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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (13/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 54

Pág. 204396 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de junio de 2001 para el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez en el Diario Oficial El Peruano; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su sesión de fecha 30 de abril de 2001; RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la publicación, del Manual de Contabilidad Regulatoria para el Aeropuerto Inter- nacional Jorge Chávez, en la página web de OSITRAN (www.ositran.gob.pe ). Artículo 2º.- Otorgar un plazo hasta el 31 de julio para que los legítimos interesados remitan por escrito, a Torre Centro Cívico, Av. Bolivia 144, Piso 19, Lima 1, o por medio electrónico, a info@ositran.gob.pe, sus comentarios o sugerencias. Comuníquese, publíquese y archívese. LEONIE ROCA VOTO - BERNALES Presidenta 25116 CONSEJOS TRANSITORIOS DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL Inician proceso disciplinario contra ex servidor de la Dirección Regional de Salud Cusco CTAR - CUSCO DIRECCION REGIONAL DE SALUD CUSCO RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 00301-2001-DRSC/DP Cusco, 11 de junio de 2001 Visto el Examen Especial Nº 0004-2000-OAI-DSC y la documentación adjunta. CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 0005-CLAS TTIO-MINSA- 2000, el Presidente del Consejo Directivo del Comité Local de Administración de Salud solicita se efectúe la Auditoría Interna en el referido Establecimiento de Salud, petición que fuera aprobada por el Director General de la Región de Salud Cusco, mediante Expe- diente Nº 935 de fecha 15 de febrero del 2000 y Oficio Nº 056-2000-DA-PSBPT; Que, como resultado del Examen Especial practica- do al CLAS Ttio por el período del 1 de enero de 1996 al 31 de diciembre de 1998, a los Fondos del Tesoro Público, Recursos Propios, Medicamentos del PA- CFARM, se tiene que éstos fueron utilizados para diferentes gastos ejecutados sin sustento de Documen- tos Fuentes Contables como son Comprobante de Pago, Facturas, Boletas de Venta, etc. Habiéndose detectado que se giraron únicamente con CHEQUES sin ningún documento Contable y desconociéndose el destino de los fondos de la Institución, asimismo en la ejecución de gastos injustificados se demuestra la apropiación de Fondos por parte de los Encargados de la Administra- ción del CLAS de Ttio, quienes han transgredido las Normas del Procedimiento de Pagos establecido por el Decreto Ley Nº 19350 y ampliado por la Ley Nº 19463, la misma que establece que en la Tercera Etapa, Giro y Pago de Cheques "El cheque constituye una orden de pago y debe ser girado por un monto neto de cada obligación considerando su antigüedad, debiendo ex-tenderse en forma nominativa, siendo recomendable que todos los cheques emitidos deben llevar la caracte- rística de "NO NEGOCIABLE" del mismo modo se determina que se han transgredido las Normas Genera- les del Sistema de Tesorería NGT-10 Medidas de segu- ridad para el giro de cheques y traslado de fondos y cuyas causas se deben al incumplimiento de la norma- tividad vigente así como el Decreto Supremo Nº 01-94- SA, disposiciones destinadas a mejorar la prestación de los Servicios de Salud en el nivel Básico de atención, como el desconocimiento en el manejo económico admi- nistrativo del personal responsable y cuyos hechos han sido de conocimiento de la Gerencia del CLAS Ttio, para su conocimiento y acciones correspondientes referente a las medidas correctivas relacionadas con los resulta- dos del Informe Nº 0004-2000-OAI-DSC, remitido con Oficio Nº 271-00-DA-PAC-PSBPT de fecha 8 de setiem- bre del 2000; Que, la Dirección de Medicamentos, Insumos y Dro- gas de la Dirección Regional de Salud Cusco, ha reteni- do Fondos por intermedio del ex servidor don Germán CHUYACAMA NUÑEZ, quien aprovechando de su car- go de Asistente Administrativo, no cumplió con deposi- tar la suma de DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 90/100 NUEVOS SOLES (S/. 2,866.90), en la cuenta corriente del DIREMID producto de la venta de Medicamentos del CLAS de Ttio y contrariamente el cheque fue cobrado en EL BANCO, hecho que es tipifica- do como falta grave de carácter disciplinario, contempla- do en el Artículo 28º Incs. a), d) y f) del Decreto Legislativo Nº 276; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios de la Región de Salud Cusco, en reunión realizada el 15 de mayo del 2001 acordó por unanimidad recomendar a la Dirección General, la Aper- tura de Proceso Administrativo Disciplinario a don Ger- mán CHUYACAMA NUÑEZ, ex trabajador de la Direc- ción Regional de Salud Cusco, por las causales anotadas en los considerandos de la presente Resolución y en estricta aplicación de los Artículos 163º y 175º del Decre- to Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público Nacional; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 26922 - Ley Marco de Descentralización, Decreto de Urgencia Nº 030-98, Decreto Supremo Nº 010-98-PRES y la Resolución Ejecutiva Presidencial Nº 131-99-CTAR CUSCO/PE; y, Estando a lo recomendado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplina- rios y con la opinión favorable de la Dirección Ejecutiva de Administración de la Dirección Regional de Salud Cusco; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APERTURAR PROCESO ADMINIS- TRATIVO DISCIPLINARIO, a don Germán CHUYACA- MA NUÑEZ, ex servidor de la Dirección Regional de Salud Cusco, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El ex trabajador procesado tendrá dere- cho a presentar el Descargo y las Pruebas que estime convenientes en su defensa, de acuerdo a los Artículos 168º y 169º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Artículo 3º.- La Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Dirección Regio- nal de Salud Cusco, cumplirá con efectuar las investigaciones que estime pertinentes, debiendo con- cluir su labor en el plazo improrrogable de TREINTA (30) días hábiles. Artículo 4º.- Notifíquese al ex trabajador procesado en la forma y en el plazo establecido por el Artículo 167º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Regístrese y comuníquese. EDGAR BRICEÑO OCAMPO Director General Dirección Regional de Salud REGION CUSCO 25112