Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2001 (13/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, miercoles 13 de junio de 2001

NORMAS LEGALES

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metros cuadrados, con un perimetro de 410.56 metros lineales que comprende la MORDAZA "Huantille", ex hacienda Echenique, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, aprobando su plano de Delimitacion Perimetrico Nº T-08-87 y la Memoria Descriptiva correspondiente, intangibilidad ratificada mediante Resolucion Ministerial Nº 0527-94-ED, de fecha 3 de junio de 1994; Que, la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, en merito al convenio suscrito con el Instituto Nacional de Cultura, ha elaborado el Plano Perimetrico Nº 021-INC-COFOPRI-2000 correspondiente a la MORDAZA Arqueologica de "Huantille", consignando un area de 1 hectarea + 1133.73 metros cuadrados y un perimetro de 426.09 metros lineales; Que, mediante Informe Nº 189-2001-INC/DGPALAMS, de fecha 14 de marzo de 2001, emitido por la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, se senala que existe diferencia entre el area declarada mediante Resoluciones Ministeriales Nº 732-87-ED y Nº 0527-94ED, con el area consignada en el MORDAZA Plano Perimetrico Nº 021-INC-COFOPRI-2000, remitido por la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, por lo que se hace necesario su rectificacion; Que, mediante el Acuerdo Nº 115, de fecha 11 de MORDAZA del 2001, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomendo se declare como Patrimonio Cultural de la Nacion la MORDAZA Arqueologica de "Huantille" o "Echenique", asimismo acordo aprobar el Plano Perimetrico Nº 021-INC-COFOPRI-2000, a Escala 1/500, el cual consigna un area intangible de 1 Ha. + 1,133.73 m2 y un perimetro de 426.09 metros lineales; Que, ante la depredacion es necesario ejercer acciones de proteccion y conservacion de la MORDAZA arqueologica antedicha;

Con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, Direccion Ejecutiva y Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y su modificatoria, Ley Nº 24193; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA Arqueologica Monumental denominada "Huantille" o "Echenique", ubicada en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- Aprobar el Plano Perimetrico Nº 021-INCCOFOPRI-2000, a Escala 1/500, que consigna para la MORDAZA Arqueologica Monumental de "Huantille" o "Echenique" un area intangible de 1 Ha. + 1,133.73 m2 y un perimetro de 426.09 metros lineales, asi como la Ficha Tecnica y la Memoria Descriptiva de la MORDAZA arqueologica mencionada. Articulo 3º.- Disponer la inscripcion en Registros Publicos y en el Margesi de Bienes Nacionales la condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion de la MORDAZA Arqueologica Monumental de "Huantille" o "Echenique". Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a la Municipalidad Distrital y Provincial correspondiente, COFOPRI, autoridades politicas, civiles y su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TORD Director Nacional 25090

OSITRAN
Autorizan publicacion del Manual de Contabilidad Regulatoria para el Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA en la pagina web de OSITRAN
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO Exposicion de motivos El Manual de Contabilidad Regulatoria establece principios para la preparacion de las cuentas y desarrolla la metodologia y recomendaciones sobre la asignacion de los costos, ingresos y activos entre los distintos servicios. Asimismo, define los servicios y las partidas de costo, establece los pasos minimos a seguir por el Concesionario en la aplicacion de esta metodologia y proporciona los formatos que el Concesionario debe emplear para presentar la informacion cuantitativa requerida por el regulador. La contabilidad regulatoria proporciona una serie de principios y directrices que el concesionario del Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA (AIJC) debe aplicar en la asignacion de sus ingresos y gastos a los servicios que ofrece para preservar la no-discrimina-

cion, la neutralidad y la ausencia de subsidios cruzados. Una correcta asignacion de costos es importante para una regulacion efectiva, pues el regulador debe velar porque los precios y la rentabilidad de distintas actividades dentro de un mismo negocio reflejen sus costos. Una regulacion efectiva define actividades reguladas y actividades no reguladas, simula mecanismos de competencia en actividades reguladas y asegura competencia efectiva en actividades no reguladas. A traves de la contabilidad regulatoria la empresa regulada informa al regulador y a los usuarios de la rentabilidad de cada una de las actividades (o servicios) reguladas de la empresa. Esto es, la contabilidad regulatoria asigna costos -operativos y de capital - e ingresos a los servicios relevantes definidos por motivos regulatorios. La informacion relevante para la regulacion se obtiene reclasificando la informacion sobre ingresos y costos de la contabilidad estatutaria de la empresa en servicios o grupos de costo significativos para el regulador -ligados, en general, a la politica tarifaria de la empresa. La asignacion y valoracion de estos costos e ingresos requieren una serie de principios y criterios. Estos principios y criterios configuran la contabilidad regulatoria. En realidad, la guia principal para el diseno de la contabilidad regulatoria debe ser el metodo de regulacion de precios. Este se desarrolla en varias etapas de las cuales las etapas iniciales requieren unos metodos de valoracion y asignacion de costos que debe reproducir la contabilidad regulatoria. Estas etapas pueden resumirse como sigue:

1. Calculo de costos totales por servicio para el ultimo ano con disponibilidad de informacion

2. Actualizacion al ano t (ano objetivo), usando reglas prestablecidas

3. Calculo del costo de capital

4. Conversion de costos totales para el ano t en "control de ingresos": (a) formula de ingreso, o (b) price-cap medio, o (c) price-cap para servicios individuales

5. Reglas de correccion del "control de ingresos", por motivos no anticipables

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