Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2001 (10/05/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 58

Pag. 202596

NORMAS LEGALES
POR CUANTO :

MORDAZA, jueves 10 de MORDAZA de 2001

Prohiben estacionamiento de vehiculos sobre aceras, bermas o jardines del distrito
ORDENANZA Nº 086-MDMM MORDAZA MORDAZA, 30 de MORDAZA del 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha, adopto por MAYORIA, y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, actualmente existe quejas vecinales con respecto al estacionamiento de vehiculos motorizados en aceras, bermas y jardines de la jurisdiccion, debido a que estos causan malestar y danos en la propiedad de los quejosos. Que, segun Decreto Supremo Nº 17-94-MTC es facultad de la Policia Nacional, la aplicacion del Reglamento de infracciones y sanciones de transito; sin embargo es notorio que, por razones diversas, esta prerrogativa no se ejerce en forma oportuna; Que, estando a la recomendacion del Acuerdo de Concejo Nº 058 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y en uso de las facultades otorgadas por el inciso 3) del Articulo 36º inciso 2) del Articulo 47º y el Articulo 109º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE PROHIBE EL ESTACIONAMIENTO DE VEHICULOS SOBRE ACERAS, BERMAS O JARDINES Articulo Primero.- Queda prohibido en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA el estacionamiento de vehiculos en aceras, bermas y jardines. Articulo Segundo.- El incumplimiento de la presente Ordenanza MORDAZA lugar a la aplicacion de las multas a que se refiere el Reglamento General de MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-94-MTC. Articulo Tercero.- Los integrantes de la Unidad de Serenazgo y de la Unidad de Policia Municipal daran cuenta en el dia a la Delegacion Policial respectiva, de las infracciones cometidas, para que esta aplique las sanciones correspondientes. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA STOLAR MORDAZA 23104

EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO: En Sesion Ordinaria de la fecha, y con dispensa del tramite de aprobacion de Actas; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son competentes para normar y controlar las actividades relacionadas con el saneamiento ambiental dentro de su jurisdiccion; Que, el MORDAZA vehicular esta creciendo a niveles elevados, siendo el nivel de renovacion muy bajo, provocando esta circunstancia el continuo aumento de emisiones de gases toxicos generados por estos vehiculos; Que, es necesario proteger y conservar la calidad del aire, a fin de garantizar un ambiente saludable, ecologicamente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la MORDAZA satisfaciendo las necesidades y aspiraciones de las generaciones futuras; Que, de conformidad con lo previsto en el Articulo 22º de la Constitucion Politica del Estado, inciso 4) del Articulo 1º del Codigo del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, aprobado por Decreto Legislativo Nº 611 y Articulo 53º y 54º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial de Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-85-VC, Codigo de MORDAZA y Seguridad Vial aprobado por Decreto Legislativo Nº 429, Articulo 36º, incisos 1) y 3) del Articulo 66º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853; Que, de conformidad al Dictamen favorable de la Comision de Asuntos Juridicos; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853 y con dispensa del tramite de aprobacion de Actas, el Concejo aprobo por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGLAMENTARIA PARA EL CONTROL Y FISCALIZACION DE LA EMANACION DE GASES TOXICOS Y NOCIVOS Y PROVENIENTES DEL MORDAZA AUTOMOTOR Articulo Primero.- ESTABLECER que mediante la presente Ordenanza, se precisan los limites maximos permisibles, calificacion y gradualidad, para la emision de Gases contaminantes generados o provenientes del MORDAZA automotor que circulan por la jurisdiccion del distrito. Articulo Segundo.- PROHIBIR la descarga de contaminantes provenientes de MORDAZA moviles que alteran la atmosfera, fuera de los limites permisibles tal como se establece a continuacion:
GRUPO A : Fabricacion de 1997 en adelante: MORDAZA emision segun sistema de medicion permitidos Escala de medicion permitidos Nivel MORDAZA permisible CO % V 0,5 HC PPM 250 RINGELMANN 2 UNIDADES BACHARACH (UB) 4

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban ordenanza reglamentaria para el control y fiscalizacion de la emanacion de gases toxicos y nocivos provenientes del MORDAZA automotor
ORDENANZA Nº 031-MSI San MORDAZA, 10 de MORDAZA del 2001 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN ISIDRO;

MODO DE APLICACION GRADUAL EN EL TIEMPO Escala de medicion Permitidos Nivel MORDAZA permisible hasta 31/6/2001 Nivel MORDAZA permisible hasta 31/12/2001 Nivel MORDAZA permisible hasta 31/6/2002 CO % VOL HC PMP 400 RINGELMANN UNIDADES BACHARACH (UB) 4

3.0

2

2.5

300

2

4

2.0

300

2

4

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.