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Pág. 200334 NORMAS LEGALES Lima, viernes 23 de marzo de 2001 a) Ejercer la representación legal de EsSalud. b) Dirigir el funcionamiento de la Institución, emitir las directivas y los procedimientos internos necesarios, en concordancia con las políticas, lineamientos y demás dispo- siciones del Consejo Directivo y del Presidente Ejecutivo. c) Asistir a las reuniones del Consejo Directivo, con voz pero sin voto. d) Proporcionar al Presidente Ejecutivo la informa- ción y las propuestas necesarias para la adopción de los acuerdos del Consejo Directivo. e) Proponer y canalizar a la Presidencia Ejecutiva elementos de política y estrategias para el mejor funcio- namiento de la Institución. f) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo Directivo y las resoluciones del Presidente Ejecutivo. g) Designar al personal de dirección y de confianza, de acuerdo a la delegación conferida por el Presidente Eje- cutivo. h) Celebrar actos y contratos dentro de las condicio- nes, montos y plazos que establezca el reglamento respec- tivo, que haya sido dispuesto por el Consejo Directivo y de acuerdo a las normas legales vigentes en la materia. i) Efectuar las demás que le confieran el Consejo Directi- vo, el Presidente Ejecutivo y los reglamentos internos. CAPITULO VII DEL ORGANO DE ASESORAMIENTO Artículo 25º. - La Gerencia Central de Asuntos Jurí- dicos es el órgano de asesoramiento de la Gerencia Gene- ral. Artículo 26º. - Son funciones de la Gerencia Central de Asuntos Jurídicos: a) Normar, dirigir, supervisar y evaluar las acciones del Sistema de Asesoría Jurídica. b) Asesorar y/o emitir opinión en asuntos de carácter jurídico - legal a nivel institucional, remitidas por el Consejo Directivo, la Presidencia Ejecutiva, la Gerencia General, las Gerencias Centrales y el Organo de Audito- ría Interna. c) Interpretar, concordar, sistematizar y coordinar la divulgación de las normas legales relacionadas con la Seguridad Social y con la Institución. d) Elaborar y proponer los proyectos de normas lega- les que se requieran para el desarrollo y funcionamiento institucional. e) Asumir y supervisar la defensa de la Institución en las acciones judiciales, constitucionales, administrativas y arbitrales, así como en las derivadas de los asuntos contenciosos administrativos, excepto en los procesos de cobranza coactiva. f) Coordinar con los órganos responsables, la realiza- ción de programas de capacitación del personal de la Gerencia Central de Asuntos Jurídicos y del Sistema de Asesoría Jurídica en general. g) Emitir informes previos a la resolución que ponga fin a los procedimientos administrativos, que deban ser resueltos por la Presidencia Ejecutiva, Gerencia General o Secretaría General, cuando le sean requeridos. h) Realizar en el ámbito de su competencia otras funciones que le asigne la Gerencia General. CAPITULO VIII DE LOS ORGANOS DE APOYO ADMINISTRATIVO Artículo 27º. - Los órganos de apoyo administrativo de la Gerencia General están constituidos por: • Gerencia Central de Desarrollo e Informática • Gerencia Central de Logística • Gerencia Central de Infraestructura • Gerencia Central de Recursos Humanos • Gerencia Central de Finanzas • Gerencia Central de Recaudación y Seguros Artículo 28º. - Son funciones de la Gerencia Central de Desarrollo e Informática: a) Formular y proponer las políticas relacionadas con la estandarización de procesos, desarrollo de sistemas de información y telecomunicaciones. b) Emitir la normatividad que regule los sistemas de racionalización, tecnología de información y telecomuni- caciones.c) Ejecutar los planes centralizados relacionados al desarrollo de sistemas de información y de comunicaciones. d) Brindar soporte técnico en materia de informática y telemática a los diferentes Organos Centrales y Descon- centrados de EsSalud. e) Establecer los planes de contingencia necesarios para la seguridad de los procesos y la información a cargo de la Institución. f) Administrar los sistemas centrales de información gerencial. g) Realizar en el ámbito de su competencia otras funciones que le asigne la Gerencia General. Artículo 29º. - Son funciones de la Gerencia Central de Logística: a) Formular las políticas, planes y programas de los Sistemas de Abastecimiento, Servicios Generales y Ad- ministración Patrimonial e Inmobiliaria de EsSalud. b) Normar, coordinar, conducir, controlar y evaluar el desarrollo y funcionamiento de los Sistemas de Abasteci- miento, Servicios Generales y Administración Patrimo- nial e Inmobiliaria de la Institución. c) Conducir y ejecutar los programas de adquisición de bienes y servicios de suministro centralizado y de la Sede Central. d) Conducir y ejecutar la administración de bienes patrimoniales e inmuebles en EsSalud. e) Conducir el proceso de importaciones de la Institu- ción. f) Proponer las medidas correctivas que permitan optimizar los sistemas administrativos a su cargo. g) Realizar en el ámbito de su competencia otras funciones que le asigne la Gerencia General. Artículo 30º. - Son funciones de la Gerencia Central de Infraestructura: a) Proponer los lineamientos de política institucional de proyectos de inversión en infraestructura, equipa- miento y mantenimiento hospitalario. b) Proponer en coordinación con la Gerencia Central de Salud y Gerencia Central de Operaciones el Plan de Inversiones de infraestructura de la Institución. c) Planear, organizar, coordinar, dirigir y ejecutar los proyectos de inversión a nivel institucional en sus fases de inversión y post inversión. d) Efectuar tareas de investigación para formular normas y procedimientos que permitan regular el adecuado uso de los recursos destinados a inversiones en infraestructura, equi- pamiento y mantenimiento hospitalario. e) Aprobar las bases para los procesos de adjudicación directa y de menor cuantía elaboradas para la contrata- ción de los servicios que permitan desarrollar los Proyec- tos de Inversión en su fase de inversión, previa autoriza- ción de Gerencia General. f) Realizar los procesos de adjudicación directa y de menor cuantía para la contratación de los servicios que permitan desarrollar los Proyectos de Inversión en su fase de inversión, pudiendo delegar esta función. g) Realizar en el ámbito de su competencia otras funciones que le asigne la Gerencia General. Artículo 31º. - Son funciones de la Gerencia Central de Recursos Humanos: a) Formular, proponer y ejecutar las políticas, planes y programas de selección y evaluación, control de perso- nal, relaciones laborales, capacitación, promoción, admi- nistración salarial y bienestar personal. b) Organizar, normar, dirigir y supervisar el Sistema de Recursos Humanos de la Institución a fin de elevar la eficiencia y rendimiento de sus trabajadores. c) Proponer a la Gerencia General la política remune- rativa y de bonificaciones de la Institución. d) Establecer programas de bienestar personal, pro- moviendo la motivación e integración, así como las condi- ciones de trabajo que garanticen la salud y seguridad ocupacional. e) Establecer los canales de comunicación y coordina- ción adecuados con los Organos Desconcentrados, que permita la estandarización y aplicación de las normas y procesos asociados a los recursos humanos. f) Realizar en el ámbito de su competencia otras funciones que le asigne la Gerencia General. Artículo 32º. - Son funciones de la Gerencia Central de Finanzas: