Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2001 (10/05/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, jueves 10 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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los alcances de dicho dispositivo; en tal sentido, las comisiones arriba mencionadas, al MORDAZA de lo dispuesto por el Articulo 36º, inciso 3), de la Ley Organica de Municipalidades, han presentado el proyecto de Ordenanza ampliatoria correspondiente; Estando a lo Dictaminado, en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, con dispensa del tramite de aprobacion del acta y POR UNANIMIDAD, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Nº 015-2001-CDLO QUE ESTABLECE NORMAS COMPLEMENTARIAS A LA ORDENANZA Nº 005-2001/CDLO Articulo Unico.- INCORPORESE, como MORDAZA y tercer parrafo del Articulo Unico de la Ordenanza Nº 005-2001/CDLO, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31 de enero del 2001, los textos siguientes: "La facultad aludida precedentemente constituye primera instancia administrativa, siendo de aplicacion supletoria lo dispuesto por las Ordenanzas Nº 100-96 y sus normas complementarias aprobadas por la Ordenanza Nº 130-97 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. La presente Ordenanza tendra vigencia hasta que los trabajadores, constituyan su representatividad conforme a los dispositivos legales vigentes". POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 23106

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Aprueban ordenanza que precisa el horario de ejecucion de obras de construccion en el distrito
ORDENANZA Nº 081-MDMM MORDAZA MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta; y, CONSIDERANDO: El continuo reclamo de los vecinos y las constantes quejas recibidas a traves de la Policia Municipal y Serenazgo del distrito, quienes denuncian el malestar causado por las construcciones que se realizan en la jurisdiccion, debido a los ruidos molestos, asi como tambien a los malos olores que emanan por las inmediaciones de las construcciones; Que, es funcion de la Municipalidad velar por la tranquilidad y seguridad del vecindario, de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 3º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853; Que, en tal sentido es necesario establecer los horarios en los cuales podran desarrollarse tales labores de construccion a fin de que no generen malestar en los moradores del distrito; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades, ha aprobado por MAYORIA la siguiente: ORDENANZA QUE PRECISA EL HORARIO DE EJECUCION DE OBRAS DE CONSTRUCCION EN EL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA Articulo 1º.- Las labores de construccion, remodelacion y obras civiles en general a desarrollarse en el distrito, deberan ejecutarse en el siguiente horario: - Entre las 7.00 a.m. y las 20.00 p.m. de lunes a viernes. - Entre las 7.00 a.m. y las 13.00 p.m. los dias sabados. - No ejecucion de obras los dias MORDAZA y feriados. Articulo 2º.- La prohibicion contenida en el articulo anterior comprende, ademas de las obras civiles propiamente dichas, el acarreo de materiales y desmonte, instalaciones electricas y sanitarias, etc. Articulo 3º.- Todas las personas naturales, juridicas, publicas y/o privadas que realicen obras civiles, MORDAZA estas para fines residenciales, recreaciones, comerciales, industriales y/o de servicios, estan obligadas a destinar dentro de los limites en que se ejecuten dichas obras, espacios para el funcionamiento de servicios higienicos y para la toma de alimentos del personal que labora en la respectiva obra. Articulo 4º.- Son responsables solidarios del cumplimiento de lo dispuesto por esta MORDAZA tanto el solicitante de la licencia municipal de construccion de una obra civil determinada, como las personas naturales o juridicas, publicas o privadas, encargadas de la ejecucion de la obra. Articulo 5º.- La contravencion a lo dispuesto en los Articulos 1º y 3º de la presente Ordenanza, se sancionara de la siguiente manera: a. Ejecutar obras civiles fuera de los 40% UIT horarios establecidos en la presente ordenanza

Prorrogan la vigencia de diversos beneficios tributarios
ORDENANZA Nº 016-2001/CDLO Los MORDAZA, 25 de MORDAZA del 2001 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA POR CUANTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, con dispensa del tramite de Aprobacion del Acta, y POR UNANIMIDAD, aprobo la siguiente: ORDENANZA Nº 016-2001/CDLO QUE PRORROGA LA VIGENCIA DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS Articulo Primero.- PRORROGAR, hasta el 31 de MORDAZA del presente ano, la vigencia de los beneficios tributarios contenidos en la Ordenanza Nº 011-2001/ CDLO, la misma que prorroga las disposiciones contenidas en las Ordenanzas Nº 001-2001/CDLO, Nº 0022001/CDLO y Nº 003-2001/CDLO. Articulo Segundo.- PRORROGAR hasta el 31 de MORDAZA del 2001, el Beneficio Tributario de descuento del diez por ciento (10%) contenido en el Articulo 4º de la Ordenanza Nº 014-2001/CDLO, que modifica el Articulo 4º de la Ordenanza Nº 011-1999/CDLO, para efectos del pago al contado anual de los Arbitrios de Limpieza Publica, Relleno Sanitario, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo correspondientes al ejercicio 2001. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Direccion de Rentas, el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y a la Unidad de Comunicaciones la difusion de la misma. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 23107

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