Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2001 (03/05/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

Pag. 202218
ANEXO II

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 3 de MORDAZA de 2001

Reglamento Operativo del Proyecto Transparencia y Reforma en Politicas Fiscal, Social y de Justicia I. Generalidades 1.1 La Unidad de Coordinacion de Prestamos Sectoriales (UCPS) del Ministerio de Economia y Finanzas (MEF), en su condicion de unidad ejecutora del Proyecto Transparencia y Reforma en Politicas Fiscal, Social y de Justicia, en adelante el Proyecto, es la responsable de centralizar su administracion y de canalizar al Banco Interamericano de Desarrollo (BID) la documentacion proveniente de cada uno de los beneficiarios comprendidos en el Proyecto, a efecto de obtener la no objecion para la ejecucion de los recursos asignados. 1.2 De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 068-2001-EF, la ejecucion de los recursos asignados en el Presupuesto del Proyecto seran atendidos con sujecion a las disposiciones del presente Reglamento. 1.3 Los componentes que conforman el Proyecto son: a) Componente Fiscal, cuyo beneficiario es el Viceministerio de Economia del Ministerio de Economia y Finanzas; b) Componente Social, cuyo beneficiario es el Viceministerio de Economia del Ministerio de Economia y Finanzas; y, c) Componente Justicia, el que a su vez esta conformado por los siguientes subcomponentes: - Subcomponente Anticorrupcion, cuyo beneficiario es el Ministerio de Justicia a traves del Programa Nacional Anticorrupcion; y, - Subcomponente Administracion de Justicia, cuyo beneficiario es el Grupo de Trabajo de Alto Nivel constituido por convenio celebrado entre el Poder Judicial, la Fiscalia de la Nacion, el Consejo Nacional de la Magistratura, la Academia de la Magistratura y el Ministerio de Justicia. 1.4 Cada componente o subcomponente debera designar un coordinador, con autoridad y capacidad suficientes para la toma de decisiones, quien se encargara de canalizar a la UCPS la documentacion correspondiente. 1.5 Cada componente o subcomponente tendra la responsabilidad de llevar a cabo los procesos de contratacion de consultorias, de adquisicion de bienes o servicios, y demas actividades previstas en el Proyecto, con sujecion a las normas y procedimientos del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), a las disposiciones del presente Reglamento y a los Procedimientos Administrativos de la UCPS. 1.6 La UCPS podra, con la previa no objecion del Banco Interamericano de Desarrollo, introducir modificaciones en la estructura, detalle y monto de los estudios, actividades y adquisiciones comprendidos en Proyecto, siempre que se encuentren dentro del MORDAZA de los objetivos previstos en el Programa Sectorial de Transparencia y Reforma en Politicas Fiscal, Social y de Justicia. II. Procedimiento para la Contratacion de Consultores Individuales 2.1 Para la seleccion de un consultor individual, el coordinador de cada componente o subcomponente debera evaluar a los posibles candidatos tomando en cuenta los terminos de referencia, formacion academica y experiencia profesional. Para el referido MORDAZA de evaluacion y seleccion se requerira por lo menos tres (3) candidatos. 2.2 La solicitud para la contratacion del consultor seleccionado debera ser remitida a la UCPS con la debida anticipacion, indicando el plazo, terminos de referencia y honorarios propuestos. Debera estar acompanada de la documentacion sustentatoria y de la Declaracion Jurada­Certificado de Elegibilidad. Conjuntamente con lo senalado en el parrafo anterior, se debera adjuntar un cuadro de evaluacion de los candidatos preseleccionados, la puntuacion considerada para cada variable indicada en dicha evaluacion, asi como el curriculum vitae de los mencionados candidatos.

El curriculum vitae de un consultor no podra ser presentado mas de dos veces en los procesos de seleccion que realice un beneficiario. 2.3 Los terminos de referencia deberan, necesariamente, contribuir al cumplimiento de los objetivos del Proyecto y encontrarse enmarcados en las actividades senaladas en el Anexo I de Resolucion Ministerial que aprueba el presente Reglamento. Estos terminos deben contener: - los objetivos especificos de la consultoria; - el perfil profesional del consultor; - una descripcion MORDAZA y pormenorizada del trabajo por realizar; - el lugar donde se llevara a cabo; - los aportes del consultor; - los resultados y plazos previstos durante el periodo de la consultoria; - los requisitos en materia de informes; - las exigencias en materia de viajes, si las hay, indicando el tiempo aproximado de permanencia en cada lugar; y, - la unidad y funcionario directamente responsable de la supervision de sus trabajos. 2.4 El consultor individual estara sujeto a lo siguiente: a) Debera ser ciudadano o residente permanente "bona fide" de un MORDAZA miembro del BID. b) No podra iniciar sus labores sino despues que el respectivo contrato MORDAZA sido firmado por la UCPS. c) De no ser consultor nacional, debera dar cumplimiento, segun corresponda, a las normas de inmigracion, autorizacion de trabajo o visas del pais. d) No sera elegible si pertenece a la planta regular o temporal de la entidad beneficiaria de los servicios a ser contratados o ha pertenecido a MORDAZA durante los seis meses anteriores a una de las fechas siguientes: (i) fecha en que se presento la solicitud de financiamiento o cooperacion tecnica y (ii) fecha fijada para la seleccion del consultor. e) No sera elegible si ha formado parte del personal estable integrante de la estructura organica del BID dentro de los dos ultimos anos y participo directa y principalmente en la operacion a la que se encuentra vinculada la contratacion de los servicios de consultoria, salvo acuerdo escrito con el BID. 2.5 La UCPS evaluara la documentacion recibida y, en caso de aprobarla, elaborara el borrador de contrato, los que seran remitidos al BID para su no objecion. 2.6 Luego de la no objecion del BID sobre los terminos de referencia, duracion del contrato, honorarios profesionales y demas clausulas del contrato, la UCPS procedera a suscribir el contrato con el consultor seleccionado y remitira MORDAZA al BID. 2.7 En todo contrato suscrito con los consultores individuales, el respectivo coordinador debera velar por el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades que competen a los beneficiarios de los recursos asignados al Proyecto. 2.8 Los consultores individuales nacionales recibiran sus honorarios profesionales en la moneda local. Para este efecto se aplicara el MORDAZA de cambio compra publicado en El Peruano, en cada oportunidad de pago, por la Superintendencia de Banca y Seguros. 2.9 No menos del 10% del total de los honorarios pactados con cargo a recursos procedentes del financiamiento, seran retenidos por la UCPS hasta la aprobacion del Informe Final del consultor por el respectivo Coordinador, la UCPS y el BID, luego de lo cual se efectivizara dicho pago. 2.10 Asimismo, al finalizar el periodo de sus labores, el consultor sera evaluado por el coordinador respectivo, utilizando el formato anexo a los Procedimientos Administrativos de la UCPS. 2.11 En los contratos que estipulen informes parciales, se establecera como condicion para el pago proporcional de los honorarios correspondientes, la previa aprobacion del referido informe por el coordinador y la UCPS. 2.12 Las renovaciones de contrato seran solicitadas por el coordinador con el debido sustento, indicando los nuevos terminos de referencia, si los hubiere, y el periodo por el que se extiende la duracion del contrato. De considerarla procedente, la UCPS solicitara al BID su no objecion a la renovacion.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.