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Pág. 202226 NORMAS LEGALES Lima, jueves 3 de mayo de 2001 e. Proponer el Plan y el Presupuesto anual de proyec- tos de inversión para obras de restauración y puesta en valor del Patrimonio Cultural Inmueble de la Nación. f. Proponer a la Alta Dirección, las Normas para la defensa y mantenimiento de los Centros Históricos. g. Actualizar y modernizar el Registro y Catastro del Patrimonio Cultural. h. Brindar asesoría especializada en el ámbito de su competencia. i. Promover la formación de profesionales y técnicos en restauración y conservación del Patrimonio Cultural Mueble e Inmueble. j. Promover la organización del Centro de Documen- tación y Archivo del Patrimonio Cultural de la Nación. k. Evaluar y opinar sobre la salida temporal del Patrimonio Cultural Mueble de la Nación. l. Coordinar con los órganos competentes, la recupera- ción del Patrimonio Cultural Mueble de la Nación. m. Proponer y asesorar la formulación de expedientes para la declaratoria del Patrimonio Cultural de la Huma- nidad, tanto de Centros Históricos como Monumentos y/ o Conjuntos Monumentales Aislados. n. Promover, opinar y supervisar proyectos de restau- ración, adecuación a nuevo uso puesta en valor y/o imple- mentar a fines turísticos, relacionados al Patrimonio Cultural Inmueble. ñ. Presidir la Comisión Nacional Técnica Calificadora de Proyectos Arquitectónicos, Comisión que evalúa y califica los proyectos relativos al Patrimonio Cultural Inmueble. o. Resolver en la instancia de su competencia las acciones interpuestas que ameriten su decisión. p. Otras funciones que le asigne la Alta Dirección. CONFORMACIÓN Artículo 36º.- La Dirección General del Patrimonio Monumental e Histórico está conformada por: a. Dirección de Registro Nacional del Patrimonio Cultural Inmueble. b. Dirección de Registro Nacional del Patrimonio Cultural Mueble. c. Dirección de Centros Históricos. d. Dirección de Restauración del Patrimonio Cultural Mueble. LA DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO Artículo 37º.- La Dirección General del Patrimonio Arqueológico es el órgano de línea responsable de organi- zar, conducir, ejecutar y evaluar las actividades relacio- nadas, con el registro, inventario, investigación, conser- vación y protección del Patrimonio Arqueológico Mueble e Inmueble de la Nación, así como de los sitios arqueoló- gicos. Está a cargo de un funcionario con nivel de Director General al que le corresponde las siguientes funciones: a. Proponer a la Alta Dirección, políticas metodológi- cas, así como normas técnicas y administrativas con miras a desarrollar y optimizar el área de su competen- cia. b. Proponer a la Alta Dirección medidas para asegurar la difusión del conocimiento, conservación y defensa del Patrimonio Cultural Arqueológico de la Nación. c. Promover la protección, conservación, registro, in- ventario, catalogación, investigación, difusión y preser- vación del Patrimonio Cultural Arqueológico mueble e inmueble. d. Promover, proponer, ejecutar y supervisar conve- nios interinstitucionales, nacionales e internacionales, con fines de protección, investigación y difusión del Patri- monio Cultural Arqueológico. e. Coordinar con los órganos competentes la recupera- ción del Patrimonio Cultural Arqueológico de la Nación. f. Presidir la Comisión Nacional Técnica de Arqueolo- gía. g. Supervisar los Proyectos de Investigación Arqueo- lógica en el territorio nacional, aprobados por la Comi- sión Nacional Técnica de Arqueología del Instituto Nacio- nal de Cultura, además de velar por los acuerdos que ésta tome. h. Supervisar los proyectos de registro, conservación y restauración de bienes culturales muebles arqueológi- cos. i. Supervisar los registros y catalogaciones de colec- ciones estatales y particulares.j. Supervisar los proyectos de catastro, conservación, restauración y puesta en valor de Bienes Inmuebles Arqueológicos. k. Actualizar y desarrollar permanentemente el re- gistro y catastro del Patrimonio Cultural Arqueológico Inmueble de la Nación. l. Promover la organización del archivo y documenta- ción del Patrimonio Cultural Arqueológico Mueble de la Nación. m. Formular los proyectos, presupuestos y otras ta- reas técnicas vinculadas al Patrimonio Cultural Arqueo- lógico de la Nación. n. Formular el Plan y Presupuesto Anual de proyectos de inversión con los objetivos de inventario, catalogación y registro del Patrimonio Cultural Arqueológico Mueble de la Nación, así como el inventario, catastro, ñ. Registro y delimitación del Patrimonio Cultural Arqueológico Inmueble de la Nación, conducentes a la inscripción de los mismos en el Margesí de Bienes Nacio- nales. o. Promover, opinar y supervisar proyectos, previa coordinación y aprobación de la Comisión Nacional Téc- nica de Arqueología, para el uso racional de Bienes Culturales Arqueológicos Inmuebles y su entorno con fines turísticos. p. Evaluar y opinar sobre la salida temporal de Patri- monio Cultural Arqueológico Mueble de la Nación con fines de investigación y/o difusión cultural. q. Resolver en la instancia de su competencia las acciones interpuestas que ameriten su decisión. r. Otras funciones que le asigne la Alta Dirección. CONFORMACIÓN Artículo 38º.- La Dirección General del Patrimonio Arqueológico está conformada por:: a. Dirección de Catastro y Registro del Patrimonio Inmueble Arqueológico. b. Dirección de Registro y Catalogación del Patrimo- nio Mueble Arqueológico. c. Dirección de Investigaciones y Supervisiones Ar- queológicas. d. Dirección de Parques Arqueológicos. e. Dirección de Museos de Sitio. f. Dirección de Conservación de Patrimonio Mueble e Inmueble Arqueológico. LA DIRECCIÓN GENERAL DEL SISTEMA NA- CIONAL DE MUSEOS DEL ESTADO Artículo 39º.- La Dirección General del Sistema Nacional de Museos del Estado es el órgano de línea responsable de evaluar, conducir, planificar y ejecutar las actividades relacionadas con la recuperación, restau- ración, mantenimiento y seguridad de los museos del país, así como la integración técnica y normativa de los museos integrantes del sistema a través de políticas orientadas a optimizar su desarrollo. Está a cargo de un funcionario con el nivel de Director General al que le corresponde las siguientes funciones: a. Planificar, dirigir, supervisar y evaluar el desarro- llo del Sistema Nacional de Museos de Estado. b. Proponer y formular políticas metodológicas, nor- mas técnicas y administrativas orientadas a optimizar el desarrollo de los museos integrantes del sistema. c. Propiciar la defensa, conservación, investigación y exhibición de los bienes muebles culturales bajo la custo- dia de los museos integrantes. d. Velar por la defensa y conservación de los bienes muebles culturales bajo la custodía de los museos del país. e. Promover el inventario, catalogación y registro de los bienes muebles culturales bajo custodia de los museos del país. f. Proporcionar asistencia técnica especializada para el desarrollo de los museos del sistema y los no públicos y privados con los que se hayan firmado convenios. g. Promover, normar y supervisar los proyectos que contribuyen al desarrollo de nuevas áreas museográficas que generen el conocimiento y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación. h. Proponer políticas de recuperación, restauración mantenimiento y seguridad de los museos del país. i. Promover la creación de nuevos museos, en especial los de sitio y los de frontera con el fin de lograr el fortalecimiento de la identidad nacional.