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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2001 (14/03/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 41

Pág. 199935 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 14 de marzo de 2001 VISTA, la solicitud formulada por la empresa NCN S.A., para que se le otorgue autorización para instalar y operar en vía de ampliación, una estación de televisión en la banda de U.H.F., ubicada en el distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su- premo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión se requiere de autorización y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, los Artículos 48º y 49º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones antes referido, establecen que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomuni- cación; Que, el Artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su- premo Nº 06-94-TCC, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comu- nicaciones, Vivienda y Construcción, señalan que para obtener autorización para prestar servicio de radiodifu- sión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dichas normas se detallan; Que, el Artículo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autori- zación para prestar servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración de doce (12) meses; Que, el Artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las características de instalación y operación autorizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros parámetros técnicos, si antes no se obtiene la correspondiente aproba- ción del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vi- vienda y Construcción; Que, mediante Informes Nºs. 002-2001-MTC/15.19.03.2 y 055-2001-MTC/15.19.01 la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones, respectivamen- te, señalan que la solicitud formulada por la empresa NCN S.A., cumple con los requisitos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autori- zación y permiso solicitados; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93- TCC; 06-94-TCC y sus modificatorias y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; y, Con la opinión favorable del Director General de Tele- comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa NCN S.A., autoriza- ción y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, que incluye un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable, para instalar y operar en vía de ampliación una estación de televisión en la banda de U.H.F., en el distrito de Ayacucho, provincia de Huaman- ga, departamento de Ayacucho, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-TV Frecuencia :Vídeo: 513.25 MHz - Audio: 517.75 MHz Canal :21 Indicativo :OCV-5A Potencia :Vídeo: 500 w. Audio: 50 w. Emisión :Vídeo: C3F Audio: F3E Horario :H24 Ubicación de los Estudios y Planta Transmisora :Jr. Prolongación Bellido Nº 170, distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga, departamento de Aya- cucho. Coordenadas: L.O. 74° 13' 22" L.S. 13° 09' 50"El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el artículo precedente, se inicia con un período de instalación y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta antes de sesenta (60) días previos a la terminación de dicho período, el titular de la autorización debe solicitar se verifique el estado de las insta- laciones y practique las pruebas de funcionamiento respecti- vas, bajo sanción de dejar sin efecto la autorización. Artículo 3º.- La empresa NCN S.A., está obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusión concedido acorde con la presente resolución, estando impedida de modificar las características a que se contrae el Artículo 1º de la presente resolución sin autorización previa de este Ministerio. Artículo 4º.- La autorización a que se contrae la pre- sente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autoriza- do, debiendo adecuarse a las normas modicatorias y com- plementarias que se expidan sobre la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MENACHO RAMOS Viceministro de Comunicaciones 19858 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan magistrados de juzgados penal y paz letrado y de sala de proce- sos sumarios con reos en cárcel del Distrito Judicial de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 0090-2001-P-CSJLI/PJ Lima, 12 de marzo del 2001 VISTO y CONSIDERANDO: Que por documento de fecha veintiséis de febrero del año en curso, la doctora Silvia Rueda Fernández, declina de su designación como Juez del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Villa María del Triunfo, designada por Resolu- ción Administrativa número cero setentiséis-dos mil uno- P-CSJLI/PJ, de fecha veintitrés de febrero del año en curso; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, por consi- guiente puede designar y reasignar a los señores Magistrados de todas las instancias, atendiendo a las razones de necesidad de servicio, con el objeto de viabilizar y dar impulso al trabajo que se desarrolla en cada órgano jurisdiccional; Que, estando a lo expuesto y en mérito a las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90° del Texto Unico de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la designa- ción de la doctora SILVIA RUEDA FERNÁNDEZ, como Juez del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Villa María del Triunfo, en vía de regularización a partir del cinco de marzo del año en curso, por las razones expuestas en el primer considerando. Artículo Segundo.- DESIGNAR al doctor JORGE ANTONIO SERVAN LÓPEZ, como Juez Suplente del Vigé- simo Quinto Juzgado Especializado en lo Penal, a partir del trece de marzo del año en curso, por promoción del doctor César Herrera Casina. Artículo Tercero.- DESIGNAR al doctor WILSON SANTIAGO PAUCAR ESLAVA, alumno discente de la Academia de la Magistratura como Juez Suplente del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Villa María del Triunfo, a partir del trece de marzo del año en curso, en reemplazo de la doctora Silvia Rueda Fernández. Artículo Cuarto.- DISPONER la corrección del Ar- tículo sexto de la Resolución Administrativa número cero ochentiséis guión dos mil-P-CSJLI/PJ, de fecha