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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MAYO DEL AÑO 2001 (03/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 19

Pág. 202221 NORMAS LEGALES Lima, jueves 3 de mayo de 2001 EDUCACIÓN Aprueban Reestructuración Organiza- tiva Institucional y el Reglamento de Organización y Funciones del Institu- to Nacional de Cultura - INC DECRETO SUPREMO Nº 027-2001-ED EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA VISTOS: El Oficio Nº 220-2001-INC-DN de fecha 19 de abril de 2001; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura constituye un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación que tiene por finalidad ejecutar actividades y acciones a nivel nacional en el campo de la cultura así como normar, supervi- sar y evaluar la política cultural del país y administrar, conservar y proteger el patrimonio cultural de la Nación; Que, mediante Decreto Supremo Nº 50-94-ED, se apro- bó el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y Cuadro para Asignación de Personal del citado Instituto; Que, la Primera Disposición Final de la Ley Nº 27427 - Ley de Racionalidad y Límites en el Gasto Público para el Año Fiscal 2001, publicada el 20 de febrero del 2001, permite que las Entidades del Sector Público, de considerarlo oportuno, lleven a cabo, en un plazo que no exceda de 60 días calendario a partir de su publicación, el proceso de Reestructuración Organizativa Institucional que estimen conveniente en fun- ción a la evaluación de sus competencias y responsabilidades, con el objeto de mejorar su eficiencia, racionalizar sus gastos y generar ahorro público, sin demandar recursos adicionales a los aprobados para la Entidad, la misma que deberá ser aprobada por Decreto Supremo; Que, el Artículo 6º, numeral 6.3, literal b) de la Ley Nº 27427 dispone que los Cuadros para Asignación de Perso- nal se aprueben mediante Resolución Suprema; Que, resulta necesario aprobar la Reestructuración Organizativa Institucional y el Reglamento de Organiza- ción y Funciones - ROF del mencionado Instituto y, asimismo, autorizar la reformulación de su Cuadro para Asignación de Personal, permitiendo adecuar su estruc- tura orgánica y operatividad institucional al marco legal y los lineamientos vigentes de la política del Sector Educación, sin demandar recursos adicionales a los apro- bados para la entidad, para el presente ejercicio fiscal; De conformidad con el Artículo 118º, numeral 8 de la Constitución Política del Estado, Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Primera Disposición Final de la Ley Nº 27427; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar la Reestructuración Organizativa Institucional del Instituto Nacional de Cultura - INC. Artículo 2º.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Instituto Nacional de Cultura, el mismo que consta de ocho (8) Títulos, ocho (8) Capítulos, cincuenta y tres (53) Artículos, dos (2) Disposiciones Complementarias y tres (3) Disposiciones Transitorias, cuyo texto forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 3º.- Autorizar al Instituto Nacional de Cul- tura a formular su Cuadro para Asignación de Personal - CAP, el mismo que deberá ser aprobado por Resolución Suprema. Artículo 4º.- Derogar el Decreto Supremo Nº 50-94- ED. Artículo 5º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Educación. Dado en Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de abril del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República MARCIAL RUBIO CORREA Ministro de EducaciónREGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA TITULO I GENERALIDADES DEL CONTENIDO Artículo 1º.- El presente Reglamento de Organiza- ción y Funciones (ROF) describe y precisa la naturaleza, estructura y funciones de cada una de las unidades orgánicas y el régimen económico del Instituto Nacional de Cultura, el mismo que se identifica por las siglas "I.N.C." . Tiene como base legal la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación, el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación y el Decreto Supremo Nº 74-95-PCM. TITULO II DE LA NATURALEZA, FINALIDAD, OBJETIVOS Y FUNCIONES GENERALES DE LA NATURALEZA Artículo 2º.- El I.N.C. es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Educa- ción, con personería jurídica de derecho público interno; y con autonomía técnica, administrativa, económica y financiera. Constituye el ente rector y central de los órganos que conforman su estructura orgánica, incluyen- do los Organos Desconcentrados. El I.N.C. es el organismo rector, responsable de la promoción y el desarrollo de las manifestaciones cultura- les del país y de la conservación, preservación, restaura- ción, investigación, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación. AMBITO Y SEDE Artículo 3º.- El I.N.C. desarrolla sus actividades a nivel nacional. Su sede está ubicada en la ciudad de Lima. FINALIDAD Artículo 4º.- La finalidad del I.N.C. es afirmar la identidad nacional, mediante la ejecución descentraliza- da de acciones de protección, conservación, formación, promoción, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y las manifestaciones culturales, para contribuir al desarrollo nacional, con la participa- ción activa de la comunidad, el sector público y privado. OBJETIVOS Artículo 5º.- Son objetivos del I.N.C.: a. Fortalecer los lazos de identidad e integración entre los pueblos del Perú, empleando la cultura como un instrumento de paz, unidad y desarrollo nacional. b. Promover el desarrollo cultural y el acceso y parti- cipación de la población a las diferentes manifestaciones culturales del país, así como, fomentar las acciones que incentiven y produzcan bienes culturales. c. Promover, normar y evaluar la creación y el funcio- namiento de instituciones de nivel de educación superior no universitaria dedicadas a la formación profesional artística. d. Promover, normar y evaluar la creación de Centros Artesanales dedicados a la capacitación de artesanos utilizando técnicas tradicionales. e. Fortalecer las acciones tendentes a identificar, registrar, investigar, preservar, conservar, restaurar pro- mover y difundir el Patrimonio Cultural de la Nación. f. Promover la participación del sector privado en el desarrollo cultural del país y en la administración, inves- tigación, restauración, conservación, protección, promo- ción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación. g. Modernizar la gestión institucional a fin de alcan- zar óptimos niveles de calidad en todos los procesos administrativos y operativos de la institución. h. Fomentar la puesta en valor de Monumentos Ar- queológicos e Históricos que integran el Patrimonio Cul- tural de la Nación. i. Fortalecer la unidad institucional y descentralizar las decisiones operativas en las Direcciones Departa- mentales.