Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2001 (18/05/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 18 de MORDAZA de 2001

Para aprobar el Curso Especial de Preparacion para Aspirantes del MORDAZA Nivel de Magistrados, es necesario ademas de obtener una calificacion aprobatoria final minima de 13.00 (Trece), haber aprobado 4 (cuatro) de los 6 (seis) modulos que lo integran. (...) Articulo Tercero.- Autorizar a la Direccion General de la Academia de la Magistratura, a que adopte las medidas necesarias para la implementacion y ejecucion de lo dispuesto en los articulos precedentes. Articulo Cuarto.- Dejar sin efecto toda MORDAZA que se oponga a la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura 23632

ANR - CONAFU
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CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 109-2001-CONAFU MORDAZA, 14 de MORDAZA del 2001 VISTOS; el Expediente Administrativo Nº 45600 del 20 de MORDAZA del 2001, organizado por el Representante Legal de la Promotora Empresa Individual de Responsabilidad Limitada: TELESUP E.I.R.L., solicitando la Autorizacion Provisional de Funcionamiento de la denominada Universidad Privada TELESUP, con sede en la MORDAZA de Lima; el Informe Legal Nº 104-2001CONAFU-CJP del 2 de MORDAZA del 2001; el Memorandum Nº 115-2001-CONAFU-CEAA del 9 de MORDAZA del 2001; el Acuerdo del Pleno del CONAFU Nº 096-2001, de la Sesion Ordinaria del 10 de MORDAZA del 2001; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como un organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como atribucion, la de evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, y emitir resoluciones autorizando o denegando su funcionamiento provisional o definitivo, previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas; Que, con documento de Vistos el Representante Legal de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada TELESUP E.I.R.L., solicita el otorgamiento de la Autorizacion Provisional de Funcionamiento de la denominada UNIVERSIDAD PRIVADA TELESUP con sede en la MORDAZA y departamento de MORDAZA, dentro los alcances de la "Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion", Decreto Legislativo Nº 882 del 9 de setiembre de 1996, para lo cual adjunta los requisitos establecidos en la Ley y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-ED del 9 de enero de 1998, precisada por el Decreto Supremo Nº 016-98-ED del 24 de agosto de 1998 y, la GUIA PARA LA MORDAZA DE PROYECTOS INSTITUCIONALES DE NUEVAS UNIVERSIDADES;

Que, tal como lo dispone la Resolucion Nº 657-99CONAFU del 22 de noviembre de 1999, modificada por la Resolucion Nº 94-2000-CONAFU del 14 de setiembre del 2000, el expediente presentado fue derivado a la Comision Juridica Permanente, y al Consejero de Evaluacion y Asuntos Academicos; Que, la Comision Juridica Permanente a traves del Informe Legal Nº 104-2001-CONAFU-CJP del 2 de MORDAZA del 2001, luego de revisar los requisitos de admisibilidad establecidos en el Decreto Legislativo Nº 882 y disposiciones Reglamentarias, emitio Dictamen Favorable sobre los Requisitos de Admisibilidad del Proyecto de la denominada Universidad Privada TELESUP, recomendando se declare admitida a tramite la solicitud presentada; Que, el Consejero de Evaluacion y Asuntos Academicos a traves de su Memorandum Nº 115-2001-CONAFU-CEAA del 9 de MORDAZA del 2001, luego de revisar los requisitos de admisibilidad establecidos en el Decreto Legislativo Nº 882 y disposiciones Reglamentarias, emitio Dictamen Favorable sobre los Requisitos de Admisibilidad de Proyecto de la denominada Universidad Privada TELESUP, recomendando se proceda a notificar a la entidad Promotora, para que abone el pago de la Tasa Administrativa correspondiente y luego se declare admitida a tramite la solicitud presentada; Que, conforme dispone la MORDAZA transitoria del Anexo Nº 1, de la Resolucion Nº 94-2000-CONAFU del 14 de setiembre del 2000, los plazos aplicados a las nuevas solicitudes presentadas para la Autorizacion Provisional de Funcionamiento de Universidades, bajo el regimen del Decreto Legislativo Nº 882, seran aplicados a partir de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la Resolucion que admite a tramite la solicitud; Que, habiendose cumplido con los actos administrativos senalados en el numeral 5) del Anexo Nº 1, de la Resolucion Nº 94-2000-CONAFU, y contando con el Acuerdo del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU del 10 de MORDAZA del 2001, se procede admitir a tramite la solicitud Autorizacion Provisional de Funcionamiento de la denominada UNIVERSIDAD PRIVADA TELESUP con sede en la MORDAZA y departamento de MORDAZA, presentada por el representante legal de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada TELESUP E.I.R.L.; Estando a lo expuesto, en concordancia con la Ley Nº 26439; el Decreto Legislativo Nº 882, el Estatuto y Reglamento General del CONAFU, el Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades; la Resolucion Nº 657-2000-99-CONAFU, modificada por la Resolucion Nº 94-2000-CONAFU del 13 de setiembre del 2000; el Acuerdo del Plano Nº 096-2001 de la Sesion Ordinaria del 10 de MORDAZA del 2001 y en uso de las facultades conferidas por el literal c) del Articulo 16º del Reglamento General del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarese, por las razones expuestas en los Considerandos de la presente Resolucion, ADMITIDA a tramite la solicitud presentada por el representante legal de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada TELESUP E.I.R.L., para la Autorizacion Provisional de Funcionamiento de la denominada UNIVERSIDAD PRIVADA TELESUP con sede en la MORDAZA y departamento de MORDAZA, bajo el regimen del Decreto Legislativo Nº 882. Articulo 2º.- Prosigase el procedimiento administrativo aprobado por la Resolucion Nº 657-99-CONAFU, modificada por la Resolucion Nº 94-2000-CONAFU. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA ANASCO Secretario General 23579

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