Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2001 (17/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, sabado 17 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 198927

Articulo 2º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 18475

Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de la Presidencia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de febrero del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros

PRES

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia

18486 Modifican el Reglamento de la Ley de Saneamiento y Transferencia de Infraestructura Social financiada por Autorizan al Ministerio de la Presidenel FONCODES cia contratar servicios de desaduanaje, transporte y almacenamiento de DECRETO SUPREMO Nº 003-2001-PRES maquinaria pesada mediante adjudicaEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA cion directa de menor cuantia CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27171 se aprobo la Ley de Saneamiento y Transferencia de Infraestructura Social financiada por el Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES; Que, la Primera Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 27171, establece que mediante Decreto Supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros se estableceran las entidades del Sector Publico que podran acogerse a lo dispuesto por la referida Ley; Que, la Octava Disposicion Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento de la Ley Nº 27171, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2000-PRES, establece que para los casos no previstos en el Reglamento y para aquellos que lo necesiten, se dictaran normas complementarias que se aprobaran por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de la Presidencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556 modificado por el Decreto Ley Nº 25738, la Ley Nº 27171 y el Decreto Supremo Nº 005-2000-PRES; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobar la modificacion del MORDAZA parrafo del Articulo 27º del Decreto Supremo Nº 0052000-PRES, Reglamento de la Ley Nº 27171, en los terminos siguientes: "Articulo 27º.... El Acta de Transferencia Contable a los Gobiernos Locales y Entidades del Sector Publico, se suscribira en formato distinto al correspondiente a las entidades receptoras privadas. Para el saneamiento contable, el FONCODES transferira al gasto, los pagos efectuados por concepto de servicios profesionales prestados por terceros, para la infraestructura social y economica financiada por FONCODES. ..." Articulo 2º.- Aprobar la modificacion de la Novena Disposicion Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Supremo Nº 005-2000-PRES, Reglamento de la Ley Nº 27171, en los terminos siguientes: "Novena.- De conformidad con lo dispuesto por la Primera Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley, el Ministerio de la Presidencia, el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES y los Consejos Transitorios de Administracion Regional, podran realizar el saneamiento fisicolegal y contable y efectuar la transferencia en propiedad de las obras financiadas, conforme a las disposiciones de este Reglamento." DECRETO SUPREMO Nº 004-2001-PRES EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-99-PRES del 29 de agosto de 1999, se aprobo el "Programa de Equipamiento Basico Municipal" que tiene por objeto establecer los mecanismos de financiamiento y posibilitar al Ministerio de la Presidencia la compra masiva de maquinaria pesada, asi como la venta a plazos de la misma a favor de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en especial de las que se encuentran en condicion de pobreza y en zonas de frontera; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 001-2000 del 8 de enero de 2000, se establecio que los recursos provenientes de las operaciones de endeudamiento aprobadas mediante el Decreto Supremo Nº 163-99-EF y el Decreto de Urgencia Nº 063-99, seran destinados a la adquisicion de maquinaria pesada a que se refiere la Licitacion Publica Nº 003-99-PRES realizada por el Ministerio de la Presidencia en el MORDAZA del "Programa de Equipamiento Basico Municipal"; Que, como resultado de la Licitacion Publica Nº 00399-PRES, el Ministerio de la Presidencia y la empresa Mitsubishi Corporation, suscribieron el Contrato de Compraventa de Equipos Nº 001-00-LP-UA de fecha 15 de marzo de 2000, por el cual se adquirio maquinaria pesada para la ejecucion del "Programa de Equipamiento Basico Municipal"; Que, mediante Ayuda Memoria de fecha 5 de febrero de 2001, el Programa de Equipamiento Basico Municipal - PREBAM informa que del analisis de MORDAZA realizado a dicha fecha, los Gastos y Costos Locales actuales resultan ser inferiores a los pactados en el citado Contrato; Que, teniendo en cuenta que resulta conveniente realizar las acciones que le permitan al Estado, en el actual MORDAZA de racionalidad y austeridad del gasto publico regulado por el Decreto de Urgencia Nº 1282000, reducir los costos que demanden la ejecucion del PREBAM, el Ministerio de la Presidencia ha acordado con la empresa Mitsubishi Corporation que el concepto de Gastos y Costos Locales referidos en el Contrato de Compraventa de Equipos Nº 001-00-LP-UA, sera asumido a partir del tercer embarque por el Ministerio de la Presidencia, logrando con ello la reduccion de los costos, senalada en la Ayuda Memoria referida en el considerando precedente; Que, la maquinaria correspondiente al tercer embarque llegara al Puerto del Callao el dia 15 de febrero de 2001, por lo que el Ministerio de la Presidencia en su calidad de responsable del desaduanamiento, traslado y almacenamiento de la maquinaria

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