA permisible CO %V HC PPM RINGELMANN UNIDADES BACHARACH (UB) 4

1,1

400

2

MODO DE APLICACION GRADUAL EN EL TIEMPO
Escalas de medicion permitidos CO HC %VOL PPM RINGELMANN UNIDADES BACHARACH

Nivel MORDAZA permisible 3.5 hasta 30/06/01 Nivel MORDAZA permisible 3.0 hasta 31/12/01

400

2

4

350

2

4

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