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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 2001 (18/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 33

Pág. 202923 NORMAS LEGALES Lima, viernes 18 de mayo de 2001 Autorizan a procurador iniciar accio- nes correspondientes contra presun-tos responsables de adulteración de cédulas de notificación RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 054-2001-TR Lima, 17 de mayo de 2001 Visto, el Informe Directoral Nº 018-2001-TR/DNRT, emitido por la Dirección Nacional de Relaciones de Trabajo, así como el Oficio Nº 108-2001-CTAR-LAMB/ DRTPS de la Dirección Regional de Trabajo y Promo-ción Social del CTAR Lambayeque; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los documentos de visto, a fojas 50 del Expediente Nº 873-2000-CTAR.LAMB/DRTPS-SDN-CI, la Dirección Regional de Trabajo y Promoción Social del CTAR Lambayeque dio cuenta de la adulteración de una cédula de notificación, en virtud a la cual, la ClínicaChiclayo S.A.C. pudo interponer, supuestamente den- tro del término de Ley, una demanda en la vía judicial de impugnación de Resolución Administrativa; Que, de otro lado, a fojas 26 del Expediente Nº 709- 2000-CTAR.LAMB/DRTPS-SDNCI, la Dirección Regio- nal de Trabajo y Promoción Social del CTAR Lambaye-que verificó otra adulteración en una cédula de notifica- ción, en virtud a la cual, la empresa denominada Indus- tria de Bicicletas y Juguetes S.R.L. logró el concesoriode apelación a la Resolución Subdirectoral Nº 01-14-12- 276-2000-CTAR.LAMB/DRTPS, en la suposición que se encontraba dentro del término de Ley. En este caso enparticular, una vez detectada la adulteración antes indicada, se anuló la Resolución que aprobó dicho con- cesorio; Que, según el Informe Directoral Nº 011-2001-DR- TPS/DPSC, elaborado por el Director de Prevención y Solución de Conflictos de la Dirección Regional deTrabajo y Promoción Social del CTAR Lambayeque, doctor Héctor Mejía Delgado, los hechos expuestos constituyen delito contra la Fe Pública en la modalidadde Adulteración de Documentos Públicos, sindicando al letrado Germán Falcón Castro, en su calidad de aboga- do de parte, como presunto autor del delito, al haberseacreditado su participación en ambos expedientes; Que, en ambos expedientes, la Dirección Regional de Trabajo y Promoción Social del CTAR Lambayequese encontraba tramitando multas, las que a su vez, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 073-99, constituyen recursos directamenterecaudados de este ministerio; Que, los hechos expuestos podrían ocasionar un perjuicio económico para el Ministerio de Trabajo yPromoción Social como consecuencia de la presunta comisión del delito a que hacen referencia los conside- randos precedentes, por lo que resulta necesario auto-rizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del ministerio, para que interponga las accio- nes legales pertinentes contra el doctor Germán FalcónCastro y los que resulten responsables de la adultera- ción de las cédulas de notificación de los Expedientes Nºs. 873-2000-CTAR.LAMB/DRTPS-SDNCI y 709-2000-CTAR.LAMB/DRTPS-SDNCI; Con la opinión favorable y visación de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú; el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, y elliteral d) del Artículo 11º y el Artículo 61º del Reglamen- to de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, aprobado por la Resolución Minis-terial Nº 012-93-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Ministerio de Trabajoy Promoción Social, para que interponga las acciones legales correspondientes, contra el doctor Germán Fal-cón Castro y los que resulten responsables de la presun- ta adulteración de las cédulas de notificación en los Expedientes Nºs. 873-2000-CTAR.LAMB/DRTPS-SDN-CI y 709-2000-CTAR.LAMB/DRTPS-SDNCI a que hace referencia la parte considerativa de la presente Resolu- ción Ministerial. Artículo 2º.- Remítase la documentación y demás antecedentes del caso, al Procurador Público para los fines a los que se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME ZAVALA COSTA Ministro de Trabajo y Promoción Social 23628 M T C Autorizan viaje de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Ci-vil a los EE.UU., Ecuador, Venezuela y Ucrania, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 079-2001-MTC Lima, 17 de mayo de 2001 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 035-99-MTC establece por excepción que los viajes al exterior que realicen los Inspectores de la Dirección General de Transporte Aéreo, hoy Dirección General de Aeronáutica Civil, delMinisterio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, que irroguen gastos al Estado por concepto de viáticos y pasajes, en cumplimiento de susfunciones de acuerdo al Artículo 20º del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, serán autorizados en vía de regularización, mediante Resolución Suprema; Que, asimismo, dicho Decreto Supremo señala que el Director General de Aeronáutica Civil del citado Ministerio presentará la información de los viajes rea-lizados por los Inspectores el mes anterior, acreditando la necesidad y/o urgencia de los mismos, con el fin de iniciar el trámite de expedición de la Resolución corres-pondiente; Que, el Director General de Aeronáutica Civil, en aplicación de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº035-99-MTC, ha emitido el Informe Nº 068-2001-MTC/ 15.16, señalando los montos pertinentes en observan- cia de la Escala de Viáticos por Zonas Geográficasvigente; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 035-99- MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en vía de regulariza- ción, de los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes, Comu-nicaciones, Vivienda y Construcción, realizados en el mes de abril del 2001, a los países que se indican y que ocasionaron gastos por viáticos, conforme al siguientedetalle: Estados Unidos de América Inspector Ciudad Fecha Viáticos US$ RONDÓN RONDÓN MOISÉS Miami 31 al 2 540.00 CALMELL DEL SOLAR V. 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