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Pág. 202925 NORMAS LEGALES Lima, viernes 18 de mayo de 2001 por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC, recomendándose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por De- creto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Regla-mento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y DecretoLey Nº 25862; SE RESUELVE:Primero.- Otorgar a EMPRESA CAPLINA DE TRANSPORTES TURÍSTICOS INTERNACIONALESS.R.L., la concesión de la ruta LIMA - AGUAS VER- DES y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajerospor Carretera en Ómnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, de acuerdo con los siguientestérminos: RUTA : LIMA - AGUAS VERDES y viceversa ORIGEN :LIMA DESTINO :AGUAS VERDES ITINERARIO :CHIMBOTE - TRUJILLO - CHICLAYO - PIURA - SULLANA - TALARA - LOS ORGANOS - MANCORA - TUMBES ESCALA COMERCIAL :TRUJILLO - CHICLAYO - PIURA - SULLANA - TALARA - LOS ORGANOS - MANCORA - TUMBES FRECUENCIAS :Una diaria FLOTA VEHICULAR :Tres ómnibus FLOTA OPERATIVA :Dos ómnibus: UK-2645 (1991), UK-2647 (1991) FLOTA DE RESERVA :Un ómnibus: UK-2646 (1991) HORARIOS :Salida de Lima: A las 13.00 horas Salida de Aguas Verdes: A las 15.00 horas La Tarjeta de Circulación Vehicular será expedida con relación al año de fabricación de los vehículos ofertados. Segundo.- La presente Resolución Directoral debe- rá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los treinta (30) días calendario,siguientes a la fecha de su notificación. Tercero.- La empresa iniciará el servicio dentro de los (30) días calendario, improrrogables contados apartir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución; para lo cual deberá contar con lo estableci- do en el Artículo 17º del Reglamento aprobado porDecreto Supremo Nº 05-95-MTC, caso contrario se procederá a aplicar lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 16º del referido Reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecución de la presente Resolu- ción a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 23072 Otorgan concesiones a empresa para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en las rutas Lima-Mirgas, Lima-Y auya y Lima-Huacaybamba RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 2066-2000-MTC/15.18 Lima, 13 de noviembre de 2000VISTOS, los Expedientes Nºs. 2000-001072 y 2000- 001072-A, sobre concesión de ruta del Servicio Públicode Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carrete- ra en Ómnibus y el Informe Técnico Nº 848-2000-MTC/ 15.18.04.1.MMF emitidos por la Dirección de Trans-porte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO:Que, la EMPRESA DE TRANSPORTES LA PERLA DE ALTO MAYO S.A., mediante los expedientes indica-dos en vistos, ha solicitado el otorgamiento de las concesiones de rutas: LIMA - MIRGAS y viceversa, LIMA - YAUYA y viceversa y LIMA - HUACAYBAMBAy viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamen- to del Servicio Público de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Ómnibus aprobado porDecreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Técnico Nº 848-2000-MTC/ 15.18.04.1.MMF, se concluye que la referida empresaha cumplido con acreditar los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento y señalados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos delMinisterio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por De- creto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Regla- mento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM,Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC y Decreto Ley Nº 25862, Ley Orgánica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la EMPRESA DE TRANSPOR- TES LA PERLA DE ALTO MAYO S.A., las concesiones de rutas: LIMA - MIRGAS y viceversa, LIMA - YAUYAy viceversa y LIMA - HUACAYBAMBA y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Ómni-bus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de esta Resolución, de acuerdo con los siguientes términos: RUTA "A" :LIMA - MIRGAS y VICEVERSA ORIGEN :LIMA DESTINO :MIRGAS ITINERARIO :HUAURA - BARRANCA - CATAC - CHAVIN - SAN MARCOS - HUAYTUNA - RAUPAMPA - CHINGAS - LLAMELIN ESCALA COMERCIAL :HUAURA - BARRANCA - CHAVIN - SAN MARCOS - HUAYTUNA - LLAMELIN FRECUENCIAS :UNA SEMANAL HORARIOS : SALIDA DE LIMA : MARTES A LAS 06.00 HORAS SALIDA DE MIRGAS: MIERCOLES A LAS 05.00 HORAS FLOTA VEHICULAR :DOS OMNIBUS FLOTA OPERATIVA :UN OMNIBUS UO-5766 (1995) FLOTA DE RESERVA :UN OMNIBUS UH-2515 (1990) RUTA "B" :LIMA - YAUYA y VICEVERSA ORIGEN :LIMA DESTINO :YAUYA ITINERARIO :HUARAL - HUAURA - BARRANCA - CA- TAC - CHAVIN - SAN MARCOS - PUMA- CHACA - HUARI - SAN LUIS ESCALA COMERCIAL:HUARAL - HUAURA - BARRANCA - CHAVIN - SAN MARCOS - HUARI FRECUENCIAS :UNA SEMANAL HORARIOS :SALIDA DE LIMA : VIERNES A LAS 13.00 HORAS SALIDA DE YAUYA: SABADOS A LAS 08.00 HORAS FLOTA VEHICULAR :DOS OMNIBUS FLOTA OPERATIVA :UN OMNIBUS UO-5766 (1995)