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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MAYO DEL AÑO 2001 (03/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 202219 NORMAS LEGALES Lima, jueves 3 de mayo de 2001 III. Procedimiento para la Contratación de Fir- mas Consultoras 3.1 El coordinador respectivo someterá a la considera- ción de la UCPS, para que a su vez solicite la no objeción del BID, el procedimiento a utilizar en la selección y contratación de la firma consultora, incluyendo las fun- ciones que desempeñará dicho Coordinador en materias de revisión y aprobación de documentos, selección de una lista corta de firmas, clasificación por orden de mérito a las firmas de la lista corta y aprobación de la firma seleccionada. 3.2 En el sistema de puntaje que se utilice para precalificar a las firmas, se incluirán los siguientes facto- res: a) antecedentes generales de la firma; b) trabajos similares realizados; c) experiencia previa en el país donde deben prestarse los servicios, o en países con un grado de desarrollo económico similar; d) dominio del idioma; y, e) utilización de consultores locales. 3.3 El sistema de puntaje que se utilice para la selec- ción de las firmas incluirá: a) calificación y experiencia del personal que vaya a ser asignado; b) metodología para llevar a cabo la evaluación, cuan- do sea aplicable; c) plan de ejecución propuesto; d) calendario de ejecución; e) dominio del idioma; y, f) sistemas de apoyo gerencial para garantizar el control de calidad durante la ejecución de la consultoría (informes regulares, controles presupuestarios, etc.) 3.4 Se hará referencia específica a los requisitos tribu- tarios y procedimientos del BID que puedan ser pertinen- tes para la selección y contratación de la firma consultora y, supletoriamente, a la legislación local. 3.5 Adicionalmente al procedimiento a emplear en la contratación de firmas consultoras, el Coordinador debe- rá presentar: a) términos de referencia (especificaciones) que des- criban el trabajo que vaya a ser realizado por la firma y un cálculo de su costo; y, b) una lista con no menos de tres, ni más de seis, firmas a las que se invitará a presentar propuestas, y una explicación breve de las razones que sustentan la elección de dichas firmas y remitir información general sobre éstas. 3.6 Luego que el BID haya otorgado su no objeción, se invitará a las firmas preseleccionadas a presentar pro- puestas de conformidad con los procedimientos y térmi- nos de referencia aprobados. 3.7 Las formalidades para los procedimientos de se- lección y otorgamiento de buena pro a las firmas que califiquen se sujetarán a lo dispuesto en el presente Reglamento y, en lo no previsto, a la legislación local. 3.8 El contrato será suscrito entre la firma selecciona- da y la UCPS, luego que el BID otorgue la correspondien- te no objeción. En el caso de contratos de consultorías especializadas, la UCPS podrá solicitar la intervención del respectivo Coordinador, para efecto del cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades que competen al beneficiario de los recursos asignados al Proyecto. 3.9 Los contratos deberán prever la constitución de las garantías necesarias que respalden el fiel cumplimiento de las obligaciones asumidas por las firmas consultoras. 3.10 Es responsabilidad de cada componente o sub- componente verificar el cumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas por las firmas consultoras. 3.11 Los pagos parciales acordados contractualmente serán realizados por la UCPS previa conformidad del coordinador respecto a los servicios prestados e informes presentados, si fuere el caso. El pago final se sujetará a la aprobación del respectivo informe final, por el Coordina- dor, la UCPS y el BID. 3.12 Al finalizar el período contractual, la firma con- sultora será evaluada por el respectivo coordinador, uti- lizando el formato "Evaluación de Desempeño de Firmas Consultoras, el cual deberá ser remitido al BID conjunta- mente con el informe final.IV. Procedimiento para la Adquisición de Bie- nes y Contratación de Servicios 4.1 Los componentes o subcomponentes serán los responsables de llevar a cabo los procedimientos destina- dos a la adquisición de los bienes y servicios elegibles para los efectos del Proyecto. 4.2 En forma previa al inicio de cada procedimiento para adquirir bienes o contratar servicios, el Coordinador deberá remitir para la aprobación de la UCPS y del BID, los referidos procedimientos, así como la relación de las firmas proveedoras que serán invitadas a participar. Sólo son elegibles las firmas residentes en territorio de los países miembros del BID y los bienes que sean originarios de países miembros del BID. 4.3 El procedimiento para la adquisición de bienes o contratación de servicios sólo podrá iniciarse luego de la respectiva aprobación por la UCPS y el BID. 4.4 En la adquisición de bienes y contratación de servicios se aplicarán las disposiciones y procedimientos del BID y, supletoriamente, la legislación local. V. Pasajes y Viáticos El otorgamiento de pasajes y viáticos, en los casos que estuvieran previstos, se sujetará a lo establecido en los Procedimientos Administrativos de la UCPS. VI. Encargos Con el objeto de facilitar la ejecución de los recursos asignados al Componente o Subcomponente, la UCPS podrá efectuar transferencias de fondos, bajo la modali- dad de encargos, con sujeción a lo establecido en los Procedimientos Administrativos de dicha Unidad. VII. Facturación e Impuestos Los aspectos relacionados con la facturación e im- puestos se sujetan a lo establecido sobre el particular en los Procedimientos Administrativos de la UCPS. En cualquier caso, los impuestos indirectos deberán ser asumidos con recursos propios de cada beneficiario. VIII. Financiamiento provisional La utilización por la UCPS de recursos de otras fuen- tes para financiar provisionalmente el cumplimiento de las actividades del Proyecto se sujetará a las disposicio- nes del presente Reglamento. IX. Seguimiento del Proyecto e informe de gas- tos al BID Corresponde a la UCPS efectuar el seguimiento del Proyecto e informar periódicamente al BID sobre el avance en su ejecución, así como de los gastos efectuados con cargo a los recursos asignados. X. Auditoría del Proyecto Transparencia y Re- forma en Políticas Fiscal, Social La UCPS dispondrá la realización del examen de los estados financieros y de la aplicación de los recursos del Proyecto, dentro de los plazos y de conformidad con las disposiciones aplicables a los proyectos que ejecuta con financiamiento del BID. El examen deberá realizarse a la culminación de la aplicación de los recursos y, de ser el caso, al cierre del ejercicio, por una firma de auditores independientes, elegibles conforme a las disposiciones sobre auditoría aplicadas por el BID. El gasto que demande la realización de la auditoría será atendido con recursos del MEF, no pudiendo utili- zarse al efecto recursos asignados al Proyecto. XI. Disposición Final En todo lo no previsto en el presente Reglamento Operativo se aplicarán las disposiciones, procedimien- tos y reglamentaciones dictadas por el Banco Intera- mericano de Desarrollo y los Procedimientos Admi- nistrativos de la Unidad de Coordinación de Présta- mos Sectoriales. 22711