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Pág. 202224 NORMAS LEGALES Lima, jueves 3 de mayo de 2001 normas del Sistema Nacional de Control. Depende admi- nistrativa y jerárquicamente de la Alta Dirección, técnica y normativamente de la Contraloría General de la Repú- blica. Está a cargo de un funcionario con el nivel de Director General que tiene las siguientes funciones: a. Dirigir, coordinar, programar, ejecutar, evaluar y supervisar, las actividades de control posterior interno, de conformidad con la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y las disposiciones conexas. b. Asesorar a la Alta Dirección en la política de control. c. Formular el Plan Anual Nacional de acciones de control de acuerdo con las políticas establecidas. d. Controlar y verificar la aplicación de las normas y procedimientos vigentes. e. Emitir los informes resultantes de las acciones de control con las respectivas observaciones, conclusiones, recomendaciones para las acciones correctivas. f. Efectuar acciones de seguimiento sobre cumpli- miento de las recomendaciones y medidas correctivas pertinentes. g. Atender e investigar los reclamos, quejas y denun- cias que se le planteen. h. Realizar acciones de control inopinadas cuando se estime necesario. i. Presidir las comisiones de control para el desarrollo de sus acciones programadas. j. Ejecutar y evaluar el Plan Anual Nacional de Accio- nes de Control dando cuenta a la Contraloría General de la República y a la Alta Dirección del I.N.C. k. Participar en calidad de observador en procesos licitativos y concursos públicos que efectue el I.N.C. l. Otras funciones que le asigne la Alta Dirección y los dispositivos legales sobre la materia. CAPITULO V DE LOS ORGANOS DE ASESORAMIENTO DEFINICIÓN Artículo 21º.- Los órganos de asesoramiento son los encargados de brindar asesoría jurídico-legal y financie- ra, así como en la formulación y evaluación permanente del presupuesto Institucional, racionalización de los re- cursos humanos, financieros, económicos y otros propios de la gestión Institucional. Dependen de la Alta Direc- ción. CONFORMACIÓN Artículo 22º.- Los órganos de asesoramiento del I.N.C. son: a. La Gerencia Legal. b. La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. GERENCIA LEGAL Artículo 23º.- La Gerencia Legal es el órgano encar- gado de asesorar jurídica y legalmente a la Alta Dirección del I.N.C., a sus demás órganos y dependencias, absol- viendo las consultas que sobre asuntos jurídico - legales le formulen. Asimismo, contribuye al conocimiento y difusión de las normas legales. Está a cargo de un funcio- nario con el nivel de Director General al que le correspon- de las siguientes funciones: a. Resolver los asuntos jurídico - legales que recaen dentro del ámbito de la Institución. b. Asesorar a la Alta Dirección en los asuntos de carácter jurídico - legal que le encomienden. c. Emitir opinión y absolver las consultas en materia jurídico - legal que le planteen los diferentes órganos de la Institución y sus dependencias. d. Formular y visar las resoluciones y/o otras disposi- ciones de carácter legal, así como los contratos, convenios y documentos que emita la Institución. e. Intervenir en las acciones legales que demanda su participación profesional en defensa de la Institución. f. Mantener permanentemente actualizados y siste- matizados los archivos de la legislación en materia cultu- ral y la aplicable a la Institución. g. Mantener estrecha coordinación con los órganos de Defensa Judicial del Estado, en las acciones judiciales y extrajudiciales en las que la Institución es parte. h. Coordinar la difusión de la legislación en materia cultural y de Patrimonio Cultural.i. Realizar estudios de la legislación comparada y de la legislación existente relacionada a la cultura y al Patri- monio Cultural j. Representar a la institución por delegación del Director Nacional, en las controversias judiciales y extra- judiciales con terceros. k. Asesorar, en materia jurídico – legal, a los Organos Consultivos que lo requieran. l. Otras funciones que le asigne la Alta Dirección. CONFORMACION Artículo 24º.- La Gerencia Legal está conformada por: a. Subgerencia de Consultas y Visaciones. b. Subgerencia de Asuntos Judiciales. c. Subgerencia de Procedimientos Administrativos. GERENCIA DE PLANEAMIENTO Y PRESU- PUESTO Artículo 25º.- La Gerencia de Planeamiento y Presu- puesto es el órgano de asesoramiento responsable de planificar, organizar, dirigir, coordinar y evaluar los recursos de la Institución así como la formulación, segui- miento y control de presupuestos, proyectos de inversión, planes estratégicos, promover y concertar convenios de Cooperación Técnica Internacional, a efectos de desarro- llar actividades, proyectos y programas de Cooperación, a fin de contribuir a un ordenado y sistemático proceso de gestión Institucional que posibilite alcanzar la eficiencia institucional efectuando evaluaciones, ajustes y mejoras permanentes en la estructura orgánica, métodos, proce- dimientos de trabajo, asignación de funciones, elabora- ción de los instrumentos de gestión y la implementación de sistemas y aplicaciones informáticas de la institución. Está a cargo de un funcionario con el nivel de Director General al que le corresponde las siguientes funciones: a. Proponer a la Alta Dirección planes y estrategias para el financiamiento de las actividades institucionales. b. Gestionar la captación de recursos para el fortale- cimiento institucional. c. Evaluar e informar a la Alta Dirección sobre la vigencia de las tarifas que se aplica por los servicios que brinda la institución. d. Gestionar la participación del sector privado para el financiamiento de las actividades de la institución. e. Prestar apoyo técnico en el desarrollo de proyectos y programas. f. Asegurar en coordinación con el área respectiva la compa- tibilización del Plan Operativo con el presupuesto Anual, a fin de asegurar el cumplimiento de la metas previstas. g. Recopilar y evaluar la información estadística y costos de la Institución, coordinando sobre la materia con los órganos del Sector. h. Proponer a la Alta Dirección el anteproyecto de Presupuesto de la institución. i. Planificar el uso eficiente de los recursos de la Institución. j. Supervisar que los planes, proyectos y presupuestos se cumplan dentro de los plazos y costos previstos. k. Determinar los requerimientos de la Cooperación Técnica Internacional y realizar las acciones necesarias para ejecución l. Formular manuales, reglamentos y otros instru- mentos normativos de la Institución. m. Optimizar el esfuerzo institucional con el fin de obtener mayores y mejores resultados. n. Clasificar puestos de trabajo de acuerdo a las necesidades reales de la Institución. ñ. Diseñar, desarrollar e implementar sistemas y aplicaciones informáticas, y brindar soporte técnico in- formático a las unidades orgánicas de la Institución en el procesamientos de datos. o. Optimizar la utilización del espacio físico para lograr mayor eficiencia. p. Otras funciones que le asigne la Alta Dirección. CONFORMACION Artículo 26º.- La Gerencia de Planeamiento y Presu- puesto está conformada por: a. Subgerencia de Presupuesto y Cooperación Técnica. b. Subgerencia de Planificación y Racionalización. c. Subgerencia de Métodos y Sistemas.