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Pág. 202938 NORMAS LEGALES Lima, viernes 18 de mayo de 2001 047175 K, 047284 C, 030082 D, 030226 F, 030410 F, 030519 I, 030555 E, 215003 E, 030990 K, 031104 E,031216 D, 047184 J, 047293 B, 052135 K, 212797 E, 030228 G, 214430 D, 030875 E, 030419 I, 030495 J, 030817 I, 030785 F, 031023 E, 031106 F, 031240 E,047190 B, 052141 C, 033392 H, 030332 B, 030526 G, 030577 E, 030796 F, 031046 K, 031129 A, 031257 H, 047232 J, 202357 K, 049689 K, 030237 F, 052170 A,219440 B, 030528 H, 030586 D, 030868 G, 031167 I, 031135 D, 031352 D, 047264 D, 049663 I, 202500 G, 207345 I, 207955 E, 211755 C, 214167 E y 030261 G,e, integrándola, declarar la validez de la votación consignada para la lista congresal en cada una de dichas actas. Artículo Segundo.- Revocar la Resolución Nº 80- 2001-JEELC en el extremo que declara la nulidad de la votación preferencial para la Alianza ElectoralCambio 90-Nueva Mayoría, de las actas electorales Nºs. 047137 C, 030448 C, 030538 B, 030622 I, 031081 A, 030385 A, 049783 A, 030309 G, 047328 A, 030100K, 031002 K, 218266 D, 048994 F, 030435 B, 202447 J, 214432 E; y, reformándola, disponer se tenga por válidos los votos que se encuentra consignados entales actas electorales conforme aparece de los ejem- plares de las actas del Jurado Nacional de Elecciones, con el siguiente detalle: 1. 047137 C Candidatos Organización política Voto lista Congreso 1 2 3 4 Cambio 90 Nueva Mayoría 4 3 1 2 2 2. 030448 C Candidatos Organización política Voto lista Congreso 1 2 3 4 Cambio 90 Nueva Mayoría 7 5 3 2 4 3. 030538 B Organización política Voto lista Congreso Cambio 90 Nueva Mayoría 2 4. 030622 I Candidatos Organización política Voto lista Congreso 1 2 3 4 Cambio 90 Nueva Mayoría 8 5 2 2 3 5. 031081 A Candidatos Organización política Voto lista Congreso 1 2 3 4 Cambio 90 Nueva Mayoría 8 4 4 3 3 6. 030385 A Candidatos Organización política Voto lista Congreso 1 2 4 Cambio 90 Nueva Mayoría 3 2 1 1 7. 049783 A Candidatos Organización política Voto lista Congreso 1 3 4 7 10 Cambio 90 Nueva Mayoría 5 2 2 2 1 1 8. 030309 G Candidatos Organización política Voto lista Congreso 1 2 3 4 Cambio 90 Nueva Mayoría 6 2 2 2 2 9. 047328 A Candidatos Organización política Voto lista Congreso 1 2 3 4 9 Cambio 90 Nueva Mayoría 10 7 2 7 2 2 10. 030100 K Candidatos Organización política Voto lista Congreso 1 2 3 4 26 Cambio 90 Nueva Mayoría 11 8 4 2 3 111. 031002 K Candidatos Organización política Voto lista Congreso 1 2 3 4 5 Cambio 90 Nueva Mayoría 8 3 3 5 2 1 12. 218266 D Candidatos Organización política Voto lista Congreso 1 2 3 4 Cambio 90 Nueva Mayoría 14 9 6 3 4 13. 048994 F Candidatos Organización política Voto lista Congreso 1 2 3 4 Cambio 90 Nueva Mayoría 8 5 5 3 3 14. 030435 B Candidatos Organización política Voto lista Congreso 1 2 4 Cambio 90 Nueva Mayoría 4 2 2 2 15. 202447 J Candidatos Organización política Voto lista Congreso 1 2 3 4 9 30 Cambio 90 Nueva Mayoría 11 7 3 6 3 1 1 16. 214432 E Candidatos Organización política Voto lista Congreso 1 2 3 4 15 Cambio 90 Nueva Mayoría 7 4 2 2 1 2 Artículo Tercero.- Revocar la Resolución Nº 80- 2001-JEELC en el extremo que declara la nulidad de la votación preferencial para la Alianza Electoral Unidad Nacional y para el Partido Aprista Peruano, de las actaselectorales Nºs. 031081 A y 030309 G; y, reformándola, disponer se tenga por válidos los votos que se encuentra consignados en tales actas electorales conforme apare-ce de las actas de garantía del Jurado Nacional de Elecciones, conforme al siguiente detalle: 1. 031081 A Candidatos Organización política Voto lista 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 15 18 Congreso Unidad Nacional 12 5 1 1 1 0 0 1 0 1 1 0 1 1 1 Partido Aprista Peruano 19 6 4 0 3 3 1 1 1 0 1 1 1 0 1 2. 030309 G Candidatos Organización política Voto lista 1 2 3 4 5 6 7 8 9 11 14 20 22 25 26 30 35 Congreso Unidad Nacional 10 1 1 2 2 0 0 1 0 0 0 0 1 0 0 0 1 0 Partido Aprista Peruano 25 9 9 0 2 6 3 0 3 1 1 1 0 1 1 1 0 1 Artículo Cuarto.- Disponer la inmediata devolu- ción de los actuados al Jurado Electoral Especial de origen para el cómputo respectivo de los votos; con copia certificada de las actas del Jurado Nacional de Eleccio-nes consideradas en el segundo y tercer artículos de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENASVELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA,Secretario General 23663 RESOLUCIÓN Nº 454-2001-JNE Lima, 16 de mayo de 2001. VISTOS: El recurso de apelación interpuesto por la Alianza Electoral Cambio 90- Nueva Mayoría, contra la Resolu-