Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2001 (23/03/2001)


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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, viernes 23 de marzo de 2001

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Restringen el servicio de transporte publico en la urbanizacion San MORDAZA del distrito de San MORDAZA de Porres, por desborde del rio Chillon
DECRETO DE ALCALDIA Nº 027 MORDAZA, 20 de marzo de 2001 EL MORDAZA METROPOLITANO DE LIMA: CONSIDERANDO: Que, en la madrugada del dia 15 del presente se ha producido el desborde del rio Chillon en el sector del distrito de San MORDAZA de Porres, ocasionando la inundacion de la urbanizacion "San Diego"; Que, dada la gravedad del desastre, esta Alcaldia dispuso la instalacion del Centro de Operaciones de Emergencia, el mismo que ha organizado, coordinado y dirigido el esfuerzo de las instituciones publicas y privadas para asistir a la poblacion comprometida, labores que se vienen ejecutando ininterrumpidamente las 24 horas del dia; Que, conforme al Art. 192º de la Constitucion Politica del Peru las Municipalidades son los organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa; Que, es necesario adoptar las acciones correspondientes destinadas a enfrentar la grave situacion de la poblacion y territorios afectados; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Restrinjase el transporte publico en la urbanizacion San MORDAZA del distrito de San MORDAZA de Porres, en tanto dure la situacion derivada del desborde del rio Chillon, encargando a la Policia Nacional del Peru el ordenamiento del flujo vehicular. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA 20480

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Declaran a la municipalidad en situacion de emergencia economica
ACUERDO DE CONCEJO Nº 005-01-CDB Barranco, 30 de enero del 2001 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO

Que, la actual Autoridad Edilicia, al iniciar su periodo de gobierno, no fue informada debidamente por los responsables de la gestion anterior sobre el real estado de adeudos y compromisos economicos contraidos por la Municipalidad; Que, pese a la desinformacion anotada y como producto de sentencias judiciales y requerimientos coactivos de acreedores, la Autoridad Municipal asumiendo la responsabilidad que le corresponde ha venido cumpliendo con los pagos decretados por la autoridad judicial y los convenios de fraccionamiento sobre deudas adquiridas desde el ano 1991 hasta 1998 y que no fueron honradas en su oportunidad; Que, el volumen de deudas devengadas, originadas principalmente en gestiones anteriores, que suman aproximadamente S/. 11'296,059.28, sumadas a las obligaciones ordinarias de mantenimiento de los servicios basicos para la poblacion; vienen provocando severos desequilibrios en la gestion economica y administrativa de la Municipalidad, afectando obligaciones esenciales como el pago de remuneraciones del personal y la limpieza publica del vecindario; Que, en atencion a los Acuerdos de Concejo Distritales Nº 031-99-CDB y Nº 009-2000-CDB, en los anos 1999 y 2000, se han aplicado drasticas medidas de austeridad y reduccion del gasto asi como de reactivacion de la recaudacion tributaria, las mismas que han resultado insuficientes debido al gran volumen de deudas devengadas desde 1991; Que, no obstante la carencia de recursos, se ha privilegiado en los anos 1999 y 2000, el cumplimiento de los compromisos de pago con terceros (ESSALUD, ONP, SUNAT, FONAVI, etc.), con ostensible disminucion de nuestra capacidad para afrontar los servicios municipales basicos y alejamiento de toda posibilidad para invertir en el desarrollo y progreso del distrito; en perjuicio del vecindario barranquino; Que, la situacion economico-financiera que presenta a la fecha la Municipalidad, pese a los MORDAZA esfuerzos institucionales y privaciones aplicadas a los derechos de los vecinos; determina la imposibilidad material para acogerse a los beneficios del Regimen Especial de Fraccionamiento Tributario - SUNAT, dispuesto por la Ley Nº 27373, asi como cualquier otro compromiso de pago de deudas de anos anteriores; Que, la seriedad y legalidad en el manejo de la gestion economico-financiera de la Municipalidad, no ha posibilitado incluir en el Presupuesto aprobado por el Ejercicio Fiscal 2001, nuevos compromisos que no cuenten con el respectivo financiamiento, tal como lo exige la Ley de Presupuesto para el Sector Publico 2001, Decreto Legislativo Nº 909; argumento cuya validez juridica, se refuerza por la legitima defensa de los derechos de los vecinos que asume la Municipalidad, evitando injustos e innecesarios incrementos de las tarifas municipales y/o disminucion o paralizacion de los servicios basicos que brindamos; Que, en circunstancias como las descritas, producto ademas de un tratamiento pernicioso de las autoridades del gobierno central del anterior regimen, que progresivamente despojaron a los gobiernos locales de sus atribuciones y rentas, castigando particularmente a aquellas que no se sometieron a sus nefastos propositos; han determinado la insolvencia institucional, que es necesario revertir; Que, es necesario y urgente solicitar al MORDAZA y autentico gobierno democratico de la Nacion, su asistencia y apoyo en estos momentos de aguda crisis, que afecta especialmente a las municipalidades de menores recursos; MORDAZA si fue a partir del gobierno central con autoridades ilegitimas de un regimen anterior donde se dio origen a los latrocinios cuyos efectos hoy azota a la poblacion mas pobre; y, Con el MORDAZA unanime de sus Miembros; ACUERDA:

Visto el Informe Economico - Financiero Nº 007-01DAF-MDB presentado por la Oficina de Administracion y Finanzas de la Municipalidad de Barranco.

Articulo Primero.- Declarar a la Municipalidad de Barranco en situacion de Emergencia Economica a

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