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Pág. 202859 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de mayo de 2001 Autorizan viaje de profesional del PCR- PERT para participar en seminario sobre estrategia de transporte y caminos en zona rural que se realiza en Guatemala RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 197-2001-MTC/15.02 Lima, 14 de mayo de 2001 CONSIDERANDO: Que, el Instituto de Fomento Municipal de la Repúbli- ca de Guatemala, ha organizado el Seminario "Estrategia Nacional de Transporte y Caminos en la Zona Rural de Guatemala" que se realizará en la Ciudad de Guatemala, durante los días 14 al 18 de mayo de 2001; Que, al Seminario "Estrategia Nacional de Transporte y Caminos en la Zona Rural de Guatemala", ha sido invitado a participar el ingeniero José Guillermo Valdivia Minaya, Geren- te de Promoción Social y Desarrollo Institucional del Programa Caminos Rurales del Proyecto Especial Rehabilitación Infraes- tructura de Transportes (PCR-PERT), a fin de exponer el tema "Experiencia de Caminos Rurales en el Perú", relacionado con la experiencia de transporte y caminos rurales en nuestro país, con énfasis en la participación comunitaria y los arreglos institucionales implementados para atender la problemática vial rural; Que, la participación del mencionado funcionario no irrogará gastos al Estado, ya que éstos serán asumidos por el Instituto de Fomento Municipal de la República de Guatemala; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862 y Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del ingeniero José Guillermo Valdivia Minaya, Gerente de Promoción So- cial y Desarrollo Institucional del Programa Caminos Rurales del Proyecto Especial Rehabilitación Infra- estructura de Transportes, a la Ciudad de Guatemala, República de Guatemala, durante los días 13 al 18 de mayo de 2001, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- El viaje autorizado precedentemente no irrogará gastos al Estado. Artículo 3º.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- El funcionario cuyo viaje se autoriza, deberá tener en cuenta lo establecido en la Directiva Nº 002-99-MTC/15.01 aprobada mediante Resolución Mi- nisterial Nº 293-99-MTC/MTC/15.01. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 23528 Otorgan concesiones a empresas para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en las rutas Lima - Andahuaylas y Lima - Cajamarca RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1770-2000-MTC/15.18 Lima, 6 de octubre de 2000 VISTO, el Expediente Nº 2000-001004, sobre conce- sión de ruta del Servicio Público de Transporte Interpro- vincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus e InformeTécnico Nº 755-2000-MTC/15.18.04.1.ATR, de la Direc- ción de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa de TRANSPORTES TURISTICOS REYBUS S.R.L., mediante el expediente indicado en visto, ha solicitado el otorgamiento de concesión de ruta: Lima - Andahuaylas y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Ómnibus, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Técnico Nº 755-2000-MTC/ 15.18.04.1.ATR, se concluye que la referida empresa ha cumplido con los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento y los señalados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 640 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construc- ción, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC y el Decreto Ley Nº 25862, Ley Orgánica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Otorgar a la empresa TRANS- PORTES TURISTICOS REYBUS S.R.L., la concesión de ruta: LIMA - ANDAHUAYLAS y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Ómnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, de acuerdo a los siguientes términos: RUTA :LIMA - ANDAHUAYLAS y viceversa ORIGEN :LIMA DESTINO :ANDAHUAYLAS ITINERARIO :AYACUCHO - URIPA - TALAVERA ESCALAS COMERCIALES :AYACUCHO - URIPA - TALAVERA FRECUENCIAS :una diaria FLOTA VEHICULAR :tres ómnibus FLOTA OPERATIVA :dos ómnibus: VG-2617 (1994) y UO- 3682 (1994) FLOTA DE RESERVA :un ómnibus:UP-2471 (1980) HORARIOS :Salida de Lima: 17.00 horas Salida de Andahuaylas: 17.00 horas. Las tarjetas de circulación serán expedidas con rela- ción al año de fabricación de los vehículos antes mencio- nados. Artículo Segundo.- La presente Resolución deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los treinta (30) días calendario, si- guientes a la fecha de su notificación. Artículo Tercero.- La empresa iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, improrroga- bles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el párrafo precedente, se aplicará lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 16º del Decreto Supremo Nº 05-95-MTC. Artículo Cuarto.- Encargar la ejecución de la presen- te Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 23179 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1918-2000-MTC/15.18 Lima, 2 de noviembre de 2000