Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2001 (17/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, sabado 17 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES

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ca del Ingreso, Subgenerica del Ingreso y Especifica del Ingreso. Los citados anexos son remitidos a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico dentro de los cinco (5) dias siguientes de la aprobacion del presente dispositivo. Articulo 3º.- De las Codificaciones La Oficina de Presupuesto de los Pliegos comprendidos en la presente transferencia de partidas, solicitaran a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos asi como Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Articulo 4º.- Notas de Modificacion Presupuestaria La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, instruyen a las Unidades Ejecutoras bajo su ambito para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 5º.- De la Transferencia Financiera La Unidad Ejecutora 014 - Oficina Registral de MORDAZA y Callao del Pliego 067 Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP), realizara la transferencia financiera en forma mensual, hasta por el monto presupuestal autorizado en el Articulo 1º del presente Decreto de Urgencia. Articulo 6º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Justicia y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de febrero del ano dos mil uno.

MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 18484

DECRETO DE URGENCIA Nº 022-2001
DECRETO DE URGENCIA QUE MODIFICA EL ARTICULO 1º DEL DECRETO DE URGENCIA Nº 011-2001
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 011-2001, se autorizo un Credito Suplementario en el Presupuesto Institucional del Pliego 009 - Ministerio de Economia y Finanzas para el presente ano, por la suma de DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 292 475,00), con cargo a la operacion de Endeudamiento Externo acordado entre la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo BID, aprobada con el Decreto Supremo Nº 152-95-EF, destinada a financiar, parcialmente, el "Programa de

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