Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2001 (16/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, viernes 16 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES

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de detencion, revocado luego por mandato de comparecencia, el que en apelacion fue a su vez revocado por la Sala Penal de Sicuani que dispuso se siga el MORDAZA con mandato de detencion. CONSIDERANDO: Que los Regidores del Concejo Distrital de Livitaca, senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Vizarreta MORDAZA e MORDAZA MORDAZA MORDAZA, reunidos con fecha 9 de noviembre del 2000, declararon la vacancia en el cargo de MORDAZA del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por encontrarse profugo de la justicia, por haber desaparecido cuarenta y siete dias del distrito de Livitaca y por no haber concurrido a tres sesiones ordinarias consecutivas realizadas en el mes de octubre del 2000; conforme se desprende de la MORDAZA certificada del acta de dicha reunion que corre a fojas 53 y 54; formalizada mediante el Acuerdo Municipal Nº 004-2000-MDL que aparece a fojas 56; Que, revisado el expediente, se aprecia que los regidores citados, no han cumplido con lo dispuesto por los Articulos 39º y 43º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, para la convocatoria a la sesion en que declararon la vacancia del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por lo que dicha declaratoria deviene en nula; Que a fojas 111 corre MORDAZA certificada del auto apertorio de fecha 24 de marzo del 2000 por el que el Juzgado Mixto de Chumbivilcas, con Expediente Nº 00-025, abre instruccion contra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Livitaca, con mandato de detencion; confirmado por Resolucion de la Sala Mixta de Sicuani de fecha 22 de MORDAZA del ano 2000, conforme obra en MORDAZA certificada a fojas 113; y, a fojas 119 obra MORDAZA certificada de la Ejecutoria Suprema de fecha 22 de noviembre del 2000, que declara fundada la queja de derecho interpuesta por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra una Resolucion de la Sala Mixta de Sicuani que, en MORDAZA instancia, dicto mandato de detencion en su contra; Que de la documentacion que obra en el expediente se desprende que el MORDAZA penal Nº 00-025-10-0807-JP-01 instruido contra el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se encuentra pendiente, con mandato de detencion que ha quedado firme en MORDAZA instancia, y que el recurso de queja interpuesto ante la Corte Suprema no deja sin efecto dicho mandato; y resulta de aplicacion lo dispuesto por el Articulo 29º inciso 3) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, con arreglo a lo que dispone el Articulo 30º de la citada Ley Organica, en casos de suspension reemplaza al MORDAZA el MORDAZA Alcalde; que en el presente caso es el senor MORDAZA MORDAZA Bellido; asimismo, debe convocarse al candidato no proclamado de la misma lista del suspendido, Lista Independiente "Frente Chumbivilcano de Izquierda", senor MORDAZA MORDAZA Munoz MORDAZA, para completar el numero de Regidores del Concejo Distrital de Livitaca; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundado el recurso de revision presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra el Acuerdo de Regidores de fecha 9 de noviembre del 2000 formalizado por el Acuerdo Municipal Nº 0042000-MDL; que declara la vacancia de su cargo de MORDAZA en el Concejo Distrital de Livitaca, provincia de Chumbivilcas, departamento de Cusco; y en consecuencia nulos los referidos acuerdos. Articulo Segundo.- Declarar que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se encuentra suspendido en sus funciones de MORDAZA del Concejo Distrital de Livitaca, por encontrarse sujeto al MORDAZA penal Nº 00-025-10-0807-JP-01, con mandato de detencion que ha quedado firme en MORDAZA instancia. Articulo Tercero.- Convocar al MORDAZA MORDAZA, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y al candidato no proclamado senor MORDAZA MORDAZA Munoz MORDAZA, para que ejerzan los cargos de MORDAZA Provisional y Regidor Provisional, respectivamente, en el Concejo Distrital de Livitaca, en tanto continue el MORDAZA penal Nº 00-025-10-0807-JP01 en contra del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con mandato de detencion firme; y otorgueseles las correspondientes credenciales. Articulo Cuarto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que se requiera para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion.

Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA Secretario General 18376

Convocan a candidato no proclamado para que asuma cargo de regidor del Concejo Provincial de Hualgayoc, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 165-2001-JNE MORDAZA, 15 de febrero de 2001 Vistos, los Oficios Nºs. 471-00-MPH/Bca y 011-2001MPB/A, recibidos el 7 de diciembre del 2000 y 16 de enero del 2001, respectivamente, remitidos por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Provincial de Hualgayoc, departamento de MORDAZA, comunicando la declaratoria de vacancia del cargo de regidor correspondiente a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ibanez, por inasistencia injustificada a 3 sesiones ordinarias de concejo; solicitando se nombre al reemplazante conforme a ley; CONSIDERANDO: Que, del analisis de autos se establece que: a) el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ibanez fue citado, por intermedio del juez del Primer Juzgado de Paz de Bambamarca, a las sesiones ordinarias de concejo de fechas 17 de agosto, 7 y 21 de septiembre del 2000, como consta de las citaciones que obran a fojas 126 a 128; b) el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ibanez inasistio injustificadamente a las sesiones ordinarias de concejo MORDAZA mencionadas, tal como aparece de las copias certificadas de las actas de sesiones que obran de fojas 142 a 188; c) el Concejo Provincial de Hualgayoc, en sesion ordinaria de fecha 10 de octubre del 2000, con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal de sus miembros, ocho (8) votos a favor de un total de diez (10) integrantes, acordo declarar la vacancia del cargo de regidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ibanez, por estar incurso en la causal de vacancia establecida en el numeral 5) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, conforme aparece de la MORDAZA certificada del acta que corre de fojas 129 a 137; d) el regidor en mencion fue notificado el dia 3 de noviembre del 2000 con la MORDAZA autenticada del acta de sesion de concejo de fecha 10 de octubre del 2000, que declara la vacancia de su cargo, como se aprecia a fojas 138; y, e) el citado regidor no ha interpuesto recurso impugnatorio alguno contra el acuerdo de concejo que declara la vacancia de su cargo, conforme aparece de fojas 139; Que, se encuentra acreditado que el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ibanez ha incurrido en causal de vacancia establecida por el numeral 5) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, al inasistir injustificadamente a tres sesiones ordinarias de concejo; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 28º numeral 2) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, en caso de vacancia de regidores, estos cargos son reemplazados por los suplentes de sus respectivas listas; y, revisadas las listas de candidatos remitidas por el MORDAZA Electoral Especial de Hualgayoc, corresponde asumir el cargo de regidor a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado de la lista independiente "Integracion y Desarrollo"; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado de la lista independiente "Integracion y Desarrollo", para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Hualgayoc, departamento de MORDAZA, en reemplazo del regidor vacado MORDAZA An-

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