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Pág. 200309 NORMAS LEGALES Lima, jueves 22 de marzo de 2001 ANEXO I I I A DETERMINACION DE LA TASA DEL ARBITRIO DE LIMPIEZA PUBLICA - 2001 OTROS USOS TRAMOS DE VALOR Nº CONTRIBU % UIT TASA MONTO MENSUAL TRIMESTRAL ANUAL ANUAL TOTAL . 4.MERCADOS 3.330 233.766.00 Diario: S/.0.195 Puesto 3.330 5.85 17.55 70.20 233.766.00 5.TRABAJADORES AUTONOMOS AMBULANTES 180.000.00 Diario: S/.0.50 C/U 1.000 0.5000 15.00 45.00 180.00 180.000.00 6.PUESTOS, KIOSCOS Y OTROS 45.000.00 250 0.5000 15.00 45.00 180.00 45.000.00 DETERMINACION DE LA TASA DEL ARBITRIO DE SERENAZGO - 2001 CASA HABITACION TRAMOS DE VALOR Nº CONTRIBU. % UIT TASA MONTO MENSUAL TRIMESTRAL ANUAL ANUAL TOTAL 47.531 954.864.00 Desde 0 a 2 UIT 13.969 0.0000 0.00 0.00 0.00 0.00 Más 2 a 3 UIT 5.290 0.0500 1.50 4.50 18.00 95.220.00 Más 3 a 5 UIT 7.378 0.0667 2.00 6.00 24.00 177.072.00 Más 5 a 10 UIT 11.602 0.0833 2.50 7.50 30.00 348.060.00 Más 10 a 15 UIT 5.333 0.1000 3.00 9.00 36.00 191.988.00 Más 15 a 20 UIT 2.218 0.1000 3.00 9.00 36.00 79.848.00 Más 20 a 30 UIT 1.398 0.1000 3.00 9.00 36.00 50.328.00 Más 30 aMás UIT 343 0.1000 3.00 9.00 36.00 12.348.00 DETERMINACION DE LA TASA DEL ARBITRIO DE SERENAZGO - 2001 COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y OTROS TRAMOS DE VALOR Nº CONTRIBU % UIT TASA MONTO YENT. MENSUAL TRIMESTRAL ANUAL ANUAL TOTAL T O T A L 6.679 211.608.00 Desde 0 a 2 UIT 3.710 0.0000 0.00 0.00 0.00 0.00 Más 2 a 3 UIT 1.060 0.0667 2.00 6.00 24.00 25.440.00 Más 3 a 5 UIT 658 0.0733 2.20 6.60 26.40 17.371.00 Más 5 a 8 UIT 415 0.0917 2.75 8.25 33.00 13.695.00 Más 8 a 11 UIT 184 0.0917 2.75 8.25 33.00 6.072.00 Más 11 a 14 UIT 110 0.1000 3.00 9.00 36.00 3.960.00 Más 14 a 17 UIT 172 0.1000 3.00 9.00 36.00 6.194.00 Más 17 a 20 UIT 113 0.1000 3.00 9.00 36.00 4.068.00 Más 20 a 25 UIT 112 0.1333 4.00 12.00 48.00 5.376.00 Más 25 a 30 UIT 34 0.1333 4.00 12.00 48.00 1.632.00 Más 30 a100 UIT 66 0.8333 25.00 75.00 300.00 19.800.00 Más 100 aMás UIT 45 6.6667 200.00 600.00 2.400.00 108.000.00 INFORME TECNICO En el distrito de Villa María del Triunfo existe registrado en la base de datos aproximadamente 55,000 predios al 31.DICIEMBRE.2000. Los mismos están destinados a diferentes usos tales como casa habita- ción, comercio, industria, etc. La Municipalidad de Villa María del Triunfo presta a los predios antes indicados los servicios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo. Para determinar la tasa de estos tribu- tos, cuyo detalle se aprecia en los anexos, se ha tomado en consideración el costo efectivo del servi- cio, el que será distribuido en forma equitativa entre los 55,000 predios del distrito, aplicando los siguien- tes criterios: a.- Valor del predio determinado en la declaración jurada de autoavalúo o valor establecido catastralmen- te. b.- Uso del predio o actividad que se desarrolla en él. c.- El valor de la Unidad Impositiva Tributaria, vigente al 1º de enero del 2001. Asimismo, con relación a la Ordenanza Nº 004-2000/ MVMT de los Arbitrios Municipales del Ejercicio pasa-do, se ha considerado conveniente restringir el número de inafectaciones a los Arbitrios, en el entendido que nuestros servicios públicos se prestan efectivamente a todos los predios de la jurisdicción. Pero sí se otorga dicho beneficio a la propia Municipalidad, por cuanto no puede ser contribuyente de sí mismo, al Cuerpo Gene- ral de Bomberos Voluntarios del Perú y a las entidades religiosas que destinen dichos predios a templos (el reconocimiento de la inafectación obedece a la existen- cia del Acuerdo suscrito entre la Santa Sede y la República del Perú). Finalmente, el servicio de limpieza pública invo- lucra una serie de tareas que comprende la recolec- ción domiciliaria, barrido de avenidas, calles, bermas y plazas públicas, recolección, servicio de transporte; descarga, transferencia y disposición final de los residuos sólidos y gastos administrativos. Para el Ejercicio 2001, la Municipalidad de Villa María del Triunfo incurrirá en los costos que se detallan a continuación: En cuanto al arbitrio de serenazgo a que se refiere el Artículo 11º de la Ordenanza, no se acompaña la estructura de costos por cuanto ésta ya fue aprobada en el ejercicio 2000, mediante Ordenanza Nº 004- 2000/MVMT.