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Pág. 199652 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 7 de marzo de 2001 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Autorizan la contratación de seguros sobre bienes patrimoniales de la muni- cipalidad mediante adjudicación direc- ta de menor cuantía RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0155-2001 Los Olivos, 27 de febrero de 2001 VISTOS: Los Informes Nº 076-2001-MDLO/DA/ULSG de la Unidad de Logística y Servicios Generales, Nº 126A- 2001/MDLO/OAL de la Oficina de Asesoría Legal, Proveído Nº 688-2001 de Dirección Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe de Vistos la Unidad de Logísti- ca y Servicios Generales, informa que la Adjudicación Directa con Publicación Nº 004-2001/MDLO/OE - II Convo- catoria para la contratación de Seguros sobre los Bienes Patrimoniales de la Municipalidad ha sido declarada de- sierta por no haber concurrido a ella el número mínimo de postores establecido por la Ley de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado Nº 26850, pese a haberse cursado las correspondientes invitaciones a las empresas más impor- tantes del ramo. En tal sentido, solicita se autorice, vía Resolución de Alcaldía, la realización del proceso de adju- dicación directa de menor cuantía al amparo de lo dispues- to por el Artículo 44º, inciso f), del Reglamento del citado dispositivo; Que, la Oficina de Asesoría Legal, a través del Informe Nº 126A-2001/MDLO/OAL, opina que habiéndose declara- do desierto en dos oportunidades la Adjudicación Directa con Publicación Nº 004-2001/MDLO/OE - II Convocatoria, es procedente convocar a proceso de Adjudicación Directa de Menor Cuantía, previa autorización de la más alta autoridad de la entidad, conforme lo faculta el Artículo 44º, inciso f), del Decreto Supremo Nº 039-98-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Despacho de Dirección Municipal, a través del Proveído de la referencia, ordena se proyecte la Resolución de Alcaldía correspondiente; Que, el Artículo 44º, inciso f), del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 039-98-PCM y modificado con Decreto Supremo Nº 097-99-PCM, establece que el procedimiento de menor cuantía es aplicable en los procesos de Adjudicaciones Directas, cuando se declaren desiertos en dos oportunidades, requiriéndose previamente autorización de la más alta autoridad de la entidad o de quien cuente con delegación expresa; Estando a lo informado y en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 47º, inciso 6), de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Único.- AUTORIZAR a la Unidad de Logísti- ca y Servicios Generales, en su calidad de órgano encarga- do de la contratación de Seguros sobre los Bienes Patrimo- niales de la Municipalidad, a aplicar el procedimiento de menor cuantía a que se refiere el Artículo 44º, inciso f), del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 19424MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Aprueban Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas y Cua- dro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad ORDENANZA Nº 34-MPL Pueblo Libre, 8 de agosto de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL PUEBLO LIBRE POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de Pueblo Libre; Visto, en Sesión Ordinaria de fecha 8 de agosto de 2000, el Dictamen Nº 35-2000-MPL-CPL/CPDE de la Comisión Permamente de Desarrollo Económico; y, CONSIDERANDO: Que la Constitución Política del Perú, reconoce a los Gobiernos Locales, autonomía política, económica y admi- nistrativa en los asuntos de su competencia; Que, los Concejos Municipales cumplen su función normativa, entre otros mecanismos a través de las Orde- nanzas Municipales, las cuales de conformidad con el inciso 4) del Artículo 200º de la Constitución del Estado, tienen rango de ley, al igual que las leyes propiamente dichas, los Decretos Legislativos, los Decretos de Urgencia y las normas regionales de carácter general; Que, el Artículo 115º de la Ley Orgánica de Municipa- lidades, Ley Nº 23853, establece que, “las Ordenanzas Municipales pueden establecer sanciones de multa, deco- miso y clausura por infracción de sus disposiciones, sin perjuicio de las demás responsabilidades a que hubiera lugar”; Que, la actual administración considera que el ejercicio de la potestad sancionadora debe ser orientada dentro de un contexto de difusión y persuasión al vecindario de los beneficios que devienen del cumplimiento de los dispositi- vos legales y no meramente como un medio de castigo o recaudación; a tal efecto, resulta imprescindible que la actividad de la administración, se encuentre cimentada en criterios de justicia, equidad, legalidad y seguridad jurídi- ca que permitan cada vez mejor servicio y atención oportu- na a los vecinos, para lo cual se requiere darle fluidez a los procedimientos administrativos; De conformidad con las atribuciones conferidas por los Artículos 36º y 109º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853 y con la aprobación UNANIME de los miem- bros del Concejo ha dado la siguiente: ORDENANZA TITULO I CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- El presente Reglamento de Aplicación de Sanciones, en adelante RAS, de la Municipalidad de Pueblo Libre, norma el procedimiento, para la imposición y ejecu- ción de las sanciones administrativas, por incumplimiento de las Normas y Disposiciones municipales precisadas en el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones (CUIS) que se adjunta al presente. El RAS, goza de carácter imperativo para todas sus Unidades Orgánicas, quienes se adecuarán a estas disposiciones bajo responsabilidad de los funciona- rios competentes. Las infracciones y sanciones correspondientes al Trans- porte Urbano, Construcción Civil, Defensa Civil, y las de carácter tributario se rigen por las normas de la materia. Artículo 2º.- El ámbito de aplicación del RAS y el CUIS, se circunscribe a la jurisdicción del distrito de Pueblo Libre. Artículo 3º.- Se denomina infracción a toda acción u omisión que signifique el incumplimiento de una disposi- ción municipal, las mismas que se encuentran detalladas