Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2001 (17/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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VISTOS:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 17 de febrero de 2001

Los escritos recibidos el 15 de noviembre y 15 de diciembre del 2000, presentados por el senor Neylly Harrinson MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Distrital de La MORDAZA, provincia de MORDAZA, solicitando la revision del acuerdo del concejo de fecha 28 de octubre del 2000, que declara infundada la solicitud de vacancia del cargo de MORDAZA del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el referido concejo; Los escritos recibidos el 20 y 27 de noviembre del 2000, presentados por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de La MORDAZA, solicitando se declare improcedente la revision del acuerdo MORDAZA mencionado; El informe escrito recibido el 18 de enero del 2001, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA Juarez; Oidos los informes orales presentados; y, CONSIDERANDO: Que, el Concejo Distrital de La MORDAZA, segun aparece en las copias autenticadas de las actas de fojas 28 a 32, en sesion ordinaria de fecha 28 de octubre del 2000, con la mayoria del numero legal de miembros, declaro infundada la solicitud de vacancia del cargo de MORDAZA del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el referido concejo, acusado de incurrir en actos de nepotismo; Que, el Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, establece que la vacancia del cargo de MORDAZA o de regidor es declarada por el Concejo Municipal con el MORDAZA de la mayoria del numero legal de sus miembros; y el acuerdo del concejo que declara la vacancia es susceptible de revision a solicitud de parte en el termino de 8 dias naturales ante el MORDAZA Nacional de Elecciones; Que, el recurrente no ha observado el procedimiento previsto en el citado Articulo 27º de Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, y su recurso de revision se ha presentado a los 17 dias, contados desde el dia 28 de octubre del 2000 en que se llevo a cabo la sesion de concejo, fecha en la cual el peticionante tuvo pleno conocimiento del acuerdo que impugna; Que, en cuanto a la solicitud de vacancia de la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debe ser planteada ante el propio Concejo Distrital de La MORDAZA conforme lo establece el numeral 10) del Articulo 36º de la Ley Organica de Municipalidades N° 23853; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones, al MORDAZA de las atribuciones conferidas en la Constitucion Politica del Estado y la ley: RESUELVE POR MAYORIA: Articulo Primero.- Declarar improcedente el recurso de revision formulado por el senor Neylly Harrinson MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Distrital de La MORDAZA, en contra del acuerdo de Concejo de fecha 28 de octubre del 2000, que declara infundada la solicitud de vacancia del cargo de MORDAZA del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el referido Concejo Distrital. Articulo Segundo.- Declarar que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, continua en el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de La MORDAZA, en el periodo municipal 1999 al 2002. Articulo Tercero.- Remitir la solicitud del regidor Neylly Harrinson MORDAZA MORDAZA, recibida el 15 de diciembre del 2000, sobre declaratoria de vacancia del cargo de regidora de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al Concejo Distrital de La MORDAZA, para que emita pronunciamiento conforme a ley. Articulo Cuarto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que se requiera para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA - MORDAZA PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO BALLON- MORDAZA MORDAZA, Secretario General

MORDAZA SINGULAR DEL DOCTOR MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA, MIEMBRO TITULAR DEL MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES EXP. Nº 1431.00 VISTOS: Los escritos recibidos con fechas 15 de noviembre y 15 de diciembre del 2000, del senor Neylly Harrinson MORDAZA MORDAZA, regidor del concejo distrital de La MORDAZA, provincia de MORDAZA, interponiendo recurso de revision del acuerdo municipal de fecha 28 de octubre del 2000, que declara infundada la solicitud de vacancia del cargo de MORDAZA que ejerce el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el referido concejo; asimismo la solicitud de vacancia del cargo de regidor que presenta en contra de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber incurrido MORDAZA autoridades en causal de nepotismo; Los escritos recibidos el 20 y 27 de noviembre del 2000, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del concejo distrital de La MORDAZA, MORDAZA, solicitando se declare improcedente la revision del acuerdo MORDAZA mencionado; Oidos los informes orales presentados; y, CONSIDERANDO: Que, se advierte en autos, en el escrito de fojas 33 a 41, que con fecha 29 de septiembre del 2000, el senor Neylly Harrinson MORDAZA MORDAZA, solicito la vacancia del cargo de MORDAZA del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el concejo distrital de La MORDAZA, en base a los siguientes hechos.- a) Que el concejo distrital de La MORDAZA contrato a la empresa taller "Electro Servicios EIRL" para la confeccion de cuatro postes de alumbrado publico y que quien recibio el pago de la obra fue don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, hermano del MORDAZA, mediante dos cheques girados a su nombre por la suma de seiscientos cuarentinueve nuevos soles (S/. 649.00), cada uno; b) Que la empresa Norandina SRL. en la que trabaja el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, hermano del MORDAZA, ha suscrito contratos con la municipalidad distrital de La Arena; c) Asimismo, se acusa al MORDAZA de haber contratado en la municipalidad, a los senores MORDAZA y MORDAZA Huiman MORDAZA, hermanos de la senora MORDAZA MORDAZA Huiman MORDAZA, persona con la que tiene un hijo la referida autoridad; d) Que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA hermano del MORDAZA, es trabajador de la municipalidad; Que, el concejo distrital de La MORDAZA, en sesion de fecha 28 de octubre del ano 2000, con el MORDAZA de cuatro de sus miembros resolvio declarar infundada la solicitud de vacancia, por insuficiencia de pruebas; en la referida sesion como se advierte de fojas 28 a 32, el regidor Neylly Harrinson MORDAZA MORDAZA expreso su voluntad de interponer recurso de revision por ante el MORDAZA Nacional de Elecciones; Que, a fojas 112, se advierte que con fecha 18 de agosto de 1999, la municipalidad distrital de La MORDAZA, emitio la orden de servicio Nº 01524 a favor de la empresa "Taller Electro Servicios EIRL.", para la confeccion de dos postes; al efecto se expidio el comprobante de pago Nº 16496 de fojas 113; y la empresa emitio la factura de fojas 114, por un valor de seiscientos cuarentinueve nuevos soles (S/. 649.00), que fueron pagados mediante cheque girado a la orden de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, hermano del MORDAZA, tal como se se acredita con las partidas de nacimiento de fojas 118 y 119; asimismo, a fojas 117 aparece otro cheque por igual suma girado por el concejo distrital de La MORDAZA, a la orden del referido senor MORDAZA MORDAZA Juarez; Que, en autos aparece en el documento de fojas 42, que el senor MORDAZA MORDAZA Litano, ex tesorero de la municipalidad distrital de La MORDAZA, declaro bajo juramento que por orden expresa del MORDAZA, realizo dos pagos de la cuenta de inversiones de la municipalidad de La MORDAZA, por la suma de seiscientos cuarentinueve nuevos soles (S/. 649.00) cada uno, girados a la orden del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien no ejercia la representacion de la empresa beneficiaria; Que, se ha acreditado, con la orden de servicio de fojas 132, que el concejo distrital de La MORDAZA, ha arrendado maquinaria, por la suma de cuarenta mil

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