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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (28/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 192

TEXTO PAGINA: 70

Pág. 205316 NORMAS LEGALES Lima, jueves 28 de junio de 2001 DIRECTIVA Nº 005-2001-CG/OATJ INFORMACION QUE LAS ENTIDADES DEBEN REMITIR A LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA CON RELACION A CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO I. FINALIDAD Precisar la información que las entidades deben remitir a la Contraloría General de la República con relación a contrataciones y adquisiciones del Estado, encumplimiento de la normativa vigente. II. OBJETIVO Contar con una base de datos sobre las contratacio- nes y adquisiciones del Estado, que contribuya y permi-ta la realización de actividades de control selectivo yposterior respecto a las mismas. III. ALCANCE La presente Directiva es de cumplimiento obligato- rio por las entidades comprendidas en el Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado. Asimismo la presente Directiva se aplica alas entidades que se acojan a lo señalado en la Primera Disposición Transitoria de la precitada norma. IV. BASE LEGALa) Constitución Política del Perú, Artículo 82º. b) Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, de 24.DIC.92. c) Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM de 12.FEB.2001, que aprueba el TUO de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado. d) Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM de 12.FEB.2001, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 029, 067 y 071-2001-PCM de 22.MAR.2001, 19.JUN.2001 y 21.JUN.2001. e) Decreto Supremo Nº 052-2001-PCM de 4.MAY.2001, que establece disposiciones aplicables alas adquisiciones o contrataciones de bienes, servicios u obras que se efectúen con carácter de secreto militar o de orden interno. f) Decreto Ley Nº 25565 - Sistema de Licitaciones y Concursos por “Evaluación Internacional de Procesos”,de 17.JUN.92. g) Decreto Legislativo Nº 909 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2001 y modificato- rias o sustitutorias. h) Ley Nº 27427-Ley de Racionalidad y Límites en el Gasto Público para el año fiscal 2001. V. DISPOSICIONES GENERALES 1) Referencias.- Cuando en la presente Directiva y sus Formatos se menciona el término “Ley”, seentenderá que se está haciendo referencia al TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado y cuando exista la mención a el “Reglamento” se refiere al Reglamento de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado apro-bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y mo-dificatorias. 2) Plazos.- Los plazos establecidos en días se consi- derarán como días hábiles, a menos que se especifique lo contrario, conforme a lo establecido en el Artículo 17ºdel Reglamento. VI. DISPOSICIONES ESPECIFICAS 1. Información sobre Licitación Pública, Con- curso Público, Adjudicación Directa y Adjudica-ción de Menor CuantíaDe conformidad con lo establecido en el Artículo 47º de la Ley y el Artículo 10º del Reglamento, las entidadesremitirán a la Contraloría General de la República,dentro de los quince (15) días hábiles siguientes alcierre de cada trimestre, la información sobre los proce-sos de selección que hayan culminado durante el tri- mestre. Entiéndase como proceso culminado lo precisa- do en el Artículo 17º del Reglamento. a) Para el caso de Licitación Pública, Concur- so Público y Adjudicación Directa Pública - Relación de los procesos de selección que hayan culminado durante el trimestre reportado. Para tal finse utilizará la Sección A del Formato PCT. - Cuadro Comparativo de Propuestas por cada pro- ceso reportado. b) Para el caso de Adjudicación de Menor Cuan- tía por doble desierto y por exoneración - Relación de los procesos de selección que hayan culminado durante el trimestre reportado. Para ello seutilizará la Sección B del Formato PCT. - Por cada proceso reportado exonerado con carácter de secreto militar o de orden interno se adjuntará unCuadro Comparativo de Propuestas en el caso de haberquedado válida más de una oferta. c) Para el caso de Adjudicación Directa Selec- tiva y Adjudicación de Menor Cuantía por el monto de la adquisición y contratación de exper-tos independientes - Consolidado de los procesos de selección que hayan culminado durante el trimestre reportado. Para tal fin se utilizará la Sección C del Formato PCT. En el caso de entidades que se acojan a lo señalado en la Primera Disposición Transitoria de la Ley, sereportará en el Formato PCT aquellos procesos conclui-dos que por su monto correspondan a las modalidades previstas en el referido Formato, pero precisarán en dicho documento que modalidad específica es la que sellevó a cabo conforme a la Directiva que le resultaexclusivamente aplicable. 2. Información sobre Licitaciones Públicas y Concursos de Méritos por el Sistema de “Evalua- ción Internacional de Procesos” Las entidades que encarguen la realización de sus procesos de selección a organismos especializados alamparo del Decreto Ley Nº 25565 modificatorias osustitutorias, bajo el sistema de “Evaluación Interna- cional de Procesos”, reportarán dentro de los quince (15) días siguientes al cierre de cada trimestre lasiguiente información: a) Relación de los procesos de selección en los que se haya otorgado la Buena Pro durante el trimestre repor- tado. Para tal fin se utilizará el Formato EIP, que se muestra en el Anexo Nº 2. b) Cuadro Comparativo de Propuestas, en los que se pueda apreciar la relación de postores, monto ofertadoy de ser el caso, los puntajes técnico y económicoobtenidos por cada postor en la evaluación. 3. Información sobre Procesos Exonerados de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudica-ción Directa según corresponda Con relación a lo establecido en el penúltimo párrafo del Artículo 20º de la Ley, corresponde que las entidades remitan a la Contraloría General de la República, dentro de los diez días calendario siguientes a la fechade su aprobación, la información que a continuación seindica: a) Copia de la Resolución del Titular del Pliego Presupuestario o Titular de la Entidad y en su caso, del Acuerdo de Directorio o Concejo Municipal, con que se