Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2001 (17/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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Nº 31. 32. 33. 34. 35. 36. 37. 38. 39. 40. 41. 42. Nº de Registro A0002303 A0002304 A0002305 A0002306 A0002307 A0002308 A0002309 A0002310 A0002311 A0002312 A0002313 A0002314 Codigo de la memoria C0000376-CGF C0000376-PXLF DSS00017-SNDF G0000476-GME1 G0000476-GME2 I0000451-BASE C0000378-CGF C0000378-PXLF DSS00003-SND1 DSS00003-SND2 DSS00003-SND3 DSS00003-SND4

NORMAS LEGALES
Nombre del Fabricante International Game Technology International Game Technology International Game Technology International Game Technology International Game Technology International Game Technology International Game Technology International Game Technology International Game Technology International Game Technology International Game Technology International Game Technology MORDAZA EE.UU. EE.UU. EE.UU. EE.UU. EE.UU. EE.UU. EE.UU. EE.UU. EE.UU. EE.UU. EE.UU. EE.UU.

MORDAZA, sabado 17 de febrero de 2001

dir la resolucion respectiva a efecto de salvaguardar los legitimos derechos de sus deudos; Lo informado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior, en su Informe Nº 2591-99-IN-0202 de 29.OCT.99; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Fundado el Recurso de Apelacion interpuesto por la EC PB PNP (D) MORDAZA MORDAZA YSLA MORDAZA, contra la R.M. Nº 0371-98-IN/ PNP de 13.MAY.98; consecuentemente, Nula y sin efecto legal la aludida Resolucion. Articulo 2º.- La Direccion General de la PNP dispondra el Cese en el Cargo de la EC PB PNP (D) MORDAZA MORDAZA YSLA MORDAZA, por fallecimiento con fecha 2.MAR.2000, en via de regularizacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del senor Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA KETIN MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 18428

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA RAMIREZ-GASTON MORDAZA Director Nacional de Turismo 18354

INTERIOR
Declaran fundada apelacion contra resolucion que sanciono con destitucion a servidora de la PNP
RESOLUCION SUPREMA Nº 0100-2001-IN/PNP MORDAZA, 13 de febrero del 2001 Visto, la Solicitud de fecha 14.JUL.98, de registro C484-2301-DIPER-PNP-DAPEYEC, presentada por la EC PB PNP (D) MORDAZA MORDAZA YSLA MORDAZA, interponiendo Recurso de Apelacion contra la R.M. Nº 037198-IN/PNP de 13.MAY.98; CONSIDERANDO: Que, mediante R.M. Nº 0371-98-IN/PNP de 13.MAY.98 se sanciono con Destitucion a la EC PB PNP MORDAZA MORDAZA YSLA MORDAZA por falta disciplinaria (actos de inmoralidad); Que, en su escrito de fecha 14.JUL.98, la recurrente apela la aludida Resolucion, argumentando que dicho acto administrativo no se ajusta a los hechos y no esta arreglado a Ley, por ser sus considerandos tendenciosos y mal intencionados, manifestando asimismo que por el Delito de Robo Agravado que se le imputo fue absuelta y se archivo la instruccion seguida en su contra, por lo que al haberse dispuesto su destitucion se ha atentado contra los principios universales de Cosa Juzgada y Cosa Decidida, entre otras razones; Que, del estudio y analisis efectuado al expediente administrativo, se establece que los fundamentos de hecho y de derecho alegados por la recurrente resultan consistentes, toda vez que de los actuados se aprecia que ha sido sancionada por los mismos hechos que fueron materia de un MORDAZA anterior, determinandose asimismo que la sancion impuesta se ha generado en razon de no haberse anulado sus antecedentes en su Legajo Personal; Que, el Art. 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por D.S. Nº 02-94-JUS, de 28.ENE.94, establece que el Recurso de Apelacion se interpondra cuando la impugnacion se sustente en diferente interpretacion de las pruebas producidas o cuando se trate de cuestiones de puro derecho, presupuesto juridico que cumple la interesada en la impugnacion que interpone; Que, la EC PB PNP (D) MORDAZA MORDAZA YSLA MORDAZA fallecio el 2.MAR.2000, segun el Acta de Defuncion expedida por la Municipalidad de MORDAZA Maria; razon por la cual no procede su reincorporacion al Servicio Activo; sin embargo, resulta pertinente expe-

JUSTICIA
Constituyen comision encargada de evaluar y proponer al Presidente de la Republica la concesion de conmutacion de la pena
DECRETO SUPREMO Nº 004-2001-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el Articulo 118º, inciso 21) de la Constitucion Politica del Peru establece que el Presidente de la Republica tiene la atribucion de conceder indultos, conmutar penas y ejercer el derecho de gracia; Que la conmutacion de la pena permite la sustitucion de una pena por otra o la reduccion del tiempo de duracion de una de la misma naturaleza; Que por tanto es necesario crear una Comision encargada de evaluar, calificar y proponer de manera excepcional al Presidente de la Republica la concesion de conmutacion de penas, para lo cual debera establecer los criterios y requisitos minimos; De conformidad con lo establecido en el inciso 21) del Articulo 118º de la Constitucion, en el Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y en el Articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Constituir una Comision de Conmutacion de la Pena, encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la Republica, la concesion de dicha gracia. Articulo 2º.- La Comision de Conmutacion de la Pena estara integrada por tres miembros designados por Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Justicia. Articulo 3º.- La Comision de Conmutacion de la Pena elaborara en un plazo de 30 dias a partir de su instalacion, su reglamento interno en el que se estableceran los criterios y condiciones minimas para la evaluacion, calificacion y proposicion al Presidente de la Republica de la conmutacion de la pena.

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