Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2001 (13/06/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 13 de junio de 2001

Articulo 3º.- Es obligacion del propietario someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura, cualquier intervencion a realizarse en el monumento a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CARRE Director Nacional 25099

RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 465/INC MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2001 Visto el Acuerdo Nº 09/14.05.2001 de la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos y demas documentacion sustentatoria; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos propuso mediante Acuerdo Nº 09 de fecha 14 de MORDAZA de 2001 se declare monumento a la Iglesia Matriz MORDAZA Apostol de MORDAZA, distrito de MORDAZA, provincia de Aymaraes, departamento de MORDAZA, por cuanto constituye testimonio historico de la evolucion de nuestra arquitectura religiosa de la sierra; Estando a lo visado por la Direccion General del Patrimonio Monumental e Historico, la Direccion de Registro Nacional del Patrimonio Cultural Inmueble, la Gerencia Legal y la Direccion Ejecutiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion"; Decreto Supremo Nº 027-2001 -ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Ley Nº 25762, "Ley Organica del Ministerio de Educacion", y su modificatoria Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION, a la Iglesia Matriz MORDAZA Apostol de MORDAZA, distrito de MORDAZA, provincia de Aymaraes, departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Es obligacion del propietario someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura, cualquier intervencion a realizarse en el monumento a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CARRE Director Nacional 25100

Declaran Monumentos integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion a templo y parroquia e iglesia matriz ubicados en los departamentos de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 396/INC MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2001 Visto el Acuerdo Nº 07/27.03.2001 de la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos y demas documentacion sustentatoria; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos propuso mediante Acuerdo Nº 07 de fecha 27 de marzo de 2001 se declare monumento al Templo y Parroquia de los Sagrados Corazones, Recoleta, ubicado en la Plaza MORDAZA, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, por cuanto constituye un ejemplo relevante de la arquitectura de estilo neogotico del siglo XX; Estando a lo visado por la Direccion General del Patrimonio Monumental e Historico, la Direccion de Registro Nacional del Patrimonio Cultural Inmueble, la Gerencia Legal y la Direccion Ejecutiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion"; Decreto Supremo Nº 027-2001 -ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Ley Nº 25762, "Ley Organica del Ministerio de Educacion", y su modificatoria Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION, al Templo y Parroquia los Sagrados Corazones, Recoleta, ubicado en la Plaza MORDAZA, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- El area que involucra la presente declaracion se encuentra determinada en el plano Nº DAI-022-2001IINC Articulo 3º.- Es obligacion del propietario someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura, cualquier intervencion a realizarse en el monumento a que se refiere el articulo presente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TORD Director Nacional 25094

Declaran Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA Arqueologica "Huantille" o "Echenique", ubicada en la provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 425/INC MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2001 VISTO, el Informe Nº 189-2001-INC/DGPA/LAMS, de fecha 14 de marzo de 2001, correspondiente a la MORDAZA Arqueologica "Huantille" o "Echenique", ubicada en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 732-87ED, de fecha 21 de octubre de 1987, se declaro MORDAZA Arqueologica Intangible, el area de 1 hectarea + 129.47

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