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Pág. 202232 NORMAS LEGALES Lima, jueves 3 de mayo de 2001 los científicos de la CIAT, sobre la calidad de la informa- ción recolectada, la metodología de análisis de datos, la interpretación de los resultados y los niveles de riesgo que se asumen para efectuar las recomendaciones de manejo, a la luz del conocimiento científico pesquero moderno; y complementariamente tratar temas referidos al pez espada, siendo necesario participar en la reunión donde se analizará información básica y se intercam- biarán puntos de vista sobre su evaluación; Que mediante Acuerdo del Consejo Directivo del IMAR- PE Nº 024-2001, adoptado en la sétima sesión ordinaria del 18 de abril de 2001, se autorizó a la bióloga Gladys Cárdenas Quintana, Directora General de Investigacio- nes de Recursos Hidrobiológicos del IMARPE, a partici- par en las reuniones antes citadas; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 909 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2001, y el Decreto Supremo Nº 048-2001- PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la bióloga GLADYS CARDENAS QUINTANA, Directora General de Investi- gaciones de Recursos Hidrobiológicos del Instituto del Mar del Perú (IMARPE), para participar en la 2ª Reunión de Revisión de las Evaluaciones de Stocks de Atunes del 30 de abril al 4 de mayo del presente año, y la 2ª Reunión de Evaluación de Stocks de Pez Espada entre 7 y 8 de mayo de 2001; las cuales se realizarán en el Hotel Radisson, La Jolla, California, Estados Unidos de Norteamérica. Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumpli- miento de la presente Resolución, serán con cargo al Pliego Presupuestal del IMARPE, de acuerdo al si- guiente detalle: - Pasajes aéreos US$ 1 024,36 - Viáticos US$ 2 200,00 - Tarifa CORPAC US$ 25,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince días siguientes al término de su viaje, la citada directiva presentará un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Pesquería; conjuntamente con la rendición de cuentas que deberá efectuarse conforme a lo dispuesto en el Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM. Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga dere- cho a exoneración o liberación de impuestos y/o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 22818 PROMUDEH Modifican el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio en lo relativo al Programa Nacional de Alfabetización RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 084-2001-PROMUDEH Lima, 2 de mayo de 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 011-2000-PRO- MUDEH, publicado el 22 de diciembre del 2000, se decla- ró al Programa Nacional de Alfabetización en proceso de reestructuración funcional y administrativa por 120 días, debiendo proponerse los nuevos documentos de gestión institucional al final del proceso; Que con Decreto Supremo Nº 005-2001-PROMUDEH, publicado el 24 de abril del 2001, se amplió hasta el 3 demayo inclusive, el plazo para concluir los procesos de reestructuración funcional y administrativa del Progra- ma Nacional de Alfabetización del Sector Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano; Que mediante Resolución Ministerial Nº 334-99-PRO- MUDEH de fecha 29 de diciembre de 1999, se aprobó el Cuadro de Asignación de Personal - CAP, del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano; Que culminada la labor de reestructuración se hace necesario modificar el Cuadro de Asignación de Personal - CAP, mencionado en el considerando que antecede; De conformidad al numeral 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27427, Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Orga- nización y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano y modificatorias, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98- PROMUDEH y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, en lo que respecta al Programa Nacional de Alfabetización y conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano CUADRO DE ASIGNACION DE PERSONAL DEL PROGRAMA NACIONAL DE ALFABETIZACION CARGO NIVEL CATEGORIA Nº DE CAP PLAZAS DIRECCION Dirección Nacional F-5 Director 1 Subdirección Nacional F-4 Subdirector 1 Técnico Administrativo Secretarial STA Técnico 1 Técnico Administrativo STB Técnico 1 OFICINA DE OPERACIONES Jefe F-3 Jefe 1 Especialista en Presupuesto SPA Profesional 1 Especialista Administrativo SPB Profesional 1 Especialista en Informática SPB Profesional 1 Técnico Administrativo STA Técnico 1 OFICINA DE FORMACION Y CAPACITACION Jefe F-3 Jefe 1 Especialista en Capacitación SPA Profesional 4 Especialista en Capacitación SPB Profesional 1 Técnico Administrativo STB Técnico 1 OFICINA DE MONITOREO Y EVALUACION Jefe F-3 Jefe 1 Especialista en Evaluación SPA Profesional 3 Especialista en Evaluación SPB Profesional 1 Técnico Administrativo STB Técnico 1 OFICINA DE INNOVACION E INVESTIGACION Jefe F-3 Jefe 1 Especialista en Educación SPB Profesional 2 TOTAL 25 22826