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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2001 (13/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 39

Pág. 206677 NORMAS LEGALES Lima, viernes 13 de julio de 2001 VISTOS: El Oficio Nº 075-2001-R-ULA remitido por el señor Rector de la Universidad Los Angeles, y las Resoluciones Nº 6 de fecha 26 de junio del 2001; y Nº 7; de fecha 2 de julio del 2001, emitidas por el Primer Juzgado Corpora- tivo Transitorio Especializado en Derecho Público de la Corte Superior de Lima, estando a lo opinado en la Unidad de Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el acuerdo de la Asamblea Universita- ria de la Universidad Los Angeles de fecha 7 de junio del año 2000, se inhabilita definitivamente los derechos de la Asociación Civil Promotora de la Universidad Particu- lar Los Angeles, transformada en Empresa Universidad Los Angeles S.A., y este mantiene plena vigencia y eficacia legal por mandato expreso de la Resolución Nº Siete del 8 de febrero del 2001, la misma que tiene la Autoridad de Cosa Juzgada y que ha sido emitida por el Primer Juzgado Corporativo Transitorio Especializado en Derecho Público de Lima; Que, mediante acuerdo de fecha 28 de marzo del año 2001, complementado y ratificado por el acuerdo de fecha 23 de mayo del mismo año, tomado por el Pleno de la Asamblea Universitaria de la Universidad Los Ange- les de Chimbote; se aprobó el cambio de su denominación por el de Universidad de Chimbote; Que, los acuerdos antes referidos han sido objeto de un proceso judicial seguido ante el Primer Juzgado Corporativo Transitorio Especializado en Derecho Pú- blico de la Corte Superior de Lima; proceso en el cual los acuerdos referidos en el considerando anterior han que- dado plenamente ratificados, obteniendo de esta mane- ra la garantía Constitucional de cosa juzgada; Que, mediante los acuerdos antes mencionados, la Asamblea Universitaria de la Universidad Los Angeles de Chimbote, aprobó: el cambio de denominación de la Universidad Los Angeles por la de Universidad de Chim- bote y se precisa lo referente a la Prohibición del Uso de la Denominación Universidad Los Angeles; Modifica- ción de Denominación en Estatuto, sus Reglamentos y demás Normas Vigentes; Reconocimiento de Grados y Títulos; Reconocimiento de los Actos Administrativos y procesales y otros aspectos que se derivan del cambio de denominación antes señalado; Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 139º de la Constitución Política del Perú y el Artículo 4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial la Asamblea Nacional de Rectores, la referida Universidad y demás entes e instituciones públicas y privadas, deben acatar los mandatos judiciales expedidos por los órganos jurisdic- cionales respectivos; Que, en cumplimiento de las decisiones legales emitidas por el Organo Jurisdiccional y de conformi- dad con la normatividad especializada en la materia, es necesario que la Asamblea Nacional de Rectores, emita la correspondiente Resolución mediante la cual se proceda al reconocimiento de lo acordado en la referida Asamblea Universitaria, con el objeto de que la Comunidad Universitaria de la citada Casa Supe- rior de Estudios desarrolle sus actividades académi- cas, administrativas, económicas y normativas con absoluta normalidad y en concordancia con el Acuerdo del Pleno de Rectores reunido en Sesión de fecha 4 de junio de 1998 donde se reconoce la autonomía que ha obtenido la Universidad Los Angeles por su institucio- nalización; Por estas consideraciones, en uso de las atribuciones conferidas a la Asamblea Nacional de Rectores, de con- formidad con lo dispuesto en la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, y en el Reglamento General de la Coordi- nación Interuniversitaria; SE RESUELVE: 1º.- Aprobar el cambio de denominación de la Univer- sidad Los Angeles por el de Universidad de Chimbote, así como el Acuerdo Complementario de fecha 23 de mayo del 2001 de la Asamblea Universitaria de la Uni- versidad Los Angeles. 2º.- Declarar que la Universidad de Chimbote se encuentra debidamente Institucionalizada gozando deplena Autonomía Académica, Administrativa, Económi- ca y Normativa, con arreglo a la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, sus Estatutos, su Reglamento Interno y demás Normas Legales pertinentes. 3º.- Reconocer que el Rector y representante legal de la Universidad de Chimbote, es el Ing. Julio Benjamín Domínguez Granda, incorporándosele a partir de la fecha al Pleno de la Asamblea Nacional de Rectores, con las facultades y prerrogativas que la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, le reconoce. 4º.- Derogar la Resolución Nº 183-99-ANR, de fecha 24 de agosto de 1999. 5º.- Rectificar de todos los Padrones, Relaciones, Archivos y otros documentos oficiales de la Asamblea Nacional de Rectores la denominación: Universidad Los Angeles o Universidad Privada Los Angeles, sustituyén- dolos por Universidad de Chimbote. 6º.- Prohibir terminantemente el uso de la denomina- ción, Universidad Los Angeles, o Universidad Privada Los Angeles o Universidad Particular Los Angeles por parte de cualquier Entidad Universitaria o extrauniver- sitaria, a nivel nacional. 7º.- Poner la presente Resolución en conocimiento del Consejo Nacional Para la Autorización de Funciona- miento de Universidades - CONAFU, del Ministerio de Educación, de todas las demás Universidades Públicas y Privadas que conforman la Asamblea Nacional de Recto- res, de los Poderes Públicos: Ejecutivo, Judicial, Electo- ral, Legislativo, Ministerio Público, Colegios Profesiona- les y otras Entidades Públicas y Privadas del País, así como de las Representaciones Diplomáticas de Países Extranjeros con sede en el Perú. Regístrese y comuníquese. FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR B. Rector de la Universidad Nacional Agraria La Molina y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores ROCIO RONDINEL SOSA Secretaria General Asamblea Nacional de Rectores 27092 ANR - CONAFU Admiten a trámite solicitud de la Uni- versidad Inca Garcilaso de la Vega para adecuarse a la Ley de Promoción de la Inversión de la Educación CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCIÓN Nº 135-2001-CONAFU Lima, 2 de julio del 2001 VISTOS; los Expedientes Administrativos Nº 42586 del 14 de noviembre del 2000 y Nº 45964 del 14 de mayo del 2001, organizado por la Universidad Inca Garcilaso de la Vega, solicitando la Adecuación de la Universidad a la Ley de Promoción de la Inversión en Educación aprobada por Decreto Legislativo Nº 882; el Informe Legal Nº 118-2001-CONAFU-CJP del 21 de mayo del 2001; el Memorándum Nº 963-2001-CONAFU-P del 22 de mayo del 2001; el Acuerdo del Pleno del CONAFU Nº 129-2001, de la Sesión Ordinaria del 21 de junio de 2001; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universida- des - CONAFU, como un órgano autónomo de la Asam- blea Nacional de Rectores, teniendo como atribución, la