Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2001 (18/05/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, viernes 18 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 202933

reemplazo de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, estando a lo expuesto en el considerando sexto. Articulo Decimo Sexto.- DISPONER la reasignacion del doctor MORDAZA GAVIRIA MORDAZA, Juez Suplente del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Lurigancho designandolo como Juez Suplente del MORDAZA MORDAZA Juzgado Especializado en lo Civil, a partir del 18 de MORDAZA del ano en curso, por promocion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mora. Articulo Decimo Septimo.- DISPONER la reasignacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ANDAVIZA, Juez Suplente del Primer Juzgado de Paz Letrado de Pueblo Libre designandolo como Juez Suplente del Despacho "B" del Quincuagesimo MORDAZA Juzgado Especializado en lo Civil, a partir del 18 de MORDAZA del ano en curso, estando a la reasignacion de la Dra. MORDAZA MORDAZA Castaneda Pacheco. Articulo Decimo Octavo.- DESIGNAR al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Suplente del Primer Juzgado de Familia, a partir del 18 de MORDAZA del ano en curso, por promocion de la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, estando a lo expuesto en el considerando quinto. Articulo Decimo Noveno.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, de la Presidencia del Consejo Transitorio, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Supervision de Personal, del Decanato de Jueces de Primera Instancia, de la Fiscalia de la Nacion y de los Magistrados para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 23659

ACADEMIA DE LA M A G I S T R AT U R A
M d f c na t c l sd lR g a e t d l oiia riuo e elmno e C r oE p c a d P e a a i nd A p us seil e rprco e si r n e p r e S g n o y Te c r N v l ats aa l eud re ie d Mgsrds dl Pdr Jdca y e aitao e oe uiil Mnsei Pbio iitro ulc
CONSEJO DIRECTIVO RESOLUCION Nº 034-2001-AMAG-CD MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2001 EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA CONSIDERANDO: Primero: Que, el Articulo 151º de la Constitucion Politica del Estado senala que la Academia de la Magistratura se encarga de la formacion y capacitacion de jueces y fiscales, en todos sus niveles, para los efectos de su seleccion. Segundo: Que, la Ley Organica de la Academia de la Magistratura Nº 26335, establece en su Articulo 2º que uno de sus objetivos es la formacion academica de los aspirantes a cargos de magistrados del Poder Judicial o del Ministerio Publico. Tercero: Que, la citada Ley Organica en el Articulo 5º precisa que el Consejo Directivo es el mas alto organo de la Academia, y en el Articulo 6º se senala que le corresponde aprobar los reglamentos academicos. Cuarto: Que, la Tercera Disposicion Transitoria y Final de la Ley Nº 27368, dispuso que la Academia de la

Magistratura organice un curso especial de formacion de aspirantes a los cargos de magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Publico, para todos los niveles, con una duracion no mayor de 60 dias. Quinto: Que, mediante Resolucion Nº 007-2001AMAG-CD, de fecha 9 de febrero del ano en curso se aprobo el Diseno y Reglamento del Curso Especial de Preparacion de Aspirantes para el MORDAZA y Tercer Nivel de Magistrados del Poder Judicial y Ministerio Publico, del Programa de Formacion de Aspirantes (PROFA) de la Academia de la Magistratura. Sexto: Que, el Articulo 26º del citado Reglamento establece en la parte final del primer parrafo que "solo se admite desaprobar un modulo del curso"; en igual sentido, el Articulo 27º del mismo cuerpo legal senala que para aprobar el curso, ademas de obtener una calificacion aprobatoria final minima de 13, se exige "haber aprobado 5 de los 6 modulos que lo integran". Septimo: Que, dentro de la labor de monitoreo de los cursos, dado su caracter excepcional y a fin de que estos expresen apropiadamente el nivel de aprendizaje y desempeno obtenido por los discentes en los objetivos academicos de los modulos tematicos, el Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, por acuerdo de fecha 17 de MORDAZA del presente ano y mediante Resolucion Nº 020-2001-AMAG-CD, de la misma fecha, modifico los Articulos 20º y 21º de la Resolucion Nº 005-2001-AMAG-CD que aprobo el Diseno y Reglamento de los Cursos Especiales del Programa de Capacitacion Academica para el Ascenso (PCA), mediante la cual se admite solo la desaprobacion de 2 modulos del curso, exigiendose para la aprobacion del mismo, ademas de la obtencion de una calificacion final minima de 13, la aprobacion de 4 de los 6 modulos que lo integran. Octavo: Que, en atencion a lo establecido en el numeral 2) del Articulo 2º de la Constitucion Politica del Estado, resulta necesario modificar los Articulos 26º y 27º de la Resolucion Nº 007-2001-AMAG-CD. Noveno: Que, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de la Academia de la Magistratura Nº 26335, la Ley Nº 27368 y el Estatuto de la Academia de la Magistratura aprobado por Resolucion Nº 022-2001-AMAG-CD; el Reglamento del Curso Especial de Preparacion de Aspirantes para el MORDAZA y Tercer Nivel de Magistrados del Poder Judicial y Ministerio Publico, del Programa de Formacion de Aspirantes (PROFA) de la Academia de la Magistratura, aprobado por Resolucion Nº 007-2001AMAG-CD; y, conforme al Acuerdo del Pleno del Consejo Directivo de la fecha; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el Articulo 26º del Reglamento del Curso Especial de Preparacion de Aspirantes para el MORDAZA y Tercer Nivel de Magistrados del Poder Judicial y Ministerio Publico, del Programa de Formacion de Aspirantes, aprobado por Resolucion Nº 007-2001-AMAG-CD; con el siguiente texto: Articulo 26º Del sistema de evaluacion del Curso Especial de Preparacion de Aspirantes para el MORDAZA Nivel de Magistrados. (...) Solo se admite desaprobar dos (02) modulos del curso. (...) Articulo Segundo.- Modificar el MORDAZA parrafo del Articulo 27º del Reglamento del Curso Especial de Preparacion de Aspirantes para el MORDAZA y Tercer Nivel de Magistrados del Poder Judicial y Ministerio Publico, del Programa de Formacion de Aspirantes, aprobado por Resolucion Nº 007-2001-AMAG-CD; con el siguiente texto: Articulo 27º Calificacion aprobatoria minima de cada modulo y del Curso a que se refiere el Articulo 26º del presente Reglamento. (...)

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.