Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2001 (22/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 22 de marzo de 2001

Los Recursos de Apelacion, contra las mencionadas Papeletas de Sancion, son resueltos por el Consejo en Pleno. PAGO ANTICIPADO
CODIGO

CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS ANO 2001
1.- UNIDADES DE DESARROLLO FISICO TERRITORIAL
INFRACCION Ejecutar edificaciones en propiedad privada, de cualquier naturaleza sin Licencia de Construccion Propietario Constructor Proyectista Por no respetar condiciones reglamentarias previstas en el Reglamento Nacional de Construcciones Ejecutar trabajos en areas publicas sin Licencia Municipal Ocupacion ilegal de areas publicas Edificar o levantar estructuras en areas publicas o de servidumbre electrica, derechos de via ribera del rio o zonas intangibles Ocupar temporalmente la via publica con materiales de construccion o desmonte sin Autorizacion Municipal Por reparar deficientemente las pistas, veredas y sardineles que hayan sido deteriorados o rotos Al Ejecutante Al Constructor Al Propietario Mantener instalaciones sanitarias en mal estado Uso de retiro Municipal sin autorizacion. Por no respetar las medidas del plano de lotizacion Por ofertar en venta, adjudicacion o traspaso, lotes de terreno sin habilitacion MORDAZA Apertura de MORDAZA sin autorizacion Por no tener numeracion domiciliaria no registrada Por MORDAZA de documentacion sustentatoria incorrecta para aprobacion de planos Por no permitir el MORDAZA peatonal y vehicular, no mantener los espacios libres, exponer a los transeuntes a peligros derivados de acciones propias de la obra sin Autorizacion Municipal Por modificacion del proyecto aprobado y/o cambios, alteraciones, mayor area de construccion que afecten la obra sin Autorizacion Municipal Demolicion sin Licencia Municipal identificada Por incumplimiento del plazo de notificacion para el cercado del terreno Por la ejecucion de obras de ampliacion y/o reparacion de redes y canalizacion (agua, luz, telefono, fibra optica) en la via publica sin Autorizacion Municipal, por metro lineal Por no cumplir con las especificaciones y/o proyecto aprobado Por omitir o comprobarse deficiencias de senalizacion o dispositivo de seguridad Por continuar obras fuera del plazo autorizado Hasta 30 dias De 31 a 60 dias De 61 a mas Por dejar desmonte y/o materiales excedentes en la via publica Hasta 50 m2 Mas de 50 m2 Por ejecutar trabajos de construccion de reservorios en areas de uso publico sin Autorizacion Municipal

3000

SANCION IMPORTE PECUNIARIA (UIT = S/. 3,000)

Articulo 37º.- Cuando el Recurso Impugnativo sea declarado fundado y el recurrente ya hubiera pagado la multa, el monto le sera devuelto o compensado con adeudos que tuviera con la Entidad. SUSPENSION DE LA EJECUCION DE LA SANCION Articulo 38º.- La Oficina de Rentas comunicara a la Unidad de Ejecucion Coactiva sobre la MORDAZA de Recursos Impugnatorios de reconsideracion, apelacion o revision, presentados dentro del plazo de ley, contra el acto Administrativo, que sirve de titulo para la ejecucion, a efectos que el ejecutor proceda a la suspension de la ejecucion de la sancion, en lo que fuere de su competencia. INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE EJECUCION COACTIVA Articulo 39º.- Una vez vencido el plazo de quince (15) dias habiles de notificada la Papeleta de Sancion sin que se MORDAZA interpuesto recurso impugnativo alguno o no se hubiera efectuado el pago, se iniciara el correspondiente Procedimiento de Ejecucion Coactiva, de acuerdo a la Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva - Ley Nº 26979. CAPITULO VIII DE LA NULIDAD DE SANCION NULIDAD DE SANCIONES Articulo 40º.- Se procedera a la nulidad de la sancion, cuando esten incursas en cualquiera de las causales previstas en el Articulo 43º del D.S. Nº 02-94JUS, pudiendo declararse a peticion de parte o de oficio. ORGANO COMPETENTE Articulo 41º.- La nulidad de las Resoluciones expedidas por la Oficina de Rentas, seran declaradas por el Alcalde. CAPITULO IX DISPOSICIONES FINALES Primera.- Mediante Decreto de Alcaldia se expediran todas las normas reglamentarias que fueren necesarias para la aplicacion del presente RAS. Segunda.- Deroguese la Ordenanza Nº 003-96-MDSPL del 20 de febrero de 1996 y demas disposiciones que se opongan al presente regimen. Tercera.- Los procedimientos que se encuentren en tramite a partir de la vigencia de la presente se adecuaran, bajo responsabilidad, a las disposiciones que preve esta ordenanza. Cuarta.- Facultar al MORDAZA para que mediante Decreto, adecue los instrumentos de gestion, conforme a las normas de la presente Ordenanza. Quinta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Sexta.- Encargar a la Direccion Municipal, Oficina de Rentas, Oficina de Asesoria Juridica, Administradores de Agencias Zonales y a las Unidades Respectivas, el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en Lurin, a los veinticuatro dias del mes de enero del ano dos mil uno.

1.1

1% 1% 1% valor de la obra 4 % UIT S/. 120.00

1.2

1.3 1.4 1.5

500 % UIT 500 % UIT 100 % UIT

S/. 15,000.00 S/. 15,000.00 S/. 3,000.00

1.6

20 % UIT

S/. 600.00

1.7

200 % UIT 200 % UIT 5 % UIT 15 % UIT 10 % UIT 25 % UIT

S/. 6,000.00 S/. 6,000.00 S/. 150.00 S/. 450.00 S/. 300.00 S/. 750.00

1.8 1.9 1.10

1.11

200 % UIT

S/. 6,000.00

1.12 1.13 1.14 1.15

4 % UIT 4 % UIT 5 % UIT 25 % UIT

S/. 120.00 S/. 120.00 S/. 150.00 S/. 750.00

1.16

5 % UIT

S/. 150.00

1.17 1.18 1.19

2.5 % UIT 10 % UIT 5 % UIT

S/. 75.00 S/. 300.00 S/. 150.00

1.20 1.21 1.22

100 % UIT 200 % UIT

S/. 3,000.00 S/. 6,000.00

50 % UIT 100 % UIT 200 % UIT

S/. 1,500.00 S/. 3,000.00 S/. 6,000.00

1.23

10 % UIT 30 % UIT 50 % UIT

S/. 300.00 S/. 900.00 S/. 1,500.00

1.24

MORDAZA WEBERHOFER VILDOSO MORDAZA

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